FAMÍLIAS RECONSTRUÍDAS

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Wednesday 1 September 2010 4:51 am

FAMÍLIAS RECONSTRUÍDAS

DENISE MARIA PERISSINI DA SILVA

1. Os novos modelos de família e os vínculos da criança:

família, como um sistema composto por pessoasindivíduosseres humanos, enfim elementos vivos da sociedade, vem passando por modificações estruturais ao longo do tempo. Não se concebe mais o conceito simplista de família nuclear tradicional: pai, mãe e filho(s). As sociedades ocidentais dos séculos XX-XXI permitiram a diversidade de organizações familiares, passando desde a união de pessoas do mesmo sexo, com filhos de inseminação artificial, de mulheres que compartilham uma gestação na qual uma entra com o óvulo e a outra com o útero, e filhos de bancos de sêmen de doadores desconhecidos, filhos da nova medicina genética que modificam os conceitos de paternidade e maternidade (GOLDIN, 2002), e incluindo aquelas famílias formadas por novas relações após a separação/divórcio, viuvez ou dissolução da união estável. Nesses últimos, os novos núcleos familiares passam a existir a partir da fusão de novos membros com os membros de relacionamentos anteriores, configurando uma rede de relações e vínculos de duas ou mais famílias com características diferentes. São as denominadas famílias reconstituídas que, embora cada vez mais presentes no nosso cotidiano, ainda carecem de legislação específica e de uma especial atenção do Estado (GRISARD FILHO, 2003).

Inclusive do ponto de vista legal, a família se torna uma instituição prioritária no atendimento às necessidades da criança e do adolescente (tanto que, no art. 4o., caput, do ECA – Estatuto da Criança e do Adolescente – Lei n.º 8069/90, o termo “família” aparece um primeiro lugar), bem como o art. 19 do referido Estatuto, conforme segue:

Art. 4.º – ECA: É dever da família, da comunidade, da sociedade em geral e do poder público assegurar, com absoluta prioridade, a efetivação dos direitos referentes à vida, à saúde, à alimentação, à educação, ao esporte, ao lazer, à profissionalização, à cultura, à dignidade, ao respeito, à liberdade e à convivência familiar e comunitária.

Art. 19 – ECA: Toda criança ou adolescente tem direito a ser criado e educado no seio da sua família e, excepcionalmente, em família substituta, assegurada a convivência familiar e comunitária, em ambiente livre da presença de pessoas dependentes de substâncias entorpecentes.

Para SOUZA (2006), a família humana é uma estrutura de cuidado, o que implica não apenas em cuidar e proteger, mas também socializar, permitir que alguém se desenvolva como membro de seu grupo social. Então, é preciso refletir acerca da melhor maneira de se oferecer esse cuidado, por meio de estruturas (familiares ou não) menos hierárquicas, mais fluidas e complexas que a família conjugal. Para ela, as mudanças ideológicas apontam para novas expectativas e exigências de reciprocidade, necessidade de investimento da relação, equilíbrio de poder e divisão das responsabilidades (provimento, atividades domésticas e cuidado com os filhos).

A referida autora (2006) assim descreve a estruturação histórica da família tradicional para as diversas formas de grupamentos familiares existentes nos dias atuais (p.54):

“A família moderna, também chamada nuclear ou conjugal, surgiu com a ascensão da burguesia industrial, produzindo – e também como produto de – grande mudanças psicológicas. Desenvolveu-se com base no modelo de casamento definido pela livre escolha e tornou-se núcleo de afeto e proteção. Por séculos foram mantidas características como hierarquia e submissão feminina. Preponderava a complementaridade de papéis que se acreditava sustentar o desenvolvimento infantil saudável: o homem era o provedor, responsável pelo espaço público, e a mulher, a cuidadora, encarregada da vida particular.

Essa configuração permaneceu vigente até meados da década de 60, quando passaram a ser questionados domínios, divisão de trabalho e papéis conjugais cristalizados; as relações com os filhos se tornaram mais democráticas. Surgiam asfamílias pós-modernas. No campo da psicologia do desenvolvimento, cujo interesse se volta mais para a criança, essa diversidade foi identificada inicialmente como famílias não-tradicionais ou alternativas, pois se contrapunham ao antigo modelo conjugal-nuclear.”

(SOUZA, Rosane M. de. Configurações plurais. Viver Mente & Cérebro. Ano XIV, n.º 167, 2006, p. 54).

GRISARD FILHO (2003) entende por famílias reconstituídas aquelas formadas por um casamento ou união estável do casal, na qual um ou ambos os cônjuges possuem filho(s) de uma relação anterior (divórcio/viuvez). Assim, formam-se novas relações nas quais um dos adultos não é pai/mãe de uma ou mais filhos, quem não tinha filhos passa repentinamente a tornar-se responsável por um ou mais; sob a perspectiva dos filhos, surgem novos coadjuvantes familiares: novos primos, tios, sobrinhos, avós, as rivalidades com os meio-irmãos, as diferenças de idades entre as crianças, e principalmente os conflitos de lealdades.

DOLTO (1989) esclarece que, para o inconsciente da criança, a situação de novos parceiros dos pais separados significa a interdição da intimidade total com seu(sua) genitor(a) pela presença de um(a) adulto(a) que a faça reviver a relação triangular (edipiana), prosseguindo uma relação interrompida cedo demais, ou em versão diferente, mas de qualquer modo com todos os conhecidos conflitos afetivos de amor-ódio que envolvem esses dois adultos (o pai/a mãe e seu(sua) novo(a) companheiro(a)), que são, ao mesmo tempo, modelos e rivais para a criança (p.77).

Considerando-se que, nessas situações, cada família reconstituída se estrutura a partir de duas ou mais famílias originais, com costumes, culturas, histórias, expectativas e regras diferentes, e que passam a se unir e precisam buscar um sistema e identidade próprios, os filhos podem vivenciar dificuldades maiores ou menores quanto aos limites, lugar na família, pactos de lealdades ou autoridade a quem obedecer, uma vez que os novos modelos coexistem com os anteriores. Tudo dependerá do grau de flexibilização, comunicação e disponibilidade para atender às diferentes demandas (GRISARD FILHO, 2003).

Apesar das transformações da estrutura familiar, anteriormente descritas, e das equiparações protegidas pela lei às diversas formas de união (união estável, homoparentalidade, “produção independente”, por exemplo), que permitiriam menor rigidez nas relações familiares, tornando-as mais flexíveis e equânimes, a maior parte dos homens e mulheres, de diferentes idades e níveis sócio-econômicos vivencia, além do sentimento de fracasso, da dor do rompimento do vínculo amoroso, das dificuldades materiais e de organização concreta do cotidiano, também aquilo que SOUZA (2006) e seus colaboradores de estudos e pesquisas denominam “experiência de transgressão”: sentem-se como se tivessem transgredido o modelo familiar que idealizaram, subestimando sua capacidade de manter laços conjugais e parentais (e a proteção deles decorrente), e direcionam sua raiva contra o ex-cônjuge, ou culpa/vergonha por romper a família – o que chega a se sobrepor às questões de guarda, pensão e visitas (p.57).

No tocante à possibilidade do exercício da Guarda Compartilhada, é preciso considerar-se a pluralidade de vínculos que essa criança passará a ter na ocorrência de novas uniões de seus pais (sendo que seus novos cônjuges/companheiros também podem ter suas famílias!), mas os vínculos parentais originais não podem ser destruídos nunca. Muitas vezes o(a) atual cônjuge/companheiro(a) do pai/mãe pode tentar exercer papéis parentais que não lhe compete, ou ainda a situação mais grave mas infelizmente a mais comum, o(a) ex-cônjuge/companheiro(a) do pai/mãe pode tentar obstruir o convívio da criança com o outro genitor(a), justamente pela rivalidade que possa nutrir com o novo relacionamento deste(a).

As situações de maior dificuldade na relação da criança com os novos parceiros dos pais provêm dos adultos, e não da criança, conforme explica DOLTO (1989). Para a autora, isso ocorre quando o pai/a mãe mostram-se enciumados com o nascimento de outros filhos das novas uniões do(a) “ex”, ou ainda quando o pai assume a responsabilidade de criar o filho de sua nova mulher, onde pode reviver a atmosfera dolorosa dos anos que o obrigaram ao rompimento com a companheira anterior. Por isso, a autora orienta que a criança deve ser ajudada por pessoas que a façam compreender as dificuldades que o novo nascimento de uma outra criança, fruto do novo relacionamento, provoca em ambos os pais (pp.78-79).

Diante das transformações que vêm ocorrendo nos últimos tempos dessa estrutura familiar, cabe também uma reflexão acerca das funções parentais – materna e paterna – perante os filhos. Os padrões sociais, preconizados por Freud e mantidos até alguns anos atrás, exigiam a presença de um pai com função de educar e de uma mãe com função de proteger e amar. Isso leva a preconceitos que confundem a forma com o conteúdo e determinam que uma boa família deve ter sempre uma boa aparência. Mas até que ponto isso é garantia de estabilidade emocional aos filhos? As novas famílias, assim como as antigas, só terão filhos psicologicamente sadios se os pais forem bem-intencionados, honestos, com vidas dignas e organizadas e, principalmente, atendam ao duplo requisito de amar e respeitar os filhos, independentemente de qual dos genitores exerça essa função – a mãe também pode educar e o pai também pode amar. Torna-se claro que o que realmente garante o equilíbrio emocional dos filhos não é a presença de pai e mãe, mas de pessoas – não importam sejam os genitores de sexos iguais ou diferentes – capazes de exercer funções fundamentais de amor e respeito (Goldin, 2002).

É importante também destacar a presença de irmãos (e comparativamente, os meio-irmãos biológicos ou por aproximação de famílias) no desenvolvimento da criança/adolescente. Englobando-se no que KEHL (2006) denomina “função fraterna”, os irmãos e meio-irmãos desempenham um caráter necessário, porém não contingente, de participação no processo da criança em tornar-se sujeito. Para a autora, a função fraterna deve ser considerada em três planos e em três níveis de abstração, in verbis (p.76):

“(…) Primeiro a constatação, para a criança, da semelhança introduzida pelo irmão em seu campo narcísico, que força uma reelaboração da relação especular com o ideal e constitui para o ‘eu’ um objeto ao mesmo tempo de ciúme, de interesse, de ódio e de identificação.

Segundo, as experiências compartilhadas pela fratria na adolescência confirmam a simultaneamente relativizam o poder de verdade absoluta da palavra paterna, possibilitando ao sujeito reconhecer-se como criador de linguagem e/ou de fatos sociais. Este momento é uma espécie de reedição do primeiro, projetando para o campo da sociabilidade extrafamiliar.

Finalmente, o semelhante representa a abertura de um campo anônimo de circulação e transmissão de saberes: a circulação da palavra em sua multiplicidade de sentidos, em sua plasticidade criadora, em relação à qual o sujeito está simultaneamente desamparado – nada lhe fornece garantias de verdade quanto às suas escolhas – e aliado aos semelhantes (…).”

Considerando-se então a alteridade presente nas relações entre irmãos, DOLTO (1989), afirma que cada situação de separação dos pais deve ser analisada em particular. Para a autora, quando os irmãos são pequenos, não se deve separá-los; quando são adolescentes, nem sempre é absoluto que devam viver juntos, pois isso pode acarretar situações de ciúme, rivalidade e conflitos edipianos, especialmente se os irmãos forem de sexos diferentes (irmão e irmã). (p.50).

Nesse sentido, da mesma forma que a introdução de irmãos biológicos na mesma família pode representar objeto de rivalidade, ciúme, competição mas ao mesmo tempo de proteção e identificação, pode-se ampliar essa variedade de relações no âmbito das famílias reconstituídas, nas quais novos filhos se inserem no contexto familiar, vindos das famílias anteriores de cada cônjuge e/ou das próprias uniões atuais dos pais. Algumas crianças afirmam que isso reduz o espaço individual (especialmente no caso dos filhos únicos dos pais separados); outras consideram que a presença de meio-irmãos tornou a vida mais “interessante”, justamente porque houve essa diversidade de relações.

No caso das relações familiares baseadas em etnias diferentes, DOLTO (1989) afirma que, quando ocorre a separação/divórcio, não apenas o genitor descontínuo (não-guardião) corre o risco de desaparecer, como também toda a linhagem deste. Para a autora (1989), além dos danos a médio ou longo prazo que essa situação de afastamento parental pode acarretar na vida de qualquer criança, a ruptura com uma de suas etnias de origem pode diminuir as possibilidades de vivências e expressões culturais diversas, igualmente válidas e enriquecedoras para o processo de humanização e socialização (p.89).

Cabe, ainda, mais uma reflexão acerca das relações familiares: a presença dos avós (progenitores) paternos e maternos na vida das crianças. É importante que a criança tenha por perto avós que a ajudem a compreender e relativizar o sofrimento que carrega pela separação dos pais, e que a figura dos avós represente essa compreensão e maturidade que chegam com a experiência de vida. Porém, DOLTO (1989) alerta para os perigos do retorno do pai/da mãe para a casa dos próprios pais, pois isso constitui uma regressão para a criança, que se descobre ao lado de pais artificialmente transformados em irmãos mais velhos. Os pais precisam se comportar como cidadãos adultos e não podem abdicar, em benefício dos avós, de serem modelos para a criança. Para a autora, é igualmente prejudicial à criança ir para a casa de avós que recriminam o(a) filho(a) por haver-se separado/divorciado, quanto de avós que se rejubilem com a ocorrência da separação/divórcio, porque assim poderão criar o(s) filho(s) do(a) filho(a) (p.92). A melhor solução para a situação de separação/divórcio é que o(a) filho(a) more sozinho(a) com seu(s) próprio(s) filho(s), podendo contar com a presença e a colaboração de avós que sejam figuras efetivamente positivas e facilitadoras do desenvolvimento da(s) criança(s).

Ë nesse sentido que, partindo-se dessas reflexões acerca da estrutura histórica da família e das transformações sociais, ideológicas e psicológicas a que foi (e continua sendo) submetida ao longo destes anos, que os próximos itens apresentarão os principais aspectos do exercício da Guarda Compartilhada como expressão da preservação dos vínculos humanos. Hoje em dia, reconhece-se que esta prática é uma realidade, premente e necessária, ao pleno desenvolvimento psíquico das crianças, independente da estrutura familiar de origem. Não há como fugir de uma situação reconhecidamente importante para a manutenção de laços e vínculos familiares. O psicólogo deve estar atento às discussões mais atualizadas que tratam justamente dos benefícios da Guarda Compartilhada na estruturação familiar, e conscientizar-se de seu papel como agente transformador e construtor da sociedade, opondo-se a adotar posturas que estigmatizem padrões anacrônicos e restritivos ao desenvolvimento humano.

2. A referência de “dois lares” para a criança:

Quando ocorre a separação ou rompimento do vínculo conjugal sob o regime de Guarda Compartilhada, os genitores devem pensar nos direitos e deveres de cada um, bem como na existência de dois lares para a(s) criança(s). Muitos profissionais de Saúde Mental afirmam que, quando há proximidade dos lares, a separação foi consensual, e há regras claramente estabelecidas de comportamento, é até positivo que a criança tenha dois lares, tenha espaço dentro de cada lar, e possa conviver com ambos os genitores – como forma de manutenção e fortalecimento dos vínculos.

Para a Psicanálise, o fato da criança ter dois lares ajuda-a a perceber que a separação não é com ela e não perder os vínculos e os referenciais de cada um dos pais, e a elaborar a situação de separação entre os pais. A criança é extremamente adaptável e consegue perceber as diferenças de personalidade, comportamento e regras de cada um dos genitores.

Os argumentos que defendem a guarda monoparental e com residência única como forma de se evitar a perda do referencial ou a confusão de regras não possuem fundamentação técnica. A adaptabilidade da criança aos dois lares afastará o medo do abandono e da exclusão do genitor não-guardião (geralmente, o pai), sendo que proporcionará a variabilidade de contatos com outras pessoas, ambientes, situações. Inclusive porque o distanciamento da mãe ajuda a criança a romper a dependência simbiótica para que o ego possa es estruturar através dos contatos com o mundo exterior, experimentar o estranho, elaborar as ansiedades, desenvolver os seus mecanismos de defesas e enfrentar os conflitos inerentes às fases do desenvolvimento. A criança, a partir de um ano de idade, consegue perceber que as pessoas vão embora mas voltam, e que as situações boas e ruins chegam e desaparecem, ela sai de casa mas retorna; além disso, as mudanças poderão trazer frustrações e dificuldades que também ajudarão a estruturar e fortalecer o ego da criança.

Postura ética do psicólogo judiciário, nas avaliações judiciais das famílias reconstruídas, considerando-se a manutenção de vínculos parentais:

A estrutura do Judiciário e a própria figura do juiz são consideradas paternalistas e detentoras de todo o poder para julgar e decidir acerca das questões familiares, o que retira dos pais essa autonomia e responsabilidade que lhes são inerentes pela própria condição de parentalidade, e atribui-se a um terceiro a capacidade decisória. Isso é um retrocesso no caminho do desenvolvimento maturacional dos membros da família.

Mais grave ainda quando os profissionais que prestam serviços ao Judiciário também se enquadram nessa situação, e mostram-se incapazes de reconhecer e compreender as particularidades de cada membro da família. Limitam as capacidades de cada ser humano em decidir por conta própria, e sugerem ao juiz “soluções” extraídas de critérios alheios à realidade familiar que lhes é apresentada. Os resultados são dificuldades de relacionamento entre os membros, e prejuízos no desenvolvimento psíquico das crianças.

Com o objetivo de corrigir essa injustiça, o novo Código Civil (CC – Lei nº 10.406/02) tentou alterar o instituto da Guarda em seu artigo 1584, atribuindo a mesma a quem revelar melhores condições para exercê-la, a saber:

Art. 1.584 – CC (2002). Decretada a separação judicial ou o divórcio, sem que haja entre as partes acordo quanto à guarda dos filhos, será ela atribuída a quem revelar melhores condições para exercê-la.

Parágrafo único. Verificando que os filhos não devem permanecer sob a guarda do pai ou da mãe, o juiz deferirá a sua guarda à pessoa que revele compatibilidade com a natureza da medida, de preferência levando em conta o grau de parentesco e relação de afinidade e afetividade, de acordo com o disposto na lei específica.

Com esse artigo, pretendeu o legislador atribuir outros critérios para a detenção da guarda, sem ser apenas o financeiro/material, por ser em si mesmo motivo de controvérsias e acirradas disputas pelo poder – então, ganha destaque o critério afetivo/emocional, a disponibilidade, e outros aspectos subjetivos. Isso abriu espaço para que os profissionais dos Setores Técnicos da Psicologia e do Serviço Social pudessem atuar, através de suas avaliações específicas, para o acréscimo de novos saberes e compreensão mais ampla do contexto familiar. Porém, na prática, quem cogitou que, com isso, haveria maior rigor em tais critérios, corre o risco de equivocar-se. Isto porque esta análise é feita pelos mesmos psicólogos forenses, assistentes sociais, pelos mesmos critérios ultrapassados e subjetivos adotados anteriormente para o desígnio da guarda. O juiz, por sua vez, que continua mantendo o mesmo entendimento de outrora, ratifica as ‘sugestões’ proferidas pelos profissionais técnicos, e perpetua a postura conservadora da guarda monoparental, conforme se verá adiante:

3.1 – Do psicodiagnóstico em âmbito jurídico

O psicodiagnóstico é um processo científico, limitado no tempo, configurado por uma relação bipessoal de papéis definidos, cuja finalidade precípua é obter uma descrição e compreensão da personalidade do indivíduo, assim como a investigação de algum aspecto em particular, de acordo com as características da indicação. Inclui aspectos diagnósticos e prognósticos da personalidade, fazendo uso de técnicas e testes psicológicos que, conforme a Resolução n.º 02/2003 do Conselho Federal de Psicologia (CFP), são instrumentos de avaliação ou mensuração de características psicológicas, constituindo-se um método ou uma técnica de uso privativo do psicólogo, em decorrência do que dispõe o § 1.º do art. 13 da Lei n.º 4119/62.

Para definir os objetivos do psicodiagnóstico, o psicólogo deve se familiarizar com os fatos pertinentes à solicitação do processo e elaborar um plano de avaliação, procurando identificar quais os recursos (técnicas e testes) que melhor permitam responder às hipóteses ou questionamentos iniciais. Isso consiste em programar a administração de uma bateria de testes e procedimentos capaz de fornecer subsídios para confirmar ou refutar as hipóteses iniciais; inclusive porque CUNHA (2000) e ANZIEU (1978), este último citado por ASSIS E SILVA (1999/2000) afirmam que não é possível apreender a totalidade da personalidade do indivíduo com apenas um teste (p. 31). Por isso, a referida autora (1999/2000) afirma que é importante que o psicólogo não se atenha a apenas um teste (In: Anais do III Congresso Ibero-Americano de Psicologia Jurídica, p. 256 / Boletim da Sociedade Rorschach de São Paulo, vol. X, n.1, p. 29).

SHINE (2003) menciona autores (ALVES, 2002; PELLEGRINELLI, 1993; SUANNES, 1999) que afirmam a necessidade de realizar-se, em média, quatro ou cinco entrevistas individuais com cada pessoa da família, discriminando os pais e os filhos (p.142).

Assim afirmam RODRIGUES, COUTO e HUNGRIA (p.24). In: SHINE (2005):

“O atendimento de um caso requer a realização de entrevistas psicológicas com todos os elementos relevantes à questão estudada, envolvendo, na maioria das vezes, os novos companheiros dos cônjuges separados, avós, tios, babás e pessoas envolvidas no cotidiano da criança, além de necessariamente o/a requerente, o/a requerido(a) e os filhos em questão. Em muitos casos são necessários contatos com o colégio onde a criança estuda (coordenador pedagógico ou professor) para melhor compreensão da dinâmica da criança.

O atendimento psicológico de uma família exige que o número de entrevistas se estenda até a necessária compreensão das defesas psicológicas, com o auxílio opcional de testes psicológicos (…) e de observação lúdica da criança. Nesse caso, como a criança não possui a total articulação da linguagem, expressa-se por meio de brincadeiras, durante a observação lúdica, e o psicólogo deve ficar atento, com o olhar clínico, para captar os sentimentos e angústias expressos pelo menor na situação.”

Da aplicação do teste projetivo

A avaliação psicológica baseada em testes e procedimentos padronizados surgiu da necessidade do profissional apegar-se a instrumentos ‘mais confiáveis’ do que a própria percepção pessoal (MITO, 1998, p.39). Ocorre que o empirismo relacionado à expansão das técnicas da Psicologia distanciou-se das implicações originais de seu uso, levando a uma prática questionável que não sabe responder à pergunta sobrequem está sendo avaliado, sendo possível encontrar apenas o quê se avalia.

A principal característica das técnicas projetivas é a apresentação de uma tarefa relativamente não-estruturada e não padronizada, que permite uma variedade quase ilimitada de respostas possíveis, de modo que a avaliação e a integração dos dados brutos dependem da habilidade e da experiência clínica do examinador. Essa situação acarreta uma série de implicações, tais como: a redução do número de examinadores qualificados para empregar a técnica e a variabilidade de resultados obtidos por diferentes examinadores. Verifica-se que a implicação mais problemática é o fato da interpretação de resultados ser, para o examinador, tão projetiva quanto os estímulos do teste o são para o sujeito, ou seja, a interpretação das respostas ao teste projetivo pode revelar aspectos da orientação teórica, das hipóteses prediletas e das características de personalidade do examinador do que a respeito da dinâmica da personalidade do sujeito. Nesses casos, as interpretações podem estar equivocadas.

Não se pode deixar de observar a validade do(s) teste(s) a ser(em) aplicado(s) pelo profissional, conforme os critérios do SATEPSI – Sistema de Avaliação de Testes Psicológicos, do Conselho Federal de Psicologia.

b) Do campo e limites de atuação do Psicólogo Judiciário

É preciso observar que há delimitações do campo de atuação do psicólogo judiciário, cuja violação prejudica a amplitude da Psicologia e das competências dos operadores do Direito (advogados, promotores, magistrados). ROVINSKI (1998) afirma que, nas ações de guarda de menor, o psicólogo judiciário pode incorrer no perigo de realizar julgamentos, competência do juiz. Isso porque o arranjo da guarda é uma construção hipotética e legal, que escapa ao alcance da avaliação psicológica e, conseqüentemente, da competência do profissional de saúde mental. Assim, a autora afirma textualmente (p.60):

“Assim, voltando ao papel do perito na avaliação psicológica, podemos dizer que sua tarefa é descrever, de forma mais clara e precisa possível, aquilo que o periciado sabe, entende, acredita ou pode fazer. Não cabe a ele [perito] estabelecer, de forma abreviada, um escore que represente a aceitabilidade ou inaceitabilidade legal do desempenho do sujeito.

Quando o perito estiver avaliando incongruência entre as habilidades de um examinando e as demandas de um contexto particular, não deve tentar estabelecer critérios para definir uma quantidade particular de incongruência que seja sugestiva de incompetência legal. Em outras palavras, sua avaliação não pode responder à questão final sobre o julgamento. O examinador deve descrever habilidades pessoais, demandas situacionais e o seu grau de congruência, de maneira a evitar estabelecer o último julgamento ou a conclusão final sobre a competência legal.”

O Conselho Regional de Psicologia do Estado do Rio de Janeiro (CRP-05) traz a seguinte manifestação acerca da postura do psicólogo judiciário que emite um “entendimento” que mais se assemelha a julgamento de quem é o melhor genitor para assumir a guarda de uma criança:

“Como profissionais, os membros da referida Comissão [de Ética] admitem que quando o psicólogo propõe-se a responder qual dos cônjuges possui melhores condições para permanecer com a guarda da criança, está com freqüência realizando um julgamento, provavelmente imbuído de preconceitos pessoais a respeito do que significa ser um bom pai e uma boa mãe.”

c) Do laudo pericial juntado aos autos:

ROVINSKI (2004) afirma que o laudo pericial é mais um elemento de prova dentro dos autos, e não se constitui no julgamento final do caso. Esse relatório, como todas as outras provas, está sujeito ao princípio do contraditório e da ampla defesa. Portanto, pode e deve ser questionado, sempre que necessário, para garantir em última instância a justiça (p.67).

O que se observa, porém, é que alguns profissionais técnicos acabam utilizando critérios arbitrários e questionáveis para emitir laudos, que mais parecem sentenças judiciais, atribuindo a guarda a apenas um dos genitores e relegando o outro genitor ao papel secundário até a exclusão, em detrimento da possibilidade de utilização da Guarda Compartilhada. Assim, podem agir em favorecimento completo de apenas um dos genitores – acatando seus argumentos, atendendo-o de forma diferenciada em relação ao outro genitor, deixando de realizar os procedimentos técnicos admitidos pela ética profissional, e com isso fomentando o litígio ao invés de compreender o contexto familiar.

Para DOLTO (1989), o psicólogo deve colocar-se à disposição da(s) criança(s), manter contatos freqüentes com ela(s) para acolhê-la(s) em suas ansiedades nessa transição da separação dos pais. O profissional deverá manter o sigilo e não se intrometer, nem contar aos pais e nem julgar aquilo que a criança lhe confiou. Deve permitir à criança um espaço no qual possa pensar, sentir e exprimir acerca dos conflitos e dificuldades emocionais com a separação dos pais, e verificar a “melhor maneira” de explicar a situação. Se o profissional perceber que a criança sente-se profundamente perturbada com a situação, deverá dizer-lhe, bem como aos pais e ao juiz, que é importante que tenha acompanhamento psicoterapêutico (pp.140-141).

Em tempo: a redação do laudo ou de qualquer documento escrito baseado em avaliação psicológica deve seguir as determinações da Resolução CFP n.º 07/2003, que institui o Manual para Redação de Documentos Escritos, a partir de avaliação psicológica. A inobservância destes preceitos incorrerá falta ética ao psicólogo relator, conforme art. 3.º da referida Resolução, a saber:

RESOLUÇÃO CFP N.º 007/2003

Institui o Manual de Elaboração de Documentos Escritos produzidos pelo psicólogo, decorrentes de avaliação psicológica e revoga a Resolução CFP º 17/2002.

(…)

Art. 3º - Toda e qualquer comunicação por escrito decorrente de avaliação psicológica deverá seguir as diretrizes descritas neste manual.

Parágrafo único – A não observância da presente norma constitui falta ético-disciplinar, passível de capitulação nos dispositivos referentes ao exercício profissional do Código de Ética Profissional do Psicólogo, sem prejuízo de outros que possam ser argüidos.

(Excertos extraídos da obra de SILVA, Denise M.P. Mediação e Guarda Compartilhada: conquistas para a família, a ser publicada pela Editora Casa do Psicólogo Livraria Ltda., São Paulo, em 2007).

Considerações finais:

As transformações, os questionamentos, as direções por que passam a sociedade obrigam os profissionais, instituições e grupos sociais a pesquisar, discutir, orientar-se a atualizar-se quanto aos aspectos sociais, jurídicos, psicológicos e institucionais dessas mudanças. Os ordenamentos jurídicos devem refletir a realidade social, e com isso corresponder o melhor possível às necessidades e demandas que essa sociedade impõe.

É nesse sentido que nos deparamos com a necessidade de discutir aspectos relevantes das relações familiares. A estrutura patriarcal não encontra mais respaldo diante das necessidades sociais, nas quais a mulher busca seu espaço no mercado de trabalho e na carreira educacional, e o homem requisita maior participação na vida doméstica e acompanhamento do desenvolvimento dos filhos. Por isso, não basta apenas discutir, é preciso implementar projetos, iniciativas, programas públicos e privados que efetivamente atendam às demandas de transformação dos modelos familiares, e que nem sempre encontram guarida nas instituições governamentais ou não que deveriam cumprir este papel.

Observa-se que hoje, a despeito de termos uma estrutura judiciária imponente, não consegue acolher adequadamente as necessidades das crianças/adolescentes, que mesmo tendo família, acabam relegados a um cenário de exclusão afetiva. Isso acontece quando os membros da família se deparam com dificuldades afetivas com que não conseguem lidar, e buscam “soluções”(?) nem sempre civilizadas, recorrendo a litígios judiciais até para questões banais. E pior: envolvem o(s) filho(s) nisso, sem se darem conta do imenso prejuízo emocional que causam com essa atitude imatura e irresponsável.

De outra parte, a legislação e o próprio sistema judiciário acabam corroborando, direta ou indiretamente, para a sensação de desamparo vivenciado pela(s) criança(s)/adolescente(s), quando mantêm posturas conservadoras e retrógradas de adotar o sistema de guarda monoparental a um dos pais, cabendo ao outro as visitas e a pensão. Agindo assim, “massificam” as famílias a uma estrutura familiar que não corresponde mais às necessidades da criança e nem mesmo às mudanças sociais. O anacronismo entre a lei e o Judiciário de um lado, e as reais necessidades da criança de outro, acentuam a agravam as carências afetivas, as dificuldades de relacionamento, a manutenção de vínculos essenciais para o saudável desenvolvimento psíquico do(s) filho(s). Com isso, aumenta a quantidade de crianças carentes, não somente aquelas moradoras de rua ou pedintes nos semáforos, mas as carentes de estruturas psicológicas saudáveis.

As mudanças estão aí, conclamando todos nós pais, filhos, profissionais, juristas, legisladores, instituições publicas e privadas a modificamos nossa postura, nossa mentalidade e nossas atitudes. Da mesma forma como a sociedade passou da arcaica estrutura patriarcal a um contexto mais participativo e igualitário, as políticas públicas, os projetos privados e as iniciativas (remuneradas ou não) terão que corresponder a essas novas demandas sociais. São importantes desafios, mas o resultado será a formação de novas gerações de crianças/adolescentes saudáveis, amadurecidos, compreensivos, tolerantes, íntegros, com vínculos afetivos e sociais fortalecidos! Pode-se desejar um lucro maior do que este?

Referências bibliográficas:

Anzieu, D. Os métodos projetivos. Rio de Janeiro: Editora Campus, 1978, p.31. Citado por SILVA, Marieuza T.A. O uso dos testes psicológicos no trabalho de perícia das Varas da Família e das Sucessões do Forum João Mendes Júnior – São Paulo – Brasil. In: III Congresso Ibero-Americano de Psicologia Jurídica, 1999. São Paulo. Anais…, pp. 254-257. / Boletim da Sociedade Rorschach de São Paulo, vol X, nº 1, jan/dez – 1996/7, pp. 23-33.

COMISSÃO DE ÉTICA. Processos éticos. Conselho Regional de Psicologia do Estado do Rio de Janeiro – CRP-05.

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LA NEUROSIS OBSESIVA DEL DERECHO ANTIOQUEÑO EN EL SIGLO XIX: LOS CAMINOS

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Wednesday 1 September 2010 4:49 am

LA NEUROSIS OBSESIVA DEL DERECHO ANTIOQUEÑO EN EL SIGLO XIX: LOS CAMINOS

ANDRES BOTERO BERNAL

Resumen

El tema de los caminos es una constante en varios momentos históricos del derecho antioqueño del XIX, pero ante la imposibilidad de presentar un estudio de todos los elementos donde éste se encuentra, se escogieron arbitrariamente dos casos para observar allí cómo el derecho se obsesiona en la construcción y el mantenimiento de los caminos (la primera república y 1848-1851), fenómeno que bien puede ser dilucidado si se aplica una alegoría de origen fundamentalmente psicoanalítico: la neurosis obsesiva – compulsiva. Con base en esta estructura clínica bien podrían pensarse los dos casos de manera diversa a como generalmente se ha venido haciendo, vislumbrándose así con claridad situaciones donde el síndrome normativo y la eficacia simbólica dominan el ambiente político – normativo.

Palabras clave

Caminos, colonia, independencia, cámara provincial de Antioquia, neurosis obsesiva compulsiva, síndrome normativo, eficacia simbólica.

Introducción

Hace poco, conversando virtualmente con un amigo, Fabián Sanabria, caí en cuenta de la forma de presentación de muchos de mis trabajos académicos: primero la teoría y luego los ejemplos. Él me sugirió, con sensatez, iniciar este trabajo con los casos, dejar que se expresen, y luego enunciar una posibilidad de interpretación de los mismos que sea consecuencia lógica de la exposición descriptiva de los hechos.

De esta manera, acatando tan pertinente sugerencia, expondré dos casos que reúnen en su seno muchos otros hechos jurídico – políticos. Estos casos serán diagnosticados, de forma tal que si se nos permite alegorizar, encontraríamos claro un esquema neurótico obsesivo compulsivo en cada uno de ellos (o por lo menos en los responsables de la emisión de dichos discursos), siendo una de las ideas obsesivas la construcción y el mantenimiento de los caminos.

Si ésta es, pues, la intención del presente escrito, tiene que quedar en claro al lector que no se expondrán otros asuntos bien relevantes e importantes para la cabal comprensión del fenómeno de la caminería en la historia de Antioquia, tales como la necesidad de los caminos, el comercio, el contrabando, las rutas, etc. Me atendré entonces a la exposición muy sucinta de dos casos jurídico – políticos con el fin de que, hablando por sí mismos, pueda descifrarse el diagnóstico apropiado de lo allí acaecido. Hubiera preferido mencionar otros casos, pero me excedería mucho más allá de lo permitido.

Así las cosas, el punto dos expondrá el primero de esos casos: la Antioquia de 1811-1816, que se manifestó fundamentalmente mediante emisión de cartas constitucionales, proclamas políticas y directrices de la junta de gobierno, encontrando en todas éstas un común denominador: los caminos. El tercer punto versará sobre el caso de la legislación expedida por la Cámara Provincial de Antioquia entre 1848 y 1851, pudiendo observar cómo el tema de los caminos se convierte en idea recurrente. Ya en el punto cuatro se hará un ejercicio arriesgado: diagnosticar el derecho antioqueño (que supone unas estructuras político – económicas) en cada uno de estos casos, como si estos pudieran ser objeto de reflexiones psicoanalíticas.

Entretanto, debe aclararse al lector algunas iniciales que se utilizarán en el transcurso del texto: A.H.A. (Archivo Histórico de Antioquia) y A.H.M. (Archivo Histórico de Medellín). Además, los títulos de artículos de revistas (impresas o en Internet) serán puestos en cursiva, con el fin de permitir al lector claridad sobre la cita misma.

Y se construirán caminos donde transite la Antioquia (¿española o republicana?)

Para exponer este ejemplo, tomado de manera arbitraria, debo remontarme a las reformas borbónicas. Resulta que con la llegada de los borbones al poder español, se presentaron una serie de reformas en la administración que no dejaron de tener consecuencias en el posterior proceso emancipatorio. Una de estas reformas consistió en incentivar la construcción de caminos gracias a la concepción que de “economía política” venía surgiendo como medio para el progreso y la civilización, idea cimentada especialmente por la naciente Ilustración española y por las “sociedades económicas de amigos del país” que florecieron en toda la extensión del imperio. De esta manera los caminos son tomados como asunto de la cosa pública, lo que no implicaba que debieran ser costeados con cargo al erario público.

Este discurso oficial puede verse reflejado en las prédicas de los visitadores y gobernadores coloniales más conocidos en Antioquia, como lo eran Mon y Velarde y Francisco Silvestre. En ambos encontramos continuas alusiones al tema de los caminos, esperando con ello una transformación radical de una provincia que por demás no era considerada de las más importantes del Virreinato. Fue así como durante las últimas décadas de la colonia fueron varios los casos que se presentaron en relación con la intención de apertura de caminos (que no significa que sea un camino nuevo, pues bien podría tratarse de remodelaciones de caminos preexistentes, que en varios casos se remontan a la época precolombina). Claro está que el discurso oficial, por el mero hecho de existir, no implica su eficacia. Vemos cómo en muchos casos este discurso caía en la mera eficacia simbólica, concepto que más adelante será abordado, debido especialmente a los problemas atinentes a la financiación de las obras (ya sea con dinero, alimentos, trabajo personal, trabajo con presos y los gastos que implicaba que debían ser cubiertos por los vecinos, etc.), la escasa densidad geográfica, la pesada carga de sostenimiento de los caminos que tenían que asumir los vecinos (lo que provocaba reacciones de los habitantes cada vez que se proyectaba un nuevo trayecto), etc.

Pero este discurso oficial no se viene a modificar con los hechos de 1808 (invasión napoleónica, el Estatuto de Bayona, cesión de la soberanía por parte de los borbones a los franceses, etc.). Ante el vacío de poder provocado en aquel año, sumado a otros factores que no es menester mencionar, Antioquia, al igual que la mayoría de las provincias americanas y peninsulares, organiza una junta de autogobierno fuertemente enraizada en los cabildos coloniales; esta Junta, que será la artífice de la proclamación de independencia, continuará con la línea antes denotada: el discurso de creación de caminos dentro de un ambiente aún más conservador de “orden” y “autoridad”.

Incluso, en el acta del 27 de noviembre de 1811, por la que se constituyen las Provincias Unidas de la Nueva Granada, en la que participa Antioquia en calidad de Estado asociado, se establecen unas líneas generales que gozaron de continuidad en la mayoría de las constituciones del período mal llamado como el de la “Patria Boba”, entre ellas las constituciones antioqueñas de 1812 y de 1815, las cuales fueron: la consagración de la “Santa Religión Católica, Apostólica y Romana” como el credo oficial y Dios como el juzgador de la actividad política de los criollos, el juramento como acto de relación política entre los súbditos y las constituciones, la consideración de estados independientes a las provincias (siguiendo el modelo norteamericano), el señalamiento de la defensa común frente a la tan esperada reacción armada española, la prohibición de dádivas y distinciones nobiliarias, la igualdad de los votos provinciales, la consolidación de la imagen de nación criolla como principal sujeto político y, como era de esperarse, la urgencia de la construcción de caminos.

Esta línea repetitiva en torno a los caminos y que atraviesa el proceso provincial (1811-1816), vino a ser interpretada dentro de fuertes esquemas ideológicos propios de los nuevos detentadores del poder: los criollos o blancos americanos. De esta forma, detrás del igualitarismo formal proclamado por los próceres de la independencia, permanecía una división del trabajo entre castas sociales: mientras los criollos asumían los nuevos cargos públicos, los indios y los negros seguían siendo la fuerza animal que cavaba minas, cultivaba haciendas y plantaciones, construía y mantenía los caminos republicanos, levantaba iglesias y edificios públicos, en un proceso donde las tierras ocupaban un punto esencial a partir de las misiones y reducciones que de ellos se hacía o de la legislación anticomunitaria, a la vez que se lograba un proceso de culturización fundado en la cristianización y la enseñanza del castellano, tanto en la Colonia como en el primer constitucionalismo neogranadino (1811-1816), mostrando así una gran afinidad entre estos dos.

De esta forma, encontramos sendas referencias a los caminos en la constitución antioqueña de 1812 (Título III, sección primera, artículo 34 y en el Título IV sección primera, artículo 19) y en la del 1815 (Título IV, artículo 16 y en el título VII, artículo 4).

No obstante, luego de la caída de Antioquia en manos de los pacificadores españoles, la idea en torno a los caminos prosiguió con igual insistencia, como nos lo demuestran diversos documentos jurídico – políticos emanados de las autoridades realistas, incluyendo al propio Morillo, quien pretendió ganarse la confianza de los antioqueños anunciando labores en caminos: “Y con la nueva ruta de Cali, las transacciones se dirigirán hacia el Quindío, por Santa Fe, Antioquia o el Chocó. Finalmente, la ruta de Mariquita a Medellín se ha entregado al público. Esta ruta tan deseada, tan a menudo ordenada en vano, al igual que la que conduce por Urrao al Atrato, vivificarán estas provincias y el complemento de todas estas operaciones será evitar los peligros del Magdalena por la dirección de Guaduas al Guarumo…”.

Los caminos y su manutención para el paso del alma paisa

Ahora es el momento de dar un segundo ejemplo, tomado arbitrariamente al igual que el primero. Este caso se remonta a los años 1848 a 1851. En este tiempo, tomando las ordenanzas de la Cámara Provincial de Antioquia, tenemos los siguientes actos referidos expresamente a los caminos:

Número de la ordenanza Fecha de expedición Título Norma en la que se funda Número de arts. Comentarios
9 29 de septiembre de 1848 Destinando la cantidad de mil pesos de las rentas de peaje y pontazgo del Cantón de Santarosa para auxiliar la apertura del camino que conduce de Yarumal a Cáceres Atribuciones 1ª y 8ª del artículo 3º de 3 de junio de 1848 2 Otorga amplias facultades al gobernador. El primer artículo repite lo señalado en el título de la ordenanza, y el segundo deja todo en manos del gobernador.
27 23 de septiembre de 1848 Declarando los caminos provinciales y estableciendo las reglas para su apertura, conservación y mejora, y estableciendo una contribución para este objeto Números 8 y 9 del artículo 3º de la ley de 8 de junio de 1848 18 Reforma la ordenanza del 15 de octubre de 1834, además establece un impuesto. El artículo primero hace una descripción de los caminos provinciales, estableciendo como sistema de financiación los peajes, así como el servicio personal que pagarán todos los habitantes de los distritos por donde pasen los caminos provinciales, según dos categorías (una que pagará en dinero dos días de trabajo anualmente, y otra que laborará personalmente un día al año).
33 27 de septiembre de 1849, sancionada por el gobernador el 10 de octubre. Derogando la de 9 de octubre de 1847 que estableció directores de caminos Inciso 8º del artículo 3º de la ley de 3 de junio de 1848 5 Señala la necesidad de elegir sobrestantes (capataces) entre los jornales que construyen o arreglan caminos, y en caso de ser más de 20 peones se nombrará un director de caminos. Expresa, además, que los caminos parroquiales deben ser a cuenta y riesgo de los distritos y no de la provincia de Antioquia.
1 20 de septiembre de 1850, sancionada por el Gobernador el 24 de septiembre. Destinando la suma de trescientos pesos para la construcción de un puente sobre el río Buei Leyes de 3 de junio de 1848, 30 de mayo de 1849 y 20 de abril de 1850. 2 Se ordena la construcción de un puente sobre el río Buei, “en el camino que por Envigado, Retiro i la Ceja conduce de esta ciudad al distrito de Abejorral”. Se señala que si el camino que conduce de la Ceja a Abejorral fuese declarado parroquial, estos dos distritos reintegrarán de por mitad la suma mencionada al tesoro provincial.
4 27 de septiembre de 1850, sancionada por el Gobernador el 30 de septiembre de 1850. Reformatoria de la 27 de 10 de octubre de 1848 declarando los caminos provinciales. Inciso 8º, artículo 3º, de la ley de 3 de junio de 1848 orgánica de la administración y régimen municipal. 4 Hace un listado de nueve caminos provinciales. Señala que los restantes caminos son provinciales. Deroga el artículo 1 de la ordenanza 27 de 10 de octubre de 1848.
9 30 de septiembre de 1850, sancionada por el Gobernador el 2 de octubre de 1850. Determinando los bienes y rentas municipales de la provincia Leyes 1ª, parte 2ª, tratado 1º de la R.G., de 3 de junio de 1848 orgánica de la administración y régimen municipal y la de 20 de abril último sobre descentralización de algunos gastos y rentas 3 El artículo segundo señala que son rentas municipales de la provincia: “4. Los derechos de peaje, pasaje o pontazgo que se impongan en las vías de comunicación provinciales y en las obras construidas en ellas”.
16 7 de octubre de 1850, sancionada por el Gobernador el 9 de octubre de 1850. Destinando la cantidad de tres mil doscientos reales a la conclusión del puente de Malpaso. Atribución 8ª del artículo 3º de la ley de 3 de junio de 1848, orgánica de la administración y régimen municipal 2 Se destina la terminación del puente mencionado en la vía provincial que de esta capital conduce al puerto de Remolino sobre el río Nare así como de la formación del camellón anexo al puente.
17 8 de octubre de 1850, sancionada por el Gobernador a 9 de octubre de 1850 Destinando la suma de 4,800 reales para la conclusión de la apertura del camino provincial que conduce a Cáceres. Inciso 8ª del artículo 3º de la ley de 3 de junio de 1848, orgánica de la administración y régimen municipal 2 Se ordena la apertura del camino que de Campamento conduce a Cáceres. El personero provincial queda facultado para determinar la forma de hacer la inversión autorizada.
21 10 de octubre de 1850, sancionada por el Gobernador el 14 de octubre de 1850 Concediendo privilegio exclusivo para establecer una barca que se mueva por el vapor o por medio de ruedas o cadenas para hacer la travesía del río Cauca. Atribución 8ª del artículo 3º de la ley de 3 de junio de 1848, orgánica de la administración y régimen municipal (en “Fe de erratas” del texto consultado se indicaba que es la atribución 6ª) 6 Se autoriza con privilegio exclusivo organizar el transporte fluvial sobre el río Cauca, durante un período de 15 años si la barca es a vapor o de 10 si es de ruedas o cadenas. Establece además que si ningún particular, en los seis meses siguientes se presenta para hacer uso de este privilegio, la Junta provincial o la corporación que la subrogué podrá contratar la construcción de la barca para hacer la travesía entre Anzá y Sacaojal, por un monto de 24000 reales que sacará del tesoro provincial.
22 7 de octubre de 1850, sancionada por el Gobernador el 7 de octubre de 1850 Destinando ocho mil reales para la exploración y apertura del camino provincial que pasando por Titiribí y la Concordia va a la provincial del Chocó Atribución 8ª del artículo 3º de la ley de 3 de junio de 1848, orgánica de la administración y régimen municipal 2 Se trata de un camino provincial que partiría de Medellín, pasando por los distritos de Itagüí, la Estrella, Caldas, Amagá, Titiribí y la Concordia, llegando a la capital del Chocó. Se solicito al Gobernador que invite a la provincia del Chocó para que abra la parte del camino que a ella le corresponde.
29 19 de octubre de 1850, sancionada por el Gobernador el 19 de octubre de 1850 Aclarando la de 29 de septiembre de 1847, en que se concedió privilegio a la casa de Mejía, Gaviria y compañía para construir un puente sobre el río “Arma” Atribución 6ª del artículo 3º de la ley de 3 de junio de 1848, orgánica de la administración y régimen municipal 1 Aclara que la autorización de cobrar medio real por cada cabeza de ganado mayor o menor que pase por dicho puente, comprende la facultad de cobrar esta misma cuota por cada bestia (caballo o mula) que pase por el puente.
35 23 de octubre de 1850, sancionada por el Gobernador el 30 de octubre de 1850 Declarando que las obras que se hayan construido sobre los caminos provinciales que se hayan costeado con los recursos de las localidades continuarán perteneciendo en pleno dominio y propiedad a los distritos donde se hallen Artículo 64 de la ley de 3 de junio de 1848, orgánica de la administración y régimen municipal 1 Señala que todos los puentes y demás obras que se hayan construido sobre los caminos declarados provinciales que se hayan costeado con los recursos de las localidades, continuarán perteneciendo a los distritos, por lo que además queda a cargo de estos últimos su reparación, conservación y mejora.
44 23 de octubre de 1850, sancionada por el Gobernador el 31 de octubre de 1850 Concediendo privilegio exclusivo a Rafael Llanos y socios para la apertura de un camino de herradura que ponga en comunicación directa la cabecera del distrito parroquial de Amalfi con la aldea de Sanbartolomé en la ribera izquierda del Magdalena. Inciso 6º del artículo 3º de la ley de 3 de junio de 1848 8 Se da un plazo de dos años para la construcción del camino, y se les autoriza por un plazo de 10 años cobrar derechos de peaje según una tabla señalada en el artículo 3. Se señala: “Si los individuos que han solicitado este privilegio no lo aceptaren en los términos en que está concebido, la Gobernación de la provincia dispondrá su publicación convocando a los que quieran optarlo, y lo adjudicará al que ofrezca más ventajas exigiendo las seguridades que estime convenientes y que aseguren su realización”.
16 2 de diciembre de 1851 Determinando los caminos provinciales y estableciendo juntas para su conservación y mejora Atribución 8ª del artículo 3 de la ley de 3 de junio de 1848 14 Cita el artículo 34 de la ley de 3 de junio de 1848, que en sus incisos 7 y 8 establece las funciones de los cabildos en materia de caminos parroquiales. Establece en el artículo 1º cuáles son los caminos provinciales. Establece una junta de caminos integrada por el Gobernador, con el fin de incentivar la construcción y el mantenimiento de los mismos, integradas por ciudadanos de “notorio espíritu público y de recto juicio, declarándose patrióticos los servicios que prestan en tal calidad” (art. 5). Habrán, igualmente, juntas subalternas de caminos en las cabeceras de cantón. Establece como principal sistema de financiación un rubro presupuestal destinado para el efecto por la Cámara anualmente. Se ordena la contratación de un ingeniero para la apertura de caminos de herradura.
25 6 de diciembre de 1851 Estableciendo una contribución directa para la apertura, conservación y mejora de los caminos provinciales Inciso 9 del artículo 3º de la ley de 3 de junio de 1848 19 Establece un nuevo sistema de financiación de los caminos fundado en una contribución en dinero de todos los habitantes de la provincia, según tres categorías establecidas. Los de primera clase pagarán lo correspondiente a cuatro días de trabajo anualmente, los de segunda dos días y los de tercera un día. La construcción de caminos se hará mediante contratas. No menciona las juntas de caminos. Señala como función del personero de la provincia velar sobre la conservación y mejora de los caminos provinciales.
32 10 de diciembre de 1851 Destinando cierta cantidad para el establecimiento y mejora de los caminos provinciales Atribuciones 8 y 9 del artículo 3º de la ley de 3 de junio de 1848 y cumpliendo con lo que dispone el artículo 30 de la ley 30 de mayo de 1849, adicional a la anterior 3 Destina la cantidad de cien mil reales para la atención de los caminos provinciales y parroquiales que sean de interés según las juntas de caminos respectivas.

En conclusión, teniendo en cuenta el número limitado de ordenanzas expedidas cada año (que en términos generales no sobrepasaba las cuatro decenas) y la gran variedad de temas regulados, es significativo el porcentaje de estas normas que era dedicado de manera directa al tema de los caminos (y eso sin mencionar las demás ordenanzas donde se hacía alguna referencia en su contenido, mas no en su título, a los caminos).

La idea repetitiva en este período corresponde fundamentalmente al sistema de financiamiento de la apertura y del mantenimiento de los caminos, lo que obliga a que en un período tan corto se emitan varias disposiciones provinciales sobre el mismo objeto, tomando fuerza inusitada la propuesta de concesión de los caminos, que no dejaría de ser un buen negocio para empresarios que se unían y desunían con una facilidad asombrosa para estos fines.

Entonces… ¿qué tenemos?

En estos dos ejemplos, que bien se repiten en otros momentos del XIX antioqueño, encontramos la presencia de una idea continua y repetida: los caminos. ¿Cómo diagnosticar este hecho histórico promovido desde lo jurídico – político?

Una respuesta la brinda un topógrafo de la época: “No gozando la provincia de las grandes ventajas de la navegación en lo interior, ha sido preciso multiplicar las vías terrestres, que en beneficio de la agricultura y el comercio se hallan bastante bien establecidas, a pesar de los obstáculos que presenta lo muy quebrado del terreno”. No obstante, el historiador del Derecho debe ir más allá, por lo que otra solución al interrogante antes planteado puede encontrarse en el psicoanálisis cuando nos refiere sobre la neurosis obsesiva – compulsiva.

Resulta que la estructura clínica obsesivo – compulsiva se caracteriza por tener una idea irracional y por la compulsión de una conducta que es la que resuelve la angustia de esa idea irracional, v. gr. el hombre que sale de su casa y en pocos metros luego piensa si efectivamente cerró la puerta, a un punto tal que siente la imperiosa necesidad de devolverse. La clave de este proceso está en lo irracional de una idea y la repetición de una conducta o de un acto que ayuda a calmar la ansiedad que genera la misma idea. Otro ejemplo se encuentra en el alcohólico quien en la compulsión u obsesión por consumir encuentra un alivio para su angustia, aunque esta repetición más tarde se vuelva problemática para él mismo.

La neurosis describe entonces una variedad de trastornos psicológicos (discutiéndose hoy día su origen: neurológico, psíquico, emocional o psicosocial). Es ampliamente aceptado que el término neurosis se aplica para intentar diagnosticar aquellas afecciones cuyos síntomas son la expresión simbólica de un conflicto psíquico. Valga señalar que el DSM-IV, Manual de Clasificación de las Enfermedades Mentales de la Organización Mundial de la Salud (OMS), de orientación terapéutica conductista, considera la neurosis obsesiva compulsiva como una enfermedad mental, consistente en la persistente intrusión de pensamientos o impulsos desagradables en la conciencia del individuo, y en las urgencias irresistibles —compulsiones— a desarrollar acciones o rituales para reducir la ansiedad consiguiente.

Pero, ¿bien podría hablarse de una neurosis obsesiva compulsiva a partir de los ejemplos dados del XIX antioqueño? Creo que sí, siempre y cuando reflexionemos sobre tres cosas: la legitimidad de esta reflexión sobre el sistema jurídico, la idea repetida y, por último, la irracionalidad de la misma.

Pasemos al primer punto: la legitimidad en el aplicar categorías psicoanalíticas al sistema jurídico histórico. Sin tomar en cuenta los planteamientos del socioanálisis, este tipo de reflexiones se justifica por dos razones fundamentalmente: en que se trata de un concepto que, si bien pretendía explicar comportamientos individuales, puede ser útil para comprender acciones y omisiones sociales, y que se trata no más que de un ejercicio de ampliación interpretativa a partir del uso de una figura retórica y argumentativa: la alegoría. En consecuencia, no digo que el derecho antioqueño del XIX es neurótico obsesivo compulsivo por el tema de los caminos, sino que puede ser analizado como si lo fuera (o por lo menos que de esta forma se comportaron los responsables de la emisión de dichos discursos).

El segundo aspecto tiene que ver con la idea repetida. La neurosis obsesiva, según los escritos de Freud correspondientes a los años finales del XIX, tiene las siguientes características: en el sujeto, el estado emotivo es lo principal, “puesto que persiste inalterado, variando, en cambio, la idea a él asociada”, el estado emotivo como tal siempre está justificado, hay una idea original que es sustituida por otras ideas a partir de relaciones forzosas y por ende absurdas, las ideas son múltiples y cada vez más especializadas, fácilmente combinable con fobias y una etiología que se remonta a un suceso sexual que “ha causado placer, de una agresión sexual inspirada por el deseo… o de una gozosa participación en las relaciones sexuales”. Ahora bien, saliendo del tópico de la etiología sexual, bien se tendría que preguntar por la idea principal que subyace al derecho antioqueño del XIX y si el tema de los caminos es una idea principal o una idea sustituta a partir de una relación forzosa.

A primera vista se podría considerar que el tema de los caminos es en sí una idea principal dentro del esquema neurótico que estamos analizando. Sin embargo, hay una idea mucho más importante que está detrás de ella y que habilita, por lo menos en parte, la repetición constante en la enunciación normativa en torno a la construcción y mantenimiento de caminos: la legitimación del poder político.

Esto se explicará con un ejemplo que a su vez permitirá entender el elemento de irracionalidad que hay en el estado emotivo principal del obsesivo compulsivo. Supóngase un gobierno con grandes debilidades para lograr influir en la conducta de los administrados. Este gobierno, fácilmente terminaría generando un discurso obsesivo, justo por su incapacidad de lograr la materialización de sus órdenes, el cual se demuestra por dos acciones fundamentalmente: la repetida emanación de la misma orden (síndrome normativo) y la gran carga de eficacia simbólica o instrumental en la orden dada. Entonces, cuando el mismo gobierno es puesto en duda por su incapacidad de concretar sus mandatos, con el fin de intentar aparentar poderío fruto de la ansiedad generada, emite compulsivamente normas cada vez más especializadas, muchas de ellas sobre el mismo tema que considera crucial (provocando una obsesión sobre el asunto, ya sea porque imagina que éste llevará al progreso –idea muy fuerte en todo el XIX Occidental-, o porque de esa forma se ganará el respeto y la obediencia deseada, entre otras razones), esperando (absurdamente) que de esta manera la majestad de la ley pueda sobre la realidad; incluso, justo cuando más se requiere la acción gubernamental, sabiendo ella de la ineficacia de sus decisiones, no deja de emitir la norma, sabiendo de las escasas probabilidades de cumplimiento, con el fin de que ella por sí misma reemplace la actividad política, generando no en pocas veces que la mera expedición de la norma satisfaga intereses políticos y sociales, a pesar de su ineptitud para ser eficaz.

La norma jurídica, en sí misma, se constituye en la forma de gobernar, puesto que la eficacia material de ella es un asunto que escapa a las posibilidades de acción del detentador del poder político, asunto que se ha denominado “eficacia simbólica” y “síndrome normativo” .

Varios ejemplos ilustrarán el caso. Mon y Velarde, así como Francisco Silvestre, estipularon la necesidad del incremento de los caminos en Antioquia, como algo connatural a la forma de gobierno borbónico. Creían que la mera expedición de ordenanzas en tal sentido implicaría la consecución del fin propuesto, a lo que se agregaron disposiciones que obligaban a que los presos trabajaran en su construcción y mantenimiento. El sistema de financiamiento fue claro: a cargo de los vecinos. Esto implicaba que cada camino que se abría aumentaba la tasa de tributación de los habitantes de los cabildos a los que beneficiaba, lo que generó no pocos problemas que minaron la eficacia de estas normas que, sumadas a otras dificultades tales como los intereses económicos y políticos que podrían verse afectados con un nuevo trayecto o recorrido, llevó a que el órgano político actuara con la reexpedición normativa incluso de forma más especializada y reglamentaria, como vino a ser, por mencionar un caso, la “instrucción que debe observar el ingeniero don Pedro Uribe en el camino de Sonsón cuya dirección se le encarga” (1816).

Algo muy similar sucede con el perfeccionamiento que van alcanzando las normas que establecen el sistema de financiamiento de los caminos en el período comprendido entre 1848-1851. Allí se ordena repetidamente la construcción y el mantenimiento de las vías, y a lo largo de los años, la reglamentación sobre los mismos se va especializando, mientras que la estructura misma de financiamiento se mantiene en términos generales igual: división de los caminos en nacionales, provinciales y parroquiales estableciendo que al gobierno de Antioquia sólo le corresponde la financiación de los provinciales; un fondo presupuestal de la Cámara para el efecto; el pago de servicio personal o un impuesto directo a los habitantes; el establecimiento de peajes; y la contratación directa con particulares para tal fin. ¿Si la estructura es similar, se explica la constante emanación de normas jurídicas que ordenaran tal labor? Sí, puesto que ante la ineficacia material de la norma (generalizando, claro está), ésta debía irse perfeccionando o repitiéndose esperando así el legislador que con ello daría en el blanco del problema, cediendo la realidad ante la majestad del poder político. La obsesión sobre los caminos, en consecuencia, es la mejor prueba de la ineficacia generalizada en torno al tema.

Entonces, el estado emotivo principal fruto de la constante remisión discursiva a los caminos, no es otro que la búsqueda de legitimidad por parte del poder político que se relaciona con ideas sustitutivas, como en este caso la continua promulgación de discursos jurídico – políticos que pretenden imponer caminos con la mera expedición de palabras, y que ante la ineficacia de su mandato deberán nuevamente expedir una norma o emitir una proclama, en tanto estos son los principales sujetos del poder en la época analizada. La obsesión recae en la idea sustitutiva, la construcción y mantenimiento de los caminos, y el gobierno de manera compulsiva expide normas muy similares en cortos períodos de tiempo justificando su acción política en el acto de emisión normativa, intención (gobernar sobre normas y que éstas por sí solas cambien la realidad), por cierto, absurda para un observador racional, pero no para el detentador del poder que sólo ve en esto su manera de ser en el poder mismo, ante su propia debilidad.

Conclusiones

Ya en la Colonia, las autoridades en más de una oportunidad pretendieron, con la expedición de discursos políticos, procesos judiciales de apertura de caminos, órdenes de apertura, etc., abrir y mantener caminos, pero la misma ineficacia de sus disposiciones es lo que explica la obsesión y compulsión de las mismas en el tema. Luego, los criollos cimentados en la junta de gobierno de Antioquia, por medio de diversas proclamas, de discursos políticos, reglamentaciones e, incluso, por medio de las constituciones provinciales, siguieron el mismo camino: gobernar por medio de la norma jurídica, la cual podía hacerse sin mayores dilaciones, dando la idea de un gobierno actuante, pero que en verdad no era más que una idea sustitutiva que se volcó sobre los caminos como un objeto continuo de regulación. Con posterioridad, durante el período de 1848 y 1851 observamos cómo un buen porcentaje de las ordenanzas de la Cámara Provincial versaban sobre los caminos, y cómo en un período tan corto se expidieron varios sistemas de construcción y mantenimiento de vías, y justo cuando una de dichas ordenanzas no creaba por sí sola los trayectos añorados, pues se expedía nuevamente con ciertas modificaciones esperando así que la realidad cediera ante el deseo gubernamental.

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CULPA Y REMORDIMIENTO

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Wednesday 1 September 2010 4:44 am

CULPA Y REMORDIMIENTO

MARIANA MARINA BALESTRINI

Un individuo adviene en sujeto cuando se ha constituido su psiquismo y mediante el lazo vincular se ha insertado en el sistema cultural perteneciendo a este.

Ya en 1851 , el magistrado italiano Rafael Garofalo , sobre una practica fundada por su antecesor , otro italiano ilustre , y maestro , Cesare Lombroso ( 1836-1909) , da una así impronta al estudio de una disciplina nueva , el estudio del comportamiento de un sujeto , causa-efecto , de un crimen , en tanto pasaje al acto de la simbolización del registro imaginario criminal. Su personalidad y aquellas patologías que derivan del mismo.

La cultura ha tomado en cuenta ante estos hechos criminales la impronta según , la época , el contexto sociocultural , y no solo el acto criminal en si mismo , sino deteniéndose en una observación importante , los objetos en tanto devenidos fetiches producto del acto , buscando sistemáticamente estos órganos y tanto su significado como su significación: manos , orejas , ojos , nariz etc.

Tal como en los orígenes en Francia , las marcas de hierros candentes producto de la tortura constituían así , el rasgo unario de un acto criminal en lo real. Según los científicos , los actos deviene de una herencia – degeneración , así podemos partir ya de una diferenciación entre criminología y criminalistica , la primera , se interesa menos en la causa del hecho cometido por el sujeto , en tanto que la segunda , se soporta sobre el gran interrogante heideggeriano ¿ por que ?.

Lombroso , luego de coleccionar cráneos de diferentes sujetos , tales como , criminales , prostitutas , perversos sexuales , publica en 1896 , su manifiesto: El hombre criminal , hablando con que su individuo se asemejaba al mono de la fábula de la horda salvaje , quizás , homologada a lo que luego seria la teoría freudiana por excelencia , Tótem y Tabú , y El Hombre de la horda Primitiva .

Si bien la criminología luego retomada por diversas disciplinas , anexada , nunca fue en su origen una disciplina independiente , comprometida con médicos , juristas , psicólogos , forenses , psiquiatras , se integra a la psicología forense en donde da paso prioritario de la mano de grandes aportantes a la historia como : Lacassagne , Edmund Husserl , Etiene De Greeff , que tratan de hacer un perfil de este sujeto , que nos interesa , en su derrotero vivencial primigenio , cometiendo un acto criminal.

Y si no observemos el libro que tratare mas adelante detalladamente sobre un caso del siglo xix , sobre un joven llamado Pierre Riviere , que escribe un libro autobiográfico , YO PIERRE RIVIERE HABIENDO DEGOLLADO A MI MADRE A MI HERMANA Y A MI HERMANO .

Freud se sostiene en su interés casi solo en el parricidio , pero por su estrecha vinculación al incesto , al complejo de Edipo , considerándolo paradigma del acto criminal distinguiendo muy puntillosamente entre el acto del histérico que oculta un secreto que no conoce y el criminal nato , que disimula este secreto conciente.

¿Ahora que pasa con el advenimiento de la psicología en el ámbito carcelario?.

Ferenczi , dice , crimino- psicoanálisis , a esta nueva formula de aplicar las teorías freudianas a la observación inconsciente del acto criminal . Comienza una cuasi lucha para desterrar del sistema carcelario al loco , sobre todo a la pena capital , para así mediante la explicación del acto criminal en si mismo , Maria las pautas necesarias para la iniciación de un posible tratamiento. También Melanie Klein , toma la teoría de la línea freudiana , centrada en la pulsion de muerte , el Complejo de Edipo , la disputa entre el ELLO y el SUPER-YO , y llegando a Hugo Stanb , quien diferencia los crímenes naturales , de los crímenes psicológicos , los socio-culturales , y los biológicos.

Menos casual es que nos llame la atención que Marie Bonaparte , admiradora de Freud , se interese ante historias criminales aberrantes de la Francia renacentista. Así como grandes pensadores como Sartre quien hace un libro sobre el trabajo de otro gran escritor Genet , en su obra culmine Las Criadas , libro titulado San Genet , impecable sobre este caso , del cual , no es casual , que sea es el único material no didáctico que escribe Jaques Lacan , posteriormente , siguiendo la línea de Sartre quien a su vez sigue a Genet .

Ahora volvamos al caso de Pierre Riviere , así podremos centrarnos en un punto en tanto fundante , la culpa y el remordimiento , siendo originariamente rastreado por Freud en las neurosis obsesivas , bajo la forma de auto reproche , en una ambivalente puja del sujeto , por reprimir y por la vergüenza del acto cometido.

En este punto dicho sentimiento de culpabilidad , que en parte y solo en parte , es inconsciente , en donde lo real del acto son sus deseos puestos en juego siendo totalmente desinhibidos de la conciencia del sujeto bajo los fines de las acusaciones , del auto castigo , y hasta de la auto mutilación , incluso llegando al acto suicida.

¿ Podríamos pensar en una escisión del yo , entre acusador y acusado ? , su YO y su SUPER-YO , siendo todo material dirigido hacia el propio sujeto , Freud habla de este sentimiento en un conflicto defensivo , dándole prioridad al estrato del SUPER-YO en relación al YO , si es bajo la formula de instancia critica y punitiva , o en un sentido mas radical , siendo no causa posteriori al acto , sino motivo del mismo.

Pero jamás habla Freud de homologación al sentimiento de castigo. Parecería que cuando nominamos un acto criminal hablamos aparentemente de una carencia total y absoluta de sentimientos de culpa , siendo sujetos que han cedido a sus instintos , podríamos quizás detenernos en el análisis de este sujeto. Focalizare mis observaciones en el caso Pierre Riviere.

Este joven , campesino , de 20 años , semi analfabeto , tercero de cinco hijos , criado por su padre después de la separación de los mismos , chico problemático según consta en expediente , obstinado , taciturno , ninguna manifestación de afecto de su parte , odiaba a su madre , manifestando repulsión , mataba aves por placer , amenazaba a otros niños a corta edad , con matarlos , huía de su casa y se escondía en canteras , decía haber visto al diablo y pactado con el , sentía aversión as mujeres , hablaba solo , animándose y exaltándose , de una falta de religión pasa a una gran piedad religiosa y devoción , lee el catecismo , cumple con las obligaciones de la iglesia.

El día del crimen se cambia tres veces de ropa , y se pone lo mejor que poseía , se quejaba de malestar y dolor del corazón solitario , huraño , cruel , escapa a las leyes sociales , odia la familia ,la sociedad , pregunta si un hombre puede vivir en el bosque de hierbas , después del crimen sale impasible a la calle , deambula por un tiempo corto , se presenta con calma , con las manos manchadas de sangre, y su hoz , herramienta utilizada para el crimen , ensangrentada, goteando .

Lo encuentran tranquilo , llevaba un trozo de madera atada con una cuerda por los extremos y otro en forma de flecha con un clavo en el extremo.

Tenia dos cuchillos , un corta plumas , azufre , y un cordel al momento de la detención.

Contesta al interrogatorio policial , POR QUE DIOS ME LO ORDENO .

Relata Sus actos en orden y metódicamente detallando durante dos horas , innumerables humillaciones que según el había sido sometido su padre por parte de su madre . Promete detallarlos por escrito.

La sentencia del tribunal general de Paris es la siguiente ( alineación mental , caracterizada , atrapado en el campo sin esconderse , adopta el sistema defensivo trasladado y sentenciado a prisión).

En la escena del crimen se puede observar lo siguiente : tres cadáveres , una mujer , presumiblemente la madre ,luego confirmado , que en apariencia estaba cocinando , al momento del asesinato cuello cortado casi en su totalidad , cráneo , cortadas y acuchilladas.

En segundo lugar , un niño de unos 7 u 8 años de edad , quien luego se confirmara será su hermano vestido , con un enorme corte en parte posterior de la cabeza .

En tercer lugar una joven , su hermana , vestida , con MEDIAS y sin ZAPATOS , boca arriba , un gran puñado de cabellos arrancados , cara derecha y cuello con cortes de gran profundidad.

Lo interesante a observar es que la madre presentaba al momento del crimen los pies mirando hacia el hogar en donde cocinaba , sus dedos apretados , un gran charco de sangre , pero sugestivamente en el caso del hermano la boca hacia abajo , un gran charco de sangre , incisiones hasta el cerebro , en cuanto a su hermana , estaba caída de espaldas al suelo , resistencia al crimen , las tres victimas presentaban surcos con heridas largas y profundas , ( huesos y músculos habían sido removidos hasta formar una papilla sobre todo de la madre).Dato adicional , la madre contaba con un feto adentro de seis meses de gestación Si me basara hacer una hipótesis sobre las dos declaraciones testimoniales judiciales , las declaraciones de los testigos , incluido su padre , su abuela , vecinos , y otros familiares que conocían bien al acusado , podría deducir dado el cuadro presentado en la escena del crimen :

Con respecto a su madre , y la presentación del cuadro , fetichismo , hipertrofia de un instinto parcial infantil , símbolo del pene , cabello arrancado , zapatos quitados a su hermana , se evita la desnudez completa , el fetiche a adquirido el significado del pene femenino. Desplazamiento de la excitación sexual infantil primigenia , un ahuecamiento craneal( podría bien representar la vagina femenina materna o de su hermana ) , ser Pierre el único poseedor del objeto ( olor como factor decisivo a sangre).Angustia de castración provocada repentina e intensa , regresión a la etapa pre-genital , y los impulsos entrelazados entre si .

Toda mujer provoca temor a la castración , el objeto que representa el pene de la mujer origina excitación sexual en tanto no tenga acercamiento al cuerpo , ( el zapato puesto en el pie) , separados de la mujer , también castraciones simbólicas , vinculadas al fetiche , ( cortada de cabello ) , negar una verdad conocida supone un desdoblamiento del yo , en infancia su historial infantil , ha permitido un uso excesivo e intenso de mecanismos de defensa de la negación , se hallan predispuestos al fetichismo. Solo a los casos masculinos .Yo soy el cortador a mi no me será cortada .

¿ Puede aplicarse al sadismo la teoría de las perversiones? , es posible que el torturar un objeto pueda procurar un reaseguramiento contra el temor a la castración. Si el placer sexual es perturbado por la angustia es comprensible que una ( IDENTIFICACIÓN CON EL AGRESOR ) pueda constituirse en un alivio , si una persona es capaz de hacer a otras lo que temen que le hagan , ya no tiene por que sentir temor.( Entre estos se hallan los niños que sufren de angustia por ser el hermano mayor y menor a otros que lo encuentran en posición de minusvalía ).

La idea de gozar antes sexualmente debe convencerme de ser poderoso logro de placer sexual , torturando a otros , sin embargo la primera constituye un punto de partida para la aparición del sadismo. Hay muchos sujetos que temen no solo a la castración sino ser dañados durante el acto sexual o a su propia excitación , que es lo mas común pudiendo desprenderse de ello causando terror en los otros , los sádicos , luchan en su inconsciente con la angustia respecto a la castración , al peligro de SU , propia excitación pero también a tendencias auto destructivas que serán sublimadas , mediante el proceso de volverlas contra los objetos sexuales.( Edipo reprimido , y mala salida del Edipo hacia la madre ) .( incesto atemorizante hacia la hermana) ( temor a la homosexualidad hacia su hermano) a semejanza de los cortadores de trenzas freudianos.

Freud , en pegan a un niño , describió el desarrollo histórico típico de esta triple formación ( otros sádicos que según la formula ” yo soy el castrador , no soy el castrado ” además de la idea complementaria soy solamente un pseudo castrador ) .No un castrador real castrado simbólicamente en vez de hacerlo en forma afectiva consiguen a través de sus victimas reasegurarse de las terribles cosas que ellos temían no son tan enteramente terribles después de todo.

Los actos son llevados a cabo por el , teniendo a menudo un carácter de juego , temerosos de una excitación sexual completa y la castración , trata de aprender a controlar esta situación vinculando los actos sexuales en forma activa y de tanto a castraciones menores.

En caso de extrema sumisión ( como en el de nuestro analizado) el sentimiento de unidad resulta con el objeto un reaseguramiento contra la angustia de ser abandonado , se logra mediante la idea de ser una pequeña parte del enorme cuerpo del partenaire , ( cabeza cortada casi en su totalidad , cabello arrancado , faltan trozos de cerebro) , o caso contrario , que el otro no es mas que una pequeña parte de su cuerpo. El partenaire , depende absolutamente del sujeto y sus antojos. Niegan su temor de inferioridad , pero tal reaseguramiento no es verdadero , no es eficaz , la idea terrible de perpetuar un acto sobre otros establece una unión mística sobre el paciente para con sus victimas , que deben ser decisivas , el super-yo , desempeña un papel que complica la situación , no solamente implica el acto de matar para evitar que me maten , sino también castigo para evitar ser castigado , o mejor aun , fuerzo el perdón mediante la violencia , suelen ser frustrados , tendencia a responder a acciones sádicas internas e intensas , negación de un temor por otro , si hago algo sexual tendré que ser castigado , te torturo para obligarte por la intensidad de tu sufrimiento a perdonarme , a liberarme del sentimiento de culpa que bloquea mi placer , y de este modo mediante tu perdon a procurarme una satisfacción sexual y quien pretenda ser independiente relata y delata de este modo su profunda dependencia hacia la victima .

Obliga a su victima a amarlo a la fuerza , el amor , que busca es de carácter primitivo , y tiene el significado de suministro narcisista.

Estas complicaciones que surgen del super-yo , demuestran que en la perversión del sadismo del acto criminal , el componente de instinto sádico es utilizado realmente para lograr un reaseguramiento contra el temor a la castración , la angustia predomina y domina , componente instintivo de constitución fuerte , ( maltratar a los animales de niño ) , en donde fijaciones sádicas reconocen las mismas causas que otras fijaciones , otras etapas , las frustraciones intensifican particularmente la cualidad sádica con que el fin de la tendencia frustrada es eventualmente perseguido en cierto momento.No hay duda que las características sádicas , se deben a una etapa pre-genital , que a fines genitales , hay un sadismo relacionado con el erotismo muscular , de la piel , anal en rechazo a la neurosis obsesiva , pero que pasa según Freud en las fantasías típicas sádicas , o podemos pensar en sadomasoquistas, los conflictos que giran a su alrededor del complejo de Edipo , vinculan la idea de la exitacion sexual a hostilidadades , angustias , resentimientos , y sentimientos de culpa.

De esta manera la perversión sadomasoquista sirve para reprimir las ideas sexuales infantiles , las tendencias pre-edipicas , y el temor a la castración , es una persona que se ha mantenido conciente e incluso exageradamente , una parte de su sexualidad infantil para facilitar la represión de las partes mas censurables de la misma .

En cuanto se juega analógicamente el masoquismo al sadismo , parecería contradecir el principio del placer , tendiendo a evitar proporcionar placer y causar dolor , como si este placer sexual estuviera ligado al dolor. l sujeto en cuestión que observamos , teme las sorpresas pero puede dominar su temor siempre que sepa de antemano lo que va a suceder , ( planea el parricidio durante quince días antes ) luego la hostilidad ha vuelto hacia su propio yo , ( yo se que moriré ) el masoquismo representa un viraje del sadismo contra su propia persona , la fuga del lugar donde cometió los crímenes , implica impulsivamente huir a la tentación o al peligro , correr a un reaseguramiento o una satisfacción , representado también en sentimientos de culpa , la relación en la manía ambulatoria y los estados maniaco depresivos , puede deducirse del hecho que en algunos casos su tragedia reside en que huya adonde huya se lleva así mismo , intolerancia ante tensión a regresión pasivo-receptiva de control.

Después de ver que en la depresión hay una perdida de autoestima , derrumbe total o parcial frente a la perdida , la formulación es completada por la introyeccion patognomica , es decir , se anula toda perdida y se introyecta el objeto amado. Proporcionándole el fracaso de la clase de la señal de alarma de la conciencia y de los sentimientos de aniquilamiento , constituye no solo introyectar el objeto sino un intento de lograr una UNIO-MIYSTICA) , con una omnipotente persona externa de transformarse en el camarada –compañero en el alimento , de la persona perdida al transformarse en sustancia de este y hacer que el se transforme en sustancia de uno mismo .

Le dice a su objeto , ( mira soy un niño bueno , que acepta todos los castigos , ahora tienes que amarme nuevamente ) , pero bajo la melancolía , fracasa en el intento , el desordenado sadismo inherente a la orientación instintiva oral y reactiva por la regresión ha cedido al super-yo y toda aquella furia con la que el yo quiso inconscientemente atacar al objeto se desencadena ahora contra el yo.

¿Por qué se suicida Pierre Riviere? , la fuente refleja , la intensidad de esta lucha al querer aplacar al súper yo , mediante la sumisión , el yo ha errado el calculo , el perdón que busca no puede ser logrado por que en su intento de seducir se ha tornado vía la regresión desordenadamente cruel , y ha perdido la capacidad de perdonar.Es una vuelta del sadismo contra la propia persona , la terrible tensión se ha hecho insoportable , , el yo , desamparado por el súper-yo , se deja morir , en un intento de cesación de la presión superyoica , como acto mas extremo de sumisión consagratoria al castigo y a la crueldad del super-yo , acto supremo de rebelión , el asesinato , de los objetos originales con cuya incorporación fue creado el super-yo , que mata su propia imagen esta mezcla de sumisión y rebelión constituye el punto culminante de mirada acusadora destinada a forzar el perdón .

“Mira lo que me has hecho hacer ahora debes ser nuevamente bueno ” se ha llevado a cabo por que las esperanzas tranquilizadoras de una “ilusion” de gratificación se hallan vinculadas a la idea del suicidio.

Relacionadas con el perdón y la reconciliación que ha de ser forzado mediante la máxima sumisión y rebelión simultáneamente, la muerte del súper-yo castigador y el restablecimiento de la unión con el súper-yo protector, unión que pone fin a todas las perdidas de auto estima, con la restauración del primitivo paraíso de la omnipotencia oceánica.

PROBABLES CONCLUSIONES

Anomalía en la constitución identificatoria yoica , estructura perversa, sub estructuras maniaco-depresivas , sado-masoquismo , delirios místicos persecutorios , desaparición de la persona amada para dar entrada a una nueva , imaginaria , comprometido complejo de Edipo , y castración , racionalización e idealización de impulsos instintivos , rasgos melancólicos. Conducta defensiva patológica contra el ello , carácter reactivo , pseudo alucinaciones , y alucinaciones reales , psicopatía extravagante , paranoico abortivo , ( apatía ) , ruptura de la realidad , delirios , restitución de la fantasía de reconstrucción , heberfrenia , fusión de catexias entre el yo y las representaciones de objeto.

Manía , introyeccion patognomica , ( misticismo) , carácter gobernado por los instintos.

Psicopata narcisista , ambivalente , conducta impulsiva ( acting out) .

LA LIBERTAD COMO FUNDAMENTO DE LA CULPABILIDAD PENAL

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Wednesday 1 September 2010 4:34 am

LA LIBERTAD COMO FUNDAMENTO DE LA CULPABILIDAD PENAL

JAIME NÁQUIRA RIVEROS

I. FORMULACION DE UN PROBLEMA

1. En la evolución histórica de la teoría del delito, uno de los principios de mayor trascendencia ha sido, sin duda, el reconocimiento del principio de culpabilidad. Con dicho reconocimiento, la doctrina y jurisprudencia ha logrado finalmente como garantía del ciudadano frente al ius puniendi del Estado, que como para establecer y determinar laresponsabilidad criminal, era necesario e ineludible (no sólo útil o
conveniente) tener presente que; a) la culpabilidad supone un “juicio de
reproche a la persona del autor” por la conducta típica y antijurídica
perpetrada; b) que la culpabilidad es fundamento (y, para algunos, medida) de la
pena; y c) que la culpabilidad, en cuanto juicio de reproche, requiere entre el
autor y su hecho una imputación a título de dolo o de imprudencia; por lo tanto,
no es posible sancionar penalmente sobre la base de una simple responsabilidad
objetiva. En este contexto de ideas, la doctrina dominante postula que el
fundamento material del juicio de reproche que implica la culpabilidad no puede
ser sino el “libre albedrío o libertad de voluntad” (Mezger, Welzel, Maurach) y,
de esta forma se permite explicar de mejor manera un Derecho Penal retributivo.

2. En los últimos cincuenta años, un sector de la doctrina
ha puesto en duda el fundamento material del principio de culpabilidad
antes
señalado. “Aunque en abstracto existiera el libre albedrío, lo que en cualquier
caso es imposible demostrar si una persona concreta en una situación concreta ha cometido libremente o no un determinado delito” (Gimbernat). “Pero para examinar experimentalmente si una persona individual, que se hallaba en una determinada
situación de acción, hubiera podido actuar de otra manera a como realmente lo ha
hecho, sería preciso volver a colocar a aquella persona –como exactamente la
misma individualidad- en la misma situación concreta, y observar, entonces, si
alguna vez se produce un comportamiento distinto del que se produjo en el caso
que ha dado origen al examen. Pero tales experimentos no ofrecen perspectivas de
éxito en el sector ética y jurídico-penal relevante de la vida espiritual humana
superior, pues el hombre es en especial el hombre imputable que es el que ahora
nos interesa –y en amplia medida también el inimputable-, dispone de memoria, y,
por ello, en una situación posterior tiene el recuerdo de la situación anterior
y de sus consecuencias, de las repercusiones espirituales, y en base a ello es
ahora una persona distinta de la que antes fue. Con otras palabras: No es
posible crear el presupuesto, necesario para nuestro experimento, de que se
trate de la misma persona en la misma situación. De ahí que el experimento no
pueda realizarse con éxito y que no pueda responderse en ese sentido exacto a la
cuestión del haber –podido-actuar-de-otra-manera. Tenemos que adherirnos a
Nowakowski cuando él dice: ‘La polémica sobre el libre albedrío no puede ser
decidida científico-ontológicamente’” (Engisch).

3. La dificultad (o imposibilidad) denunciada por los
partidarios de un Derecho Penal preventivo, en reemplazo de un Derecho Penal
retributivo, ha llevado a algunos autores, que mantienen la capacidad de
libertad de voluntad como fundamento material de la culpabilidad, a reformular
dicho fundamento, en los siguientes términos: “Con frecuencia se entiende que el
reproche de culpabilidad debe basarse en el ‘poder evitar’ individual del
autor. Se pregunta si la persona que en concreto comparece como acusado ante el
Tribunal hubiese estado en situación de actuar de otro modo, esto es, de acuerdo
con las exigencias del orden jurídico. Pero no cabe dar a esta cuestión una
respuesta racional, pues presupondría que puede demostrarse la existencia de
libertad de voluntad para un individuo determinado y en un hecho concreto. Para
que tenga sentido la pregunta, sólo puede plantearse en el sentido de si ‘otro’
en la situación del autor hubiera podido, según nuestra experiencia, resistir a
la tentación de cometer el hecho”. “El baremos del juicio de culpabilidad lo ha
de ofrecer, según lo anterior, un poder medio… El poder general no debe,
evidentemente, entenderse en el sentido de un promedio estadístico, sino como el
poder que en circunstancias normales se espera por la comunidad jurídica. Así,
el juez debe, pues, preguntar si ‘se’ hubiera podido actuar de otro modo en las
circunstancias concretas”. “El hecho de que se deduzcan de las cualidades
morales de ‘otro’ las posibilidades de que disponía el autor en el momento del
hecho, no puede reputarse injusto, puesto que la responsabilidad del hombre
adulto y psíquicamente sano constituye un presupuesto imprescindible de todo
orden social basado en la libertad” (Jeschek).

II. CONSTITUCION POLITICA Y DERECHO PENAL

Partimos del supuesto que el legislador penal debe basar y
erigir el Derecho Penal sobre el marco político-social y jurídico que, de manera
expresa, una sociedad ha formulado como su ley suprema de vida. Toda
Constitución implica una toma de decisión trascendente acerca del ciudadano y de
sus derechos o garantías fundamentales, así como del Estado y su poder
configurador de la vida social y de los mecanismos de control y de seguridad en
la actividad de uno u otro. En toda Constitución es posible encontrar un
reconocimiento a ciertas ideas, principios o valores, los que rigen e inspiran
la formulación, interpretación o aplicación del Derecho positivo.

En este contexto, no es posible negar u olvidar que todas las
cartas fundamentales en el ámbito iberoamericano, europeo o pertenecientes al
mundo anglosajón, de manera explícita han dejado constancia, al igual que las
principales declaraciones internacionales sobre Derechos Humanos, que la
concepción que del hombre asumen es la de una persona libre y digna.
Es esta
concepción antropológica, y no otra, la razón en cuya virtud las declaraciones
internacionales o cartas fundamentales de diversos países se preocupan de
explicitar aquel conjunto de garantías, derechos o ‘libertades’ inherentes a la
persona del ciudadano. Como ejemplo de lo anterior, basta citar algunos trozos
de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948): de su Preámbulo…
“Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base
el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e
inalienables de todos los miembros de la familia humana”… “Considerando que una
concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para
el pleno cumplimiento de dicho compromiso”… “La Asamblea General proclama la
presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que
todos los pueblos y naciones deben esforzarse…”

Art. 1º: “Todos los seres humanos nacen libres e
iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia,
deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.

Art. 22: “Toda persona, como miembro de la sociedad,
tiene derecho a la seguridad social… indispensable a su dignidad y al libre
desarrollo de su personalidad”.

Más aún, la libertad para autodeterminarse, Naciones Unidas
se la ha reconocido no sólo a los individuos, sino también a los pueblos:
“Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación: en virtud de este
derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su
desarrollo económico, social y cultural”
(punto 2 de la Declaración sobre la
Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales, 1960)

Por otro lado, si examinamos algunas Constituciones
Políticas, podemos constatar:

Art. 9.2: “Corresponde a los poderes públicos promover
las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos
en que se integran sean reales y efectivas…”

Art. 10.2: “Las normas relativas a los derechos
fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán
de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos…”

Art. 17.1: “Toda persona tiene derecho a la libertad y
a la dignidad”.

Establecido que la concepción antropológica del hombre en
cuanto ser libre y digno y con derecho al libre desarrollo de su personalidad se
encuentra consagrada en la mayor parte de las Constituciones, queda por decidir
si ello no es sino una simple “declaración romántica”, sin peso o trascendencia
para el legislador, o bien, si dicha concepción es un “presupuesto normativo
constitucional” y portador de una visión existencial cuyo valor es obligatorio
para el Estado, so pena de incurrir en una inconstitucionalidad si el legislador
penal la omite u olvida. Por otro lado, ningún cientista político o
constitucionalista pone en duda el valor de la dignidad del ser humano. Cabe
preguntarse, ¿es posible concebir la dignidad de la persona sin reclamar para
ello de su libertad para autodeterminarse?
Somos de opinión que, hoy en día,
la totalidad de los partidarios de un Derecho Penal preventivo considera que la
dignidad del ser humano requiere o exige el respeto a su vida y a su libertad
para autorrealizarse como tal. En consecuencia, es el propio marco
jurídico-constitucional el que ha establecido el libre albedrío en el sentido de
autodeterminación como fundamento material de la culpabilidad, razón por la cual
el legislador penal no podría omitirlo o cambiarlo. Aquí cobra pleno sentido y
vigencia lo afirmado por Gimbernat, siguiendo a Engisch, cuando dice: “La
dogmática ‘nos debe enseñar lo que es debido en base al Derecho’, debe averiguar
qué es lo que dice el Derecho” y para ello (agregamos nosotros) se debe comenzar
por reconocer la concepción antropológica que del hombre ha consagrado la
Constitución Política en cada Estado.

Desde otra perspectiva, y complementaria de lo anterior,
podemos advertir lo siguiente. El Derecho es producto y parte de la cultura de
un pueblo. Ahora bien, si aceptamos que ello es así, cabe preguntarse si el
hombre de la calle ¿se identificará más con un Derecho Penal preventivo o con un
Derecho Penal retributivo? Tenemos la sensación y convicción que la ciudadanía
ante la pregunta de por qué un homicida, un violador o un ladrón deben recibir
determinada sanción, su respuesta será: porque dichas personas hicieron algo
injusto: se mató o se forzó sexualmente a alguien; o bien, se apropió
ilegalmente de algo ajeno. Es decir, para la opinión pública constituye una
convicción y sentir social que la pena es un mal que los infractores de la ley
deben soportar por lo que hicieron y que la sanción impuesta es un castigo que
la sociedad les aplica por ello (pensamiento retributivo). Encontrar ciudadanos
que prescindan de la idea retributiva que acompaña a la sanción penal y que su
reflexión gire, única y exclusivamente, sobre la necesidad y/o utilidad de
prevención general y/o especial, salvo que se trate de estudiantes de Derecho o
abogados conocedores y partidarios del Derecho Penal preventivo, de llegar a
existir un porcentaje que se sienta interpretado por esta concepción será, en
todo caso, muy reducido. Otra cosa muy distinta sería constatar un sector de la
ciudadanía que, sobre la base de un Derecho Penal retributivo, esté dispuesto a
aceptar como criterios complementarios las ideas que encierra la concepción
preventiva. En otras palabras, la generalidad de los ciudadanos frente a la
pregunta: ¿por qué se sanciona? Su respuesta es: para castigar a quien ha
perpetrado un hecho delictivo; en cambio, si la pregunta es: ¿para qué se
sanciona? Su respuesta puede girar sobre consideraciones de prevención general o
especial.

III. LA CAPACIDAD DE ACTUAR DE OTRA MANERA EN

LA TEORIA DEL DELITO

Los partidarios de excluir la capacidad de actuar de otra
manera como fundamento material de la culpabilidad, al parecer, creen que con
ello la dificultad (o imposibilidad) denunciada desaparece de la teoría del
delito. Empero, nos parece muy discutible aquella apreciación si se consideran
ciertos elementos o criterios comúnmente aceptados en la estructura del delito y
que suponen el reconocimiento de la libertad de voluntad, tales como:

1º La incapacidad de culpabilidad establecida sobre la
base de un método mixto (psiquiátrico y psicológico-jurídico) (v. gr., C.P.
alemán & 20; o el C.P. español Art. 20 Nº 1,2 y 3; C.P. Federal mexicano, Art.
15 Nº VII o C.P. del Estado de Guerrero, Art. 22 Nº IX)). En este tipo de
legislaciones penales, hay un reconocimiento explícito a una incapacidad para
actuar conforme a sentido y valor, lo cual sólo se puede fundamentar y explicar
sobre la base de una cierta libertad de voluntad. En efecto, lo anterior obliga
al tribunal que está juzgando a una persona que aparece como inimputable, a
investigar si la perturbación o enfermedad psíquica que padecía al momento de
perpetrar el hecho delictivo era de tal entidad, que le incapacitó para actuar
conforme a Derecho, bien sea por defecto intelectual-valorativo para alcanzar la
conciencia acerca de lo injusto del hecho, bien por defecto volitivo para
autodeterminarse conforme a Derecho.

2º La evitabilidad o inevitabilidad del error de tipo o de
prohibición.
Si el tratamiento de un error de tipo o de prohibición depende
de si es calificable de evitable (vencible) o inevitable (invencible), dicho
criterio supone en su base la capacidad del autor para haber podido actuar de
otra manera a como lo hizo (error evitable), la que, de estar ausente conducirá,
necesariamente, a calificar el error de inevitable o invencible.

En relación al error de prohibición, Gimbernat, siguiendo a
Horn, cree que no se debe confundir entre libertad (la que conceptualiza
correctamente como: “posibilidad de elegir entre realizar o no la conducta a que
impulsa una determinada motivación”) y capacidad de ser motivado, y considera
que la clave que decide si el error era o no invencible es la de la posibilidad
de motivación”. A nuestro juicio, toda “posibilidad de motivación” supone,
necesariamente, “posibilidad de actuación de otra manera”.
Quien cuenta con
la posibilidad de ser motivado por la norma, tiene la posibilidad de seguirla (o
no seguirla); de lo contrario, ¿de qué clase de posibilidad estamos hablando?
¿Hablamos realmente de “posibilidad” o más bien de “fatalidad”? Todo motivo
humano de carácter ético, religioso, afectivo, económico, intelectual, artístico
o penal (como el que subyace en la norma orientada a la evitación de conductas
delictivas) sólo supone una razón con determinada fuerza y sentido de dirección
que surge en un momento dado en la vida del actor y que entra, necesariamente, a
competir con otros motivos. Desde una perspectiva psicológica de un hombre común
y corriente y en un contexto situacional no-excepcional, lo que no es posible
sostener es que los motivos cuando emergen en su vida, de inmediato e
ineludiblemente, se posesionan de éste y le encadenan a él, transformándole en
un mero objeto, como si se tratara de un caso de ‘vis absoluta’. Los motivos,
al igual que los estímulos, llaman la atención del individuo en una u otra
dirección, aunque, en definitiva, será el sujeto quien, sobre la base de una
determinada ponderación (correcta o incorrecta), opte o decida en uno u otro
sentido y actúe.
Afirmar que la norma penal, con su advertencia amenazante
para quien se atreva a infringirla, es uno de los muchos estímulos que pueden
influir en un sujeto para que éste resuelva actuar en una u otra forma, es algo
perfectamente correcto. Sostener, en cambio, que por colocar el foco de atención
sobre la existencia y eventual influencia de los motivos, se puede escamotear el
problema de la libertad de autodeterminación del ser humano, es un error que
puede terminar engañándonos a nosotros mismos.

3º El contexto situacional normal o excepcional. Si
examinamos este factor vinculado a la culpabilidad, podemos apreciar que para la
doctrina, de manera unánime, sea acudiendo a un criterio generalizador (la
mayoría), bien sea sobre la base de un criterio individualizador (la minoría),
reconoce la existencia de situaciones, que por su carácter excepcional o
anormal, pueden configurar, en beneficio de su protagonista, una causal de
exculpación toda vez que la sociedad, en dichas hipótesis, no tendrían derecho
para exigirle que ajustara su comportamiento a las normas ya que, por lo anormal
de las circunstancias concomitantes, la sociedad y su ordenamiento jurídico no
puede demandarle aquello.

4º En el delito imprudente. La doctrina dominante y
partidaria de un Derecho Penal preventivo, reconoce que es necesario para su
configuración considerar el “poder sujetivo del autor” para ajustarse a la norma
de cuidado. Así, para la mayoría de la doctrina, si el hecho es objetivamente
adecuado al “poder medio”, deberá eximirse de pena al autor, aunque
“personalmente” pudiese haber actuado con mayor prudencia (Jeschek). Un sector,
sin embargo, cree que lo anterior es insatisfactorio, ya que la “norma de
cuidado debe llegar hasta el efectivo poder personal del autor. Quien podía
haber actuado con mayor prudencia que el hombre medio y con ello evitar el
resultado, debió hacerlo, y si no lo hizo actuó antijurídicamente. Por el
contrario, quien no pudo comportarse con toda la prudencia que hubiese podido
desplegar el hombre medio, no actuó ni siquiera antijurídicamente”
(Stratenwerh). Además agrega Jakobs, “la norma es un imperativo dirigido a cada
uno de los destinatarios, por lo que su límite se encuentra en el poder de
cumplimiento del sujeto; por lo tanto, la norma de cuidado no puede ir más allá
del poder del sujeto”. “Lo decisivo ha de ser, pues, la posibilidad de emplear
voluntariamente las facultades personales por parte del sujeto. Si pudiendo
utilizarlas cuando fuera necesario el agente no lo hizo, el mismo no aplicó el
cuidado debido desde el prisma de un observador objetivo –que es lo que importa
en el injusto-, puesto que, conociendo la posibilidad de utilizar unas
facultades excepcionales, consideraría obligado su empleo para evitar la lesión
del bien jurídico. En tal caso la conducta sería antijurídica, prohibida por la
norma de cuidado. Por lo que respecta al poder excepcional no disponible a
voluntad, la norma de cuidado no puede motivar a utilizarlo” (Mir Puig).

A nuestro entender, quines acuden como fundamento de un hecho
injusto imprudente al poder personal del autor, en la medida en que dicha
capacidad puede ser ejercitada a voluntad, no están haciendo otra cosa que
reconocer que el fundamento para la punibilidad de un delito imprudente es la
capacidad del actor de haber podido obrar de otra manera (diligentemente) y,
porque ello no ocurrió, ha incurrido en una conducta imprudente; en caso
contrario, es decir, cuando el sujeto en el caso concreto en que se encontraba,
no podía haber actuado de manera distinta a como lo hizo, no existiría
imprudencia y el hecho sería calificable de caso fortuito.

5º En el delito omisivo. La doctrina considera, de
forma unánime que la capacidad del actor de haber podido realizar la acción
omitida es un factor constitutivo e ineludible de esta clase de delito. “La
capacidad de acción exigida debe concurrir en el concreto autor (poder
personal), no bastando el que otro pudiera actuar según el mandato normativo”.
“… como en la teoría de la adecuación, sólo el juicio de un espectador medio
situado en el momento de la acción, aunque a la vista de las concretas
circunstancias objetivas y subjetivas del autor puede decidir si éste podía o no
realizar la acción determinada” (Mir Puig). Tratándose de un delito de comisión
por omisión a la ausencia de una acción debida, se agrega la capacidad del autor
de haber podido evitar el resultado. También aquí, a nuestro entender, la
exigencia en el autor de una cierta capacidad para haber podido ejecutar la
acción legal debida y, en el caso de un delito de comisión por omisión, de haber
podido evitar la producción de un resultado, descansa en el reconocimiento en el
actor de una capacidad de haber podido actuar de otra manera y, porque no obró
de conformidad a las expectativas legales, debe asumir su responsabilidad
omisiva.

6º El dolo como expresión de voluntad. El delito doloso
supone desde su origen la existencia de una decisión voluntaria del autor para
poner en peligro o dañar un bien jurídico determinado. No es posible concebir un
comportamiento doloso sin reconocer que ello no es sino expresión de la facultad
que todos los seres humanos poseen para decidirse a actuar o no, para dirigirse
en uno u otro sentido, para desenvolverse en el mundo de relación con o sin
quebranto de las normas, principios o valores existentes en la sociedad.

7º El concepto de acción en Derecho Penal y la función de
la norma penal en un Estado Social y democrático de Derecho.
Para los
partidarios de un Derecho Penal preventivo, el concepto de acción y la función
de la norma penal se encuentran de tal manera unidos que, en un Estado social y
democrático de Derecho, sólo puede ser considerado un comportamiento humano
jurídico-penalmente relevante en la medida que éste tenga existencia en la
realidad externa y que sea final. Las normas penales pretenden motivar a los
ciudadanos conforme a determinado sentido y valor social y, de esta forma,
tratar de evitar que sus destinatarios lleven a cabo comportamientos
indeseables, disvaliosos y, por ello, considerados delictivos. “Las normas
penales no tienen entonces sentido en orden a evitar comportamientos que no
pueden ser evitados mediante su motivación normativa. Pues bien: éste es el caso
de los hechos que el hombre no conduce finalmente, aquéllos cuya realización no
obedece al control final de su voluntad y, por tanto, no podría su autor decidir
dejar de realizar por influjo de una norma que se los prohibiera. La motivación
de la norma se dirige a la voluntad (finalidad) de su destinatario, para que
omita por obra de dicha voluntad determinadas conductas, y el sujeto no
podría omitir voluntariamente (finalmente) los comportamientos no guiados por su
voluntad (finales)” (Mir Puig).

IV. LA DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD

DE OBRAR DE OTRA MANERA

La capacidad de obrar de otra manera es, sin duda alguna,
parte integrante y esencial de la concepción antropológica asumida por la mayor
parte de la comunidad jurídica internacional de manera expresa y directa y,
además, de la estructura penal del hecho delictivo. Situado dicho reconocimiento
en el campo del Derecho Penal es posible sostener:

La ley penal, consecuente con el reconocimiento
expreso que el constituyente ha hecho de aquella facultad, presume
iuris tantum que los ciudadanos son seres libres y, en su
proceso de autorrealización, tienen la posibilidad para
autodeterminarse conforme o contra el Derecho.

De conformidad al principio de culpabilidad por
el hecho y sobre la base de la presunción antes señalada, quien
comete un hecho delictivo se le supone capaz de culpabilidad a no
ser que se demuestre lo contrario.

Si se alega una causal de exculpación, v. gr.,
inimputabilidad, el tribunal debe investigar la verdad o falsedad de
ello. Esta indagación no puede ser realizada en un marco de
investigación y con la metodología y exactitud de una ciencia
exacta, ya que el problema no es de tal índole; es un problema de
carácter jurídico-penal; por lo tanto, la respuesta debe ser de
igual índole. No cabe duda que el libre albedrío es un problema
filosófico, antropológico y que se puede proyectar a diversas
ciencias empíricas. No obstante, en el campo del Derecho Penal dicho
problema asume un carácter normativo. Además, no hay que olvidar la
existencia de un Derecho Procesal Penal que establece la forma cómo
se ha de investigar, el tipo o clase de pruebas factibles de
establecer (entre ellas, las presunciones legales o judiciales) y su
valor probatorio.

En este contexto, a nuestro juicio, si queremos ser
consecuentes con el principio de culpabilidad por el hecho y sostener que la
culpabilidad es un juicio de reproche a la “persona del actor” por el hecho
antijurídico perpetrado, es ineludible acudir a un criterio individualizador
(criterio personal-objetivo) para dirimir las situaciones discutibles. A nuestro
entender, quedarse con un criterio generalizador (hombre-medio en la situación
del actor) no es un patrón que permita formular un juicio de reproche
“eminentemente” personal; sólo un criterio individualizador puede fundar ello.
Para esto, de lo que se trata es de elaborar un perfil de la persona del
enjuiciado sobre la base de sus cualidades o potencialidades (lo que él es), así
como de sus debilidades o limitaciones (lo que él no es) y, sobre dicho perfil,
decidir si él podía razonablemente (no otro), en el caso concreto en que se
encontraba, haber actuado de otra manera. Que esta estimación y decisión no
pueda estar revestida de la certeza o seguridad plena, es algo que no nos puede
extrañar. ¿Podemos sostener que en todas las decisiones axiológicas que
adoptamos día a día, lo hacemos con la total y absoluta convicción que lo que
hemos decidido es lo correcto? Así, por ejemplo, cuando un profesor de Derecho
aprueba o reprueba a un estudiante de Derecho en un examen final, y después de
haberlo interrogado personalmente por espacio de veinte minutos, ¿se queda
siempre con la completa seguridad que la aprobación o reprobación era lo justo?
Lo que necesita un tribunal para acoger o desechar una causal de exculpación
por, v. gr., inimputabilidad, es disponer de información seria y objetiva sobre
la persona del sujeto, de sus capacidades y limitaciones, y, sobre dicha base,
decidir fundada y razonablemente si éste podía o no haber actuado de otra manera
a como lo hizo en la situación concreta en que se encontraba.

V. ¿QUE DEJA EN PIE EL ORDENAMIENTO JURÍDICO POSITIVO

DE LA LIBERTAD DE VOLUNTAD COMO FUNDAMENTO

MATERIAL DE LA CULPABILIDAD?

A la luz de las consideraciones formuladas en nuestro
trabajo, podemos concluir que:

La Constitución Política en el mundo
europeo-continental e iberoamericano consagra de lege lata,
de manera expresa y directa, la concepción antropológica del hombre
en cuanto ser libre y digno y, consecuente con ello, le reconoce su
capacidad para autodeterminarse libremente a favor o en contra del
Derecho. Dicha concepción antropológica constituye un “presupuesto
normativo constitucional” que, ineludiblemente, debe respetar el
legislador penal en su actividad de creación de tipos penales, o
bien, la autoridad judicial en la de investigación de las categorías
que conforman un hecho delictivo al establecer a excluir la
responsabilidad criminal de un sujeto.

La doctrina y jurisprudencia en el Derecho Penal
europeo-continental e iberoamericano en el desarrollo de la teoría
del delito ha trabajado, y continúa haciéndolo, con el supuesto
normativo de la capacidad del hombre para actuar de otra manera, no
sólo en el ámbito de la culpabilidad, sino en las diversas
categorías que estructuran la conducta delictiva.

Las consideraciones preventivas en el Derecho
Penal son, sin duda, variables funcionales y utilitarias que se nos
presentan como factores razonables que, sobre la base de la
culpabilidad, pueden complementar la decisión político-criminal o
judicial al establecer la naturaleza, modalidad o magnitud de la
sanción penal; pero, en modo alguno, pueden erigirse como su
fundamento valorativo de legitimación para su imposición, lo cual
está reservado, única y exclusivamente, a la culpabilidad del autor
por su hecho antijurídico.

SATISFACCION LABORAL, CLIMA EMOCIONAL, BURNOUT Y RELACIONES FAMILIARES EN EMPLEADOS DE PRISIONES: UN ESTUDIO EXPLORATORIO

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Wednesday 1 September 2010 4:26 am

SATISFACCION LABORAL, CLIMA EMOCIONAL, BURNOUT Y RELACIONES FAMILIARES EN EMPLEADOS DE PRISIONES: UN ESTUDIO EXPLORATORIO


JOSE IGNACIO RUIZ

Resumen

El trabajo en prisión se asocia con niveles
de burnout y con tasas de conflictos de pareja y divorcio más
elevadas que en otras profesiones, pero se conoce menos acerca
de las relaciones entre clima familiar y la satisfacción y el
estrés laborales, ya que ambas esferas –la familiar y la
laboral- pueden, a priori, influenciarse mutuamente. En este
trabajo se analizó las relaciones entre la satisfacción laboral,
el clima emocional, el burnout y las relaciones familiares en
una muestra de empleados de vigilancia y administrativos de un
establecimiento carcelario de Bogotá. Se encontró relaciones
tanto directas como indirectas entre la satisfacción laboral y
las relaciones de pareja, con el papel mediador del clima
emocional laboral y el sentimiento de logro en el trabajo. Mayor
tiempo libre el fin de semana se asoció con un mejor clima
familiar y un mayor sentimiento de logro en el trabajo. Las
mujeres mostraron niveles más bajos de despersonalización, pero
una percepción más negativa del clima y menos tiempo libre que
los hombres.
Palabras clave: satisfacción laboral,
clima emocional, burnout, clima familiar, apoyo social.


Introducción

El burnout ha sido definido como una forma de estrés laboral,
aunque aun no está claramente delimitada su diferencia con el estrés (García
Izquierdo, 1995). Para Selye (1993, en García-Villamisar y Muela, 2000) el
estrés consiste en el resultado no específico de cualquier demanda excesiva
sobre el cuerpo, que tiene un resultado físico y mental. Por su parte, el
burnout
se define y caracteriza por un conjunto de reacciones psicológicas
específicas -que son de uno u otro tipo según cada modelo – a una serie de
estresores laborales crónicos (Maslach, 1976; Maslach y Jackson, 1981; Maslach,
Schaufeli y Leiter, 2001) propios de organizaciones de servicios humanos, aunque
también puede darse este síndrome en profesiones no caracterizadas por un
contacto frecuente con el público (Taris, Schreur y Schaufeli, 1999). Con
relación al tema de este trabajo, diversos estudios muestran que los niveles de
burnout son mayores en profesiones como el trabajo policial o en prisiones que
en poblaciones generales (Tartaglini y Safran, 1997; Borritz, Rugulies, Bjorner,
Villadsen, Mikkelsen, Kristensen, 2006). Estos últimos autores encontraron en un
estudio con muestras de empleados de servicios sociales, hospitales, servicios
domiciliarios, instituciones para minusválidos severos y de prisiones
psiquiátricas, que éstos últimos, es decir, los empleados de las prisiones
mostraban los niveles más alto de burnout relacionado con los clientes.

La satisfacción laboral, el burnout y el clima organizacional
son dimensiones muy relacionadas entre sí, en el ámbito de las organizaciones.
Así, aunque Silva (1992) diferencia la satisfacción laboral respecto al clima
organizacional, pero Peiró (2000) indica que son constructos relacionados, ya
que niveles compartidos de burnout o satisfacción laboral contribuyen a la
conformación del clima organizacional. En este sentido, los niveles de burnout
se relacionan con la satisfacción laboral (Whitehead & Lindsquit, 1986; Borritz
y cols., 2006). En una investigación con funcionarios de prisiones, el nivel de
burnout, de satisfacción laboral y la percepción del clima emocional se
relacionaron coherentemente, esto es, a mayor satisfacción laboral menor nivel
de burnout y mejor percepción del clima, y un nivel mayor de burnout se asoció
con una percepción más negativa del clima organizacional (Ruiz y Páez, 2001).

Triplett, Mullings, & Scarborough (1996) y Triplett, Mullings
y Scarborough (1999), en la revisión que hacen sobre estudios de estrés en
personal de correccionales, mencionan el conflicto de rol y la ambigüedad de
rol, las políticas y prácticas institucionales, las relaciones entre
profesionales y no profesionales y la alienación constante resultante del
aislamiento de internos, compañeros y supervisores. Estas autoras estudian
fuentes de estrés organizacional y de tarea y el coping con sus
relaciones con una medida bi-ítem de estrés en una muestra de 254 funcionarios
de vigilancia. Los resultados de un análisis de regresión indicaron que el nivel
de estrés percibido en el trabajo se asociaba a un contacto más frecuente con
internos, más sobrecarga cualitativa, menos salario, más preocupación por la
seguridad y por desarrollar una carrera profesional en la institución laboral,
más cambios dentro de la tarea, menos apoyo social y, como coping, menos
comparaciones positivas con otros empleos. Las consecuencias de niveles altos de
burnout son serias, ya que en profesionales como el trabajo policial,
caracterizadas por un mayor riesgo de padecer burnout, se han reportado también
mayores tasas de suicidio, alcoholismo y divorcio en policías que en otras
profesiones (Storch y Panzarella, 1996; Clemente y Núñez, 1997; Jackson y
Maslach, 1982; Tartaglini & Safran, 1997).

Con respecto a los conflictos familiares, Jackson y Maslach
(1982) estudiaron la relación entre estrés laboral y tensión familiar en una
muestra de 142 parejas, con uno de los miembros trabajando como policía. Las
autoras señalan como el agotamiento emocional conduce a una menor satisfacción
laboral, y puede contribuir a la mayor tasa de rupturas familiares, absentismo y
cambio de trabajo que se da entre los policías. Según estas autoras, cuando el
estrés laboral afecta a la vida familiar, el trabajador puede recurrir a dejar
el trabajo en la oficina, lo cual a veces no se consigue, o a abandonar el
trabajo o relegar las cuestiones familiares a un segundo lugar, priorizando el
trabajo. Estresores como la extensión e irregularidad de los horarios, el estar
pendientes de ser llamados en cualquier momento, la preocupación por la
seguridad, o el rechazo de la comunidad, pueden ser los responsables de estas
tensiones familiares. En su estudio, estas autoras encontraron que las parejas
presentaban un nivel medio a moderado de agotamiento emocional, moderado en
despersonalización y moderado a fuerte en bajos sentimientos de logro personal.
En los policías, el agotamiento emocional se asoció directamente a las
puntuaciones en indicadores de síntomas psicológicos y físicos, y se encontró
que un mayor agotamiento emocional (en frecuencia e intensidad) del policía se
asociaba a más quejas del cónyuge sobre el comportamiento del policía con su
familia, a una mayor percepción de que el policía llegaba a casa agotado
físicamente y enfadado, tenso o ansioso, a una mayor dificultad percibida en el
policía para dormir bien, y a un menor acuerdo del cónyuge con que el trabajo
del policía era fuente de orgullo y prestigio para la familia.

En otro estudio (Tartaglini & Safran, 1997), se encontró en
una muestra de más de 1000 funcionarios de prisiones, que la presencia de
trastornos mentales de los ejes I y II del DSM-III-R era menor que en una
muestra de la población general, pero los problemas familiares, de pareja o
vitales, y los desórdenes de ajuste y de humor eran más frecuentes y tendían a
tener estabilidad a lo largo del tiempo.

La cuestión del conflicto en el trabajo y en el hogar puede
tener dos vías de análisis según Triplett y cols (1999): el desplazamiento del
estrés del trabajo al hogar, y la acumulación de roles de la vida laboral y
familiar, que pueden ser incompatibles, especialmente para la mujer ama de casa
y empleada fuera del hogar al mismo tiempo, ya que las tareas de la casa suelen
ser instrumentales, altamente frustrantes y de bajo prestigio y reconocimiento.
Por otra parte, de acuerdo a estas autoras, la acumulación de roles también
tiene consecuencias positivas, como la acumulación de logros, más frecuencia de
sentimientos de comunidad y apego, más oportunidades de gratificación o más
acumulación de identidades. Las autoras, a partir de una muestra de 202
empleados de una prisión de nivel medio de seguridad, de EEUU, encontraron que
en los hombres, un mayor estrés laboral se asociaba a más antigüedad laboral,
más sobrecarga cuantitativa del trabajo y más peligrosidad percibida, y en las
mujeres a más conflicto casa-trabajo, más contacto con los internos y más
peligrosidad percibida, teniendo en cuenta que las medias en conflicto
casa-trabajo eran similares para ambos sexos. Un análisis de regresión entre
identidad de género (a mayor puntuación identidad más tradicional en los roles
de hombre y mujer) y nivel de estrés laboral fue significativa (B:19, t=2.69, p
<.05).

El objetivo general de este trabajo fue conocer la percepción
general que los empleados administrativos y de seguridad de la Cárcel Distrital
de Bogota tienen de su trabajo y la forma en que éste se relaciona y/o influye
en sus relaciones familiares. En la esfera laboral se midió el clima emocional
del establecimiento, los niveles de satisfacción laboral (general, tarea, con
compañeros, con superiores, con el puesto de trabajo y con las políticas de
ascensos y sueldos) y el nivel de burnout, fundamentalmente. En la esfera
personal se tuvo en cuenta el uso del tiempo libre y las relaciones familiares
(relaciones con la pareja y con los hijos , y clima familiar general)

Método

El presente estudio es de carácter exploratorio,
correlacional y transversal, ya que se realiza una aproximación al estudio de
las relaciones entre una serie de variables en una sola medición y sin manipular
experimentalmente ninguna de ellas.

Participantes

Participaron 74 sujetos, 60 Guardianes y 14 administrativos
de la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres, en la ciudad de Bogota.

Instrumento

Se aplicó un cuestionario que incluía las siguientes pruebas:
Escala de Hábitos de Tiempo Libre, Escala de Salud General GHQ-12, Escala de
Apoyo Social Subjetivo, Escala de Clima Emocional, Lista de Sucesos Traumáticos
(difíciles), Inventario de Burnout de Maslach (MBI), Indice Descriptivo del
Trabajo, Escala de Percepción de la Delincuencia, Cuestionario sobre el
Funcionamiento de la familia, además de preguntas sobre aspectos
sociodemográficos y de experiencia laboral.

La Escala de Hábitos de Tiempo libre tiene preguntas como
horas de tiempo libre disponibles entre semana y durante el fin de semana,
cuantas de estas horas pasa con la familia y actividades que realiza en su
tiempo libre.

El GHQ-12 está conformado originalmente por 12 ítems, sin
embargo para efectos de este estudio fueron presentados 11 ítems, la escala
tiene formato likert e indaga en aspectos que tienen que ver con cómo se han
sentido los sujetos en las 4 semanas anteriores a la aplicación del instrumento,
contempla aspectos como confianza en si mismo, toma de decisiones, perdida de
sueño y capacidad de concentración. En una investigación con vigilantes de
prisiones de Bogotá (Ruiz y Páez, 2001), el índice de fiabilidad interna de la
escala fue α=.81.

La Escala de Apoyo Social subjetivo de Vaux, indaga en que
medida los sujetos están satisfechos con el apoyo que sienten recibir por parte
de sus amigos y familiares, tiene formato likert y esta compuesta de nueve ítems
que contemplan aspectos como sentirse integrado a un grupo, confianza en los
amigos, respeto por parte de los amigos y unión con estos mismos. El α de la
escala =.78 (Ruiz y Páez, 2001)

La Escala de Clima Emocional para entornos penitenciarios,
que mide el estado de ánimo colectivo que predomina en la institución. También
tiene formato tipo likert e indaga en aspectos como en que medida sienten
emociones como tristeza, enfado, miedo, tranquilidad, alegría y esperanza, entre
otras (en Ruiz y Páez, op.cit, α=.83.

La Lista de Sucesos Traumáticos o difíciles que se compone de
21 ítems presentados con formato de respuesta dicotómica (si/no), que se
refieren a síntomas asociados a estrés postraumático según la descripción del
DSM-IV, y que hayan ocurrido en el lapso de los últimos 12 meses.

El Inventario de “Burnout” de Maslach y Jackson (1987),
indaga sobre el sentimiento de satisfacción laboral y emocional de los sujetos,
tiene un total de 22 ítems con opciones de respuesta que están entre 1(nunca) y
6(todos los días), y que sugieren la frecuencia con que los sujetos han
experimentado ciertos sentimientos, esta dividido en tres dimensiones
especificas que miden el nivel en que los sujetos tienen sentimientos de
cansancio emocional, despersonalización y realización personal. Los coeficientes
de fiabilidad interna para cada una de las subescala en Ruiz y Páez (op.cit)
fueron α=.84, .51 y .71 respectivamente.

El Indice Descriptivo del Trabajo de Smith, Kendall y Hulin,
indaga sobre algunas características del trabajo y presenta un tipo de opción de
respuesta dicotómico (si/no), esta dividido en seis subescalas que piden a las
personas que seleccionen las características que mejor definan a: la tarea, los
superiores, los compañeros de trabajo, el sueldo, los ascensos y el puesto de
trabajo. Esta escala, y cada una de sus dimensiones han mostrado una fiabilidad
interna alta (α=.91, para la escala total, en Ruiz y Páez, op.cit.).

Las Escalas de Familia comprenden tres subescalas tipo
likert, con cinco opciones de respuesta que van desde nunca hasta casi siempre.
La primera escala tiene cinco ítems que indagan sobre el funcionamiento general
de la familia, como por ejemplo si piden ayuda entre ellos o si se unen para
solucionar los problemas. La segunda escala se compone de cuatro ítems, e indaga
sobre la relación de pareja, por ejemplo, si es fácil que expresen sus
sentimientos o si están satisfechos de la forma en que conversan.

Por último está la información sociodemográfica, que está
compuesta por 21 preguntas e indaga sobre aspectos como la edad, estado civil,
nivel educativo y estrato socioeconómico, entre otros. En cuanto a la
experiencia laboral se formuló preguntas sobre la antigüedad en la institución y
en el cargo, turno de trabajo y duración del mismo, días semanales laborales,
rotación de la tarea y ausencias.

Para el tratamiento y análisis de los datos, se empleó el
paquete estadístico SPSS 10.0 para Windows.

Procedimiento

El procedimiento de aplicación del instrumento fue el
siguiente, para una parte de los sujetos (Compañía A de Guardia y
administrativos) el instrumento fue auto administrado, sin embargo se les
informó que en caso de alguna duda sobre las preguntas, tendrían la oportunidad
de acercarse al área administrativa, donde había una persona encargada de
responder estas dudas.

A los sujetos participantes se les informó también sobre el
carácter académico de este trabajo, donde los resultados obtenidos serian de uso
exclusivo de la Universidad Nacional de Colombia y la Cárcel Distrital. Sin
embargo se aclaró que el fin era desarrollar un estudio que le permitiera a la
institución indagar sobre la percepción que sus empleados tienen con respecto a
su trabajo en la cárcel Distrital. Así mismo, en principio se estableció como
necesario la identificación de los sujetos participantes, sin embargo en el
transcurso de la aplicación esto cambio, permitiéndose a los sujetos mantener
reservada su identidad, ya que algunos de ellos mostraban renuencia a facilitar
sus datos debido a que temían ser señalados o reconvenidos por la información
que suministraban en la encuesta.

Resultados

A continuación se hace un análisis descriptivo de los
resultados obtenidos en la aplicación del instrumento, esto por medio de tablas
donde se especifica la pregunta correspondiente, y se exponen el número de
sujetos que respondieron en cada opción de respuesta, el porcentaje al que
equivalen y, en los casos de algunas escalas especificas, también se incluyen en
la tabla dos datos estadísticos como son la Media y la Desviación estándar, sin
embargo cabe aclarar que en algunos casos, se describen solamente los casos mas
significativos o los que presentan una mayor concentración de población en
determinada opción de respuesta. En seguida, se encuentra el análisis de
correlaciones existentes entre las variables mencionadas en los objetivos de
este trabajo, y por último las conclusiones que fueron extraídas de los
resultados obtenidos en el estudio.

Aspectos sociodemográficos

Como observamos en la Tabla 1, el 67.6% de la población se
encuentra en el rango de edad de 31 a 50 años, la mayoría de la población son
hombres (64) lo que equivale al 88.8% de la muestra, un poco mas de la mitad de
la población encuestada cursaron el bachillerato completo, mientras que un 19.4%
de sujetos e realizaron estudios técnicos y 10 más llevaron a cabo estudios
universitarios.

Dentro de la población encuestada observamos que el 77.7%,
tienen vinculo de pareja legal, y 51.5% de sujetos informaron que sus parejas
habían culminado los estudios de Bachillerato. Un sujeto reportó que su pareja
había realizado otro tipo de estudio, pero no especifica cual. Por último,
también observamos que la mayor parte de los sujetos encuestados informan que
tienen entre 1 y 3 hijos.

Por otro lado, podemos observar que existe un alto porcentaje
de los sujetos encuestados que manifiesta poseer vehiculo propio (no
especificamos si automóvil o motocicleta), a saber un 42.3% de los sujetos, sin
embargo es superior el porcentaje de los que afirman no poseer vehiculo propio,
a saber: 57.5%. En cuanto al tiempo de desplazamiento, encontramos que el 48.6%
de los sujetos se ubica en el grupo que demora un promedio de entre 30 a 45
minutos desplazándose desde su casa al lugar de trabajo, seguido por un grupo de
21 (29.2%) sujetos que tardan entre 45 y 60 minutos en llegar al trabajo, en las
otras opciones el porcentaje es menor al 10%. En seguida, observamos que hay un
80.6% de los encuestados que informan poseer vivienda propia, en comparación con
14 sujetos que reportan no tenerla.

Tabla 1. Características Sociodemográficas de la muestra.

EDAD

GENERO

NIVEL EDUCATIVO PROPIO

N

%

n

%

n

%

20 – 30
años

12

16,90

Hombres

64

88,89

Primaria

5

6,90

31 – 40
años

23

32,39

Mujer

8

11,11


Bachillerato

38

52,80

41 – 50
años

25

35,21

Total

72

100,00

Técnico

14

19,40

51 – 60
años

11

15,49


Universitario

10

13,90

Total

71

100,00

Otro

5

6,90

Total

72

100,00

ESTADO CIVIL

NIVEL EDUCATIVO DE LA PAREJA

# DE HIJOS

N

%

n

%

n

%

Soltero

9

12,50

Primaria

8

11,80

Ninguno

12

16,20

Unión
Libre

14

19,40


Bachillerato

35

51,50

1 hijo

13

17,60

Casado

42

58,30

Técnico

12

17,60

2 hijos

19

25,70


Divorciado

7

9,70


Universitario

12

17,60

3 hijos

18

24,30

Total

72

100,00

Otro

1

1,50

4 hijos

8

10,80

Total

68

100,00

5 hijos

2

2,70

6 o más
hijos

2

2,80

Total

74

100,00

VEHICULO PROPIO

TIEMPO DE DESPLAZAMIENTO

VIVIENDA PROPIA

N

%

n

%

n

%

Si

30

42,30

Menos de
15 minutos

7

9,70

Si

58

80,60

No

41

57,70

15 a 30

4

5,60

No

14

19,40

Total

71

100,00

30 a 45

35

48,60

Total

72

100,00

45 a 60

21

29,20

Mas de 60

5

6,90

Total

72

100,00

DISTANCIA DE CASA A TRABAJO

ESTRATO SOCIOECONOMICO

MIEMBROS FAMILIA QUE APORTAN ECOMICAMENTE

N

%

n

%

n

%

Menos de
15 cuadras

6

8,20

1

4

5,50

1 Persona

18

36,70

16 a 30

2

2,70

2

30

41,10

2
personas

25

51,00

31 a 45

6

8,20

3

31

42,50

3
Personas

6

12,20

Mas de 46

59

80,80

4

7

9,60

Total

49

100,00

Total

73

100,00

5

1

1,40

Total

73

100,00

En la Tabla 1 también se muestra que la mayoría de los
sujetos encuestados, 80.8% informan residir a más de 46 cuadras de la
institución donde laboran Cárcel Distrital. Observamos que la mayoría de la
población tiene localizado su lugar de residencia en los estratos
socioeconómicos 2 y 3, a saber 41.1% y 42.5% respectivamente. En seguida, vemos
que un 36.7% de los sujetos reportan ser los únicos que aportan económicamente
al núcleo familiar, seguidos de un 51% que afirman contar con el aporte
económico de alguien más para solventar los gastos familiares. Por ultimo
encontramos que un 43.1% de la población tiene un ingreso familiar mensual de
aproximadamente dos salarios mínimos, seguidos de un 25% con tres salarios
mínimos, un 16.7% que obtiene cuatro salarios mínimos y por último un 15.3% que
reciben cinco o mas salarios mínimos al mes.

Aspectos laborales

El 33.8% de la población encuestada lleva trabajando en la
institución de 1 a 5 años y el 21.6% llevan entre 17 y 23 años. La mayoría de la
población encuestada pertenece al grupo de Guardianes en la Institución, ellos
representan el 62.2% de la muestra, los demás cargos están distribuidos
uniformemente, con un promedio de 5.6 sujetos en cada cargo. Cabe resaltar que
el número de sujetos encuestados pertenecientes al área administrativa de la
institución es de 14 (Administrativo y Profesional Especializado). Por otro
lado, los otros 14 sujetos pertenecen al área de Seguridad pero tienen rangos
superiores al de Guardián, a saber, 7 tienen el cargo de Cabos, 6 el de
Sargentos y 1 el de Teniente.

Con respecto al tiempo que llevan los sujetos en el
cargo, el 40.8% de los sujetos lleva entre 1 a 5 años en el cargo. En las
opciones 6 a 10, 11 a 16 y 17 a 23 años desempeñando su cargo actual,
encontramos a 32 sujetos correspondientes al 45.1% de la población distribuidos
en las tres opciones teniendo un promedio de 10.6 sujetos en cada una de ellas
(ver tabla 2)..

Tabla 2. Experiencia Laboral

Tiempo trabajando en la institución

Cargo

Tiempo desempeñando su cargo actual

n

%

n

%

n

%

De 1 a 5
años

25

33,80

Guardián

46

62,20

Menos de
1 año

6

8,50

6 a 10

13

17,60

Cabo

7

9,50

1 a 5

29

40,80

11 a 16

12

16,25

Sargento

6

8,10

6 a 10

15

21,10

17 a 23

16

21,60

Teniente

1

1,40

11 a 16

7

9,90

24 o más

8

10,80


Administrativo

10

13,50

17 a 23

10

14,10

Total

74

100,00

Prof.
Especializado

4

5,40

24 o mas

4

5,60

Total

100,00

Total

71

100,00

Horas de trabajo al día

Días de trabajo semanales

Cada cuanto rota de tarea

n

%

n

%

n

%

8 a 11
horas

11

15,30

3 días

4

5,50

Por horas

16

23,90

12 a 23

16

22,20

4

48

65,80

Cada mes

8

11,90

24

45

62,50

5

12

16,40

cada año

1

1,50

Total

72

100,00

6

1

1,40

Por días

28

41,80

7

8

11,00

Nunca

14

20,90

Total

73

100,00

Total

67

100,00

En cuanto a las horas de trabajo encontramos que el
84.7% encontrado en las opciones de respuesta que están entre 12 y 24 horas de
trabajo, corresponde en su gran mayoría al personal de Guardia de la Cárcel
Distrital (81.2% de la muestra total) con una pequeñísima participación de
sujetos del área administrativa (3.14% de ese 84.7%), y el 15.3% restante (11
sujetos) pertenece en su totalidad a la población del área administrativa.

En la siguiente pregunta, sobre los días laborales
semanales,
observamos que el 65.8% de los sujetos encuestados laboran 4 días
a la semana, y un 16.4% laboran 5 días a la semana. En esta pregunta vale la
pena aclarar que los sujetos ubicados entre 3 y 4 días de trabajo corresponde a
la población de Guardianes de la Institución, puesto que ellos laboran cada día
de por medio en la Institución, a saber, un día si y al siguiente no, por tanto
oscilan entre 3 y 4 días laborales a la semana. El personal que labora 5 o 7
días puede ser el personal administrativo y algunos de los rangos más altos
dentro de la Guardia, como son el Capitán, los Sargentos, los Cabos y el
Teniente, aclarando que el personal exclusivamente dedicado a labores de
administración labora 5 días semanales.

Sobre la rotación de la tarea, observamos una cantidad
significativa de respuestas en las opciones rotación de la tarea por días
(41.8%) y 23.9% que rotan de tarea por horas. También observamos que dentro de
la muestra hay sujetos que rotan de tarea cada mes (8 sujetos), y otro 20.9% que
nunca realizan rotación en sus tareas, esta población es probable que sea la
perteneciente al grupo de personal administrativo puesto que ellos tienen unas
ocupaciones muy especificas durante su horario de trabajo. Por último, todos los
sujetos afirmaron laborar con un horario de trabajo mixto (mañana y tarde, y
noche para los guardias).

En cuanto a los hábitos de tiempo libre, los
resultados obtenidos se muestran en la tabla 3. El 52.1% de los sujetos reporta
tener más de 7 horas libres los días entre semana, seguido de un 26.8% que
tienen de 1 a 3 horas libres diarias. La mayoría de los sujetos pasan este
tiempo con su familia (51.5%(, n=35). Sobre las horas libres el fin de semana,
54 sujetos (74%) cuentan con 7 horas o más de tiempo libre los fines de semana y
12 sujetos afirman tener de 4 a 6 horas libres. El 75.7% indica que pasa esas 7
horas de tiempo libre de fin de semana con la familia. En cuanto a las
actividades realizadas en el tiempo libre, destacan las frecuencias de
actividades como ver televisión y dormir, seguidos de opciones como leer,
practicar un deporte y visitar familiares.

Tabla 3. Hábitos de Tiempo Libre

Horas libres los días entre semana

Horas libres entre semana que pasa con su familia

n

%

N

%

Ninguna

5

7,00

Ninguna

3

4,40

1 a 3
horas

19

26,80

1 a 3
horas

18

26,50

4 a 6
horas

10

14,10

4 a 6
horas

12

17,60

7 o mas

37

52,10

7 o mas

35

51,50

Total

71

100,00

Total

68

100,00

Horas libres los fines de semana

Horas libres el fin de semana que pasa con su familia

n

%

N

%

Ninguna

1

1,40

1 a 3
horas

5

7,10

1 a 3
horas

6

8,20

4 a 6
horas

12

17,10

4 a 6
horas

12

16,40

7 o mas

53

75,70

7 o mas

54

74,00

Total

70

100,00

Total

73

100,00

ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE

N

%

Practicar algún deporte

42

56,80

Ver televisión

56

75,70

Leer

44

59,50

Salir a rumbear

11

14,90

Dormir

45

60,80

Desempeñar otro trabajo

13

17,60

Visitar a sus familiares

40

54,10

Visitar a sus amigos/as

11

14,90

Practicar alguna afición especial

18

24,30

Otras

19

25,70

Fiabilidad de los instrumentos

Como se muestra en la tabla 4, la mayoria de las escalas
empleadas en esta investigación alcanzaron unos coeficientes de fiabilidad
interna alta, particularmente las escalas de clima emocional, clima familiar y
varias subescalas de satisfacción laboral. En el MBI se encontró una baja
fiabilidad interna de la dimensión de despersonalización, lo cual concuerda con
otros resultados con muestras similares colombianas (Ruiz y Páez, 2001) como de
otros contextos (Maslach y Jackson, 1986).

Tabla 4. Análisis de fiabilidad de las escalas

Escala

α

n

Número de ítems

Media y DT

GHQ-12

.8065

62

11

19.18 (4.99)

Apoyo social subjetivo

.7295

69

9

30.04 (3.38)

Clima emocional

.8394

67

10

0.86 (0.98)

Burnout

Cansancio Emocional

.7738

71

9

14.56 (9.66)

Despersonalización

.4268

70

5

8.20 (5.45)

Realización Personal

.8889

68

8

32.01 (11.65)

MBI

.7556

64

22

34.75 (16.95)

Satisfacción en
el trabajo
Tarea

.7999

57

24

17.35 (4.00)

Superiores

.8837

61

16

12.23 (4.01)

Compañeros

.8822

55

15

10.93 (3.89)

Sueldo

.7882

64

5

2.97 (1.70)

Ascensos

.7487

68

4

1.04 (1.31)

Puesto de Trabajo

.7332

66

9

6.39 (2.18)

Clima familiar
Familia

.7978

68

5

22.50 (2.30)

Pareja

.8557

69

4

16.71 (3.78)

Actividad Familiar

.7707

70

5

20.50 (3.54)

Eventos traumáticos

En la Tabla 4, correspondiente a la escala de sucesos
difíciles (traumáticos), se puede observar que los sucesos relacionados con
violencia en prisión (muertes violentas, enfrentamientos o peleas, amenazas) son
los de mayor frecuencia experimentados, bien directamente a través de haber
escuchado sobre esos eventos. En un segundo grupo de sucesos, por su frecuencia,
aparecen temas de relaciones familiares o de pareja, además de las experiencias
de robo.

Tabla 4. Lista de Sucesos Traumáticos

Sucesos
Difíciles

n

%

- Ha
sufrido heridas serias, accidentes graves o ha padecido alguna
enfermedad.

17

23,30

- Ha
tenido problemas emocionales con las drogas, el alcohol y el juego.

3

4,10

- Se ha
casado.

15

21,40

- Ha
sufrido la muerte de su pareja, algún familiar o amigo íntimo.

21

28,40

- Ha
tenido problemas con sus amigos o compañeros

18

24,30

- Había
perdido el trabajo o había empezado a trabajar.

0

0

- Ha
tenido problemas con su jefe en el trabajo.

14

18,90

- Ha
habido algún aborto en su familia.

6

8,10

- Se ha
divorciado o separado.

9

12,20

- Se ha
reconciliado con su pareja.

21

30,40

- Algún
miembro de su familia ha sufrido una enfermedad o accidente o herida.

24

32,40

- Ha
habido algún embarazo o nacimiento en la familia.

16

22,20

- Ha
habido discusiones con su familia o con la familia de su pareja.

26

35,60

- Ha
habido familiares que han vuelto o han venido a vivir a su casa.

12

16,20

- Usted u
otras personas cercanas han sido víctimas de robos

28

37,80

- Usted o
personas cercanas a usted han sido víctimas de extorsión.

2

2,70

- Usted
ha vivido o le han contado sobre muertes violentas en prisión.

36

48,60

- Ha
vivido peleas colectivas, motines, enfrentamientos armados en prisión.

51

68,90

- Ha
recibido amenazas.

39

53,40

Relaciones entre Variables

A continuación, se realiza una descripción de las
correlaciones encontradas entre las variables mencionadas en los objetivos de
ésta investigación.

Por un lado (ver tabla 5), se analizó las relaciones entre
las puntuaciones entre las escalas y las variables sociodemográficas,
encontrándose las relaciones siguientes:

Edad: una mayor edad se asoció con un nivel más alto de
burnout (puntaje total de la escala), con menos satisfacción con el sueldo,
pero con más satisfacción con la política de ascensos.

Antigüedad en la institución: a más antigüedad en la
institución, se percibía un mayor clima positivo, pero también se puntuaba
más alto en burnout y menos satisfacción con el sueldo.

Antigüedad en el cargo: se asoció con un menor
sentimiento de logro en el trabajo, con más burnout y con menos satisfacción
con el sueldo.

Sexo: ser mujer se asoció a percibir un menor clima
positivo, un peor clima emocional general y con menos despersonalización.

Nivel educativo: se halló que las personas con un nivel
educativo más alto percibían un peor clima emocional general y un menor
clima positivo.

Estrato socioeconómico: las personas de mayor nivel
socioeconómico mostraron niveles más altos de cansancio emocional (pero no
de MBI total), más satisfacción con los ascensos y más satisfacción general.

Si se observa el valor de la significatividad de las
relaciones entre las variables de la tabla 5 se concluye por un lado el
solapamiento de la edad y la antigüedad en la institución y en el cargo, y por
otro el valor p de las correlaciones significativas, que oscila entre menos de
.05 y más de .01, en el conjunto de las correlaciones.

Tabla 5. Correlaciones de Pearson: el papel de la edad, el
género, la antigüedad en la institución y en el cargo, nivel educativo y
estrato.

Edad

Tiempo en la institución

Tiempo en el cargo

Género

Nivel educativo

Estrato

Clima positivo

0.108

0.270*

0.224+

-0.257*

-0.266*

-0.075

(69)

(72)

(69)

(70)

(70)

(71)

Clima negativo

0.125

0.111

0.080

0.127

0.235+

0.171

(65)

(68)

(65)

(66)

(66)

(67)

Clima emocional

0.024

0.164

0.103

-0.280*

-0.313*

-0.120

(64)

(67)

(64)

(65)

(65)

(66)

Cansancio emocional

0.196

0.089

0.061

0.065

0.225+

0.346*

(68)

(71)

(68)

(69)

(69)

(70)

Despersonalización

,093

0.126

0.025

-0.303*

-0.178

0.061

(68)

(70)

(67)

(69)

(69)

(69)

Realización personal

-0.165

-0.170

-0.278*

-0.227+

-0.027

0.037

(66)

(68)

(65)

(67)

(67)

(67)

MBI

0.292*

0.289*

0.278*

0.079

0.026

0.173

(62)

(64)

(61)

(63)

(63)

(63)

Tarea

-0.045

-0.119

-0.117

0.151

0.134

0.034

(56)

(57)

(54)

(57)

(57)

(57)

Superior

-0.086

-0.100

-0.074

-0.123

0.120

0.080

(60)

(61)

(58)

(61)

(61)

(61)

Compañeros

-0.118

-0.075

0.052

-0.179

-0.102

-0.002

(54)

(55)

(53)

(55)

(55)

(55)

Sueldo

-0.264*

-0.291*

-0.294*

-0.058

0.126

0.073

(63)

(64)

(61)

(63)

(63)

(64)

Ascenso

0.252*

0.129

0.008

0.189

0.236+

0.283*

(68)

(68)

(65)

(68)

(68)

(68)

Puesto

0.063

-0.098

-0.223+

0.006

0.191

0.110

(65)

(66)

(63)

(66)

(66)

(66)

IDT

-0.166

-0.205

-0.138

0.090

0.233+

0.312*

(41)

(41)

(39)

(41)

(41)

(41)

+ p <.10; * p <.05

En segundo lugar, en la tabla 6 se ofrece las correlaciones
de Pearson calculadas entre las principales escalas del instrumento y en la
tabla 7 se muestran las variables que tuvieron alguna correlación significativa
con alguno de los ítems de tiempo libre.

Tabla 7. Variables asociadas con el tiempo libre. Coeficiente
de correlación de Pearson

Horas
libres entre semana
Horas
pasadas con familia
Horas
libres fin de semana
Horas
pasadas en familia
Sexo

-0,469***

(69)

-0,309*

(67)

-0,443***

(71)

-0,192

(68)

Nivel
educativo

-0,342**

(69)

-0,387***

(67)

-0,025

(71)

-0,118

(68)

Estrato

-0,357**

(70)

-0,337**

(67)

-0,274*

(72)

-0,177

(69)

Traumas

0,384**

(59)

0,287*

(57)

0,167

(61)

0,193

(58)


Satisfacción con los ascensos

-0,445***

(65)

-0,384**

(63)

-0,275*

(67)

-0,284*

(64)

Familia

-0,028

(65)

-0,081

(62)

0,364**

(65)

0,055

(62)


Relaciones pareja

0,133

(66)

-0,057

(63)

0,351**

(67)

0,276*

(64)

Actividad
familiar

0,065

(67)

0,004

(64)

0,265*

(68)

0,073

(65)

Clima
familiar

0,029

(63)

-0,082

(60)

0,326**

(69)

0,105

(66)

Cansancio
emocional

-0,244*

(68)

-0,197

(65)

-0,185

(65)

-0,184

(62)


Despersonalización

0,102

(67)

0,013

(65)

-0,040

(70)

-0,073

(67)


Realizarse en el trabajo

0,063

(65)

0,028

(63)

0,251*

(69)

0,049

(66)

Apoyo
social subjetivo

-0,242*

(67)

-0,283

(63)

0,091

(67)

0,137

(64)

+ p <.10; * p <.05; ** p <.01; *** p <.001

En las anteriores tablas, se encuentra como resultados
principales una alta correlación positiva entre la satisfacción con la tarea,
con los compañeros y con los superiores, así como entre las dimensiones del
clima familiar, es decir, a relaciones más positivas con la pareja, mejores
relaciones en la familia y más actividades realizan sus miembros en conjunto.

En cuanto a las relaciones familiares y otras variables, se
halló que unas mejores relaciones con la pareja se asociaron con una mayor
satisfacción laboral, con una mayor sensación de logro en el trabajo, con un
mejor clima emocional laboral, y con más tiempo libre el fin de semana. Disponer
de tiempo de ocio el fin de semana también se asoció con un mayor sentimiento de
logro en el trabajo. Una explicación de ello sería precisamente que lograr
terminar a tiempo las distintas obligaciones o tareas del trabajo permitiría
disponer de tiempo libre el fin de semana. En cambio, ascender en la
organización conllevaría asumir más responsabilidades y tareas, y ello llevaría,
como lo reflejan los datos de este trabajo, a una menos disponibilidad de tiempo
libre entre semana.

Por su lado, la satisfacción en el trabajo se asoció con
menos malestar psicológico, menos traumas, mejor clima emocional, menor
cansancio emocional, mayor sentimiento de logro laboral y mejores relaciones de
pareja.

También es de destacar que puntuaciones altas en el GHQ-12
(malestar psicológico) se asociaron con tanto con un peor clima familiar como
con una mayor insatisfacción en el trabajo. Ello podría interpretarse en el
sentido de que el malestar psicológico puede asociarse tanto con dificultades
laborales como con problemas en las relaciones familiares.

Por otro lado, las mujeres, personas de mayor nivel
educativo, y mayor estrato y con más experiencias de traumas mostraron menor
tiempo libre entre semana. En el caso de las mujeres, es posible que la falta de
tiempo libre se deba a que tienen que cumplir con tareas familiares al acabar su
jornada de trabajo oficial, mientras que los sujetos de estrato más alto suelen
tener mayor nivel educativo y ocupar cargos laborales que con frecuencia exige
una dedicación mayor a las jornadas oficiales. Por último, la relación entre
mayor tiempo libre entre semana y más sucesos traumáticos se debe a que esas
personas tuvieron más experiencias de ser amenazados –r(70)=.507, p <.001-, de
haber visto o escuchado sobre motines –r(71)=.310, p <.01-, o de muertes
violentas en prisión –r(71)=.248, p <.05.

Discusión

Una síntesis de las relaciones halladas entre las variables
abordadas en esta investigación se muestra en la figura 1. En su izquierda están
las dimensiones de la satisfacción laboral, y en la derecha de la figura, las
dimensiones del clima familiar, tal y como se midió en este trabajo. Se puede
apreciar, además, otras variables relacionadas de manera directa o indirecta con
las anteriores.

A la luz de los resultados hallados, se puede concluir que el
ámbito laboral y el familiar de los funcionarios de prisiones están relacionados
tanto directa como indirectamente. Por un lado, las dimensiones de satisfacción
laboral más relacionadas entre sí fueron la satisfacción con la tarea, con los
superiores y con los compañeros. En cuanto a las relaciones familiares, las tres
dimensiones contempladas en este trabajo mostraron una alta correlación entre
si, por lo que las dificultades que surjan en alguno de los componentes de las
relaciones familiares influiría en los demás. Por ejemplo, se encontró que la
satisfacción laboral y el sentimiento de logro en el trabajo se asocian sobre
todo con las relaciones de pareja, mientras que el clima emocional laboral se
asociaría con las actividades realizadas en familia.

Por otro lado, las relaciones entre el ambiente laboral y el
familiar distan de ser sencillas. Por ejemplo, una mayor satisfacción laboral se
asocia directamente con las relaciones de pareja, pero también hay una relación
indirecta, vía el sentimiento de logro en el trabajo. De igual manera, como ya
se indicó, un mejor clima emocional se asocia con más actividades realizadas en
familia, y, mismo tiempo, con una mayor satisfacción laboral, lo que indica un
efecto indirecto del clima emocional sobre el familiar vía la satisfacción
laboral.

Así mismo, las relaciones entre clima emocional, satisfacción
laboral y sentimiento de logro en el trabajo son coherentes y similares a las
halladas en otras investigaciones (Ruiz y Páez, 2001), aunque en este trabajo no
se halló correlaciones significativas entre las dimensiones del burnout que
recoge el MBI (Maslach y Jackson, 1987), lo cual puede deberse al menos
parcialmente a la baja fiabilidad de la subescala de despersonalización. Es
necesario un análisis más profundo acerca de la baja fiabilidad de esta escala,
reportada por otros estudios (Maslach y Jackson, 1987; Ruiz y Páez, 2001).
Quizá, en el trabajo en prisión los entrevistados sesguen sus puntuaciones en
estos ítems por deseabilidad social, ya que indicar o mostrar un trato
inadecuado sobre los internos puede acarrear sanciones disciplinarias.

En este juego de relaciones entre el ámbito laboral y el
familiar, destacan también otras variables de tipo psicosocial. En este sentido,
se confirma en papel del apoyo social de protección frente a eventos traumáticos
y de filtro del impacto psicológico informados en la literatura (Thoits, 1982;
Barrón, 1996). En cuanto al malestar psicológico, aunque puede ser considerado
como variable independiente que influye en el rendimiento laboral o en la
capacidad para hacer frente a las demandas de la vida familiar, se puede
postular a partir de los resultados hallados en este trabajo, que sería una
consecuencia tanto de las dificultades laborales como de las familiares. Con
frecuencia es difícil concluir sobre la relación de causalidad entre variables
psicosociales y de estrés (Kessler, Richard y Camille, 1985), aunque quizá el
efecto del estado de ánimo sobre la conducta puede esperarse en niveles extremos
de malestar psicológico, como en la depresión grave (APA, 1984).

Por último, el tiempo libre durante el fin de semana, que
ofrece más oportunidades que el de entre semana para actividades de ocio, con o
sin la familia, se asocia tanto a un mayor sentimiento de logro en el trabajo,
como con un mejor clima familiar. Por un lado, el disponer de tiempo libre puede
ser un resultado de haber logrado terminar todas las tareas laborales en el
horario de trabajo, pero también es plausible la relación inversa, a saber, que
el disfrutar de tiempo libre, y en familia, provee a las personas –en este
estudio, a los hombres- de nuevas energías y motivación para afrontar
adecuadamente los retos laborales. En este sentido, en otra investigación se
encontró que el tiempo libre el fin de semana se asoció a menos burnout –puntaje
global en el MBI- y, en particular, menos cansancio emocional (Ruiz, 2004).

Figura 1. Relaciones entre variables laborales y familiares,
apoyo social, tiempo libre fin de semana y eventos traumáticos

Nota: los signos “+” y “-” indican la dirección de la
relación entre cada par de variables. El número de signos indican la intensidad
de dicha relación.

Con relación a las variables sociodemográficas, se encontró
una relación directa entre mayor edad y mayor burnout. Este resultado es inverso
al encontrado en otros estudios. Por ejemplo, Hernandez-Martín, Fernández-Calvo
y Ramos (2006), encontraron que los funcionarios de vigilancia más jóvenes
puntuaban más alto en despersonalización, y un resultado similar es comunicado
por Ruiz y Páez (2001). En cambio, mientras Hernandez y colaboradores (2006) no
hallaron diferencias entre sexos, en nuestro estudio se encontró que las mujeres
puntuaban más bajo en despersonalización, lo cual sería debido a que, en la
muestra de este estudio, la mayoría de las mujeres ocupaban cargos
administrativos, alejadas del contacto directo con los internos. Sin embargo,
las mujeres percibían también un peor clima emocional y e indicaron disponer de
menos tiempo libre.

Finalmente, el tamaño de la muestra de este estudio no hace
aconsejable aplicar las técnicas de modelos estructurales, lo cual podría ayudar
a elucidar el papel mutuo de influencia entre el ambiente laboral y el familiar,
además del rol –mediador o moderador- de factores psicosociales como el apoyo
social, los estilos de afrontamiento y variables de personalidad. Otra cuestión
relacionada con la generalización de los resultados concierne a las
características del establecimiento en el que se llevó a cabo este estudio. En
este centro durante muchos años, y en la época del estudio, no hubo
sobrepoblación de internos, el área administrativa está separada fisicamente de
los pabellones de internos por un puente, la población reclusa era en el momento
de la investigación de alta rotación (en torno a tres meses de promedio de
estancia), en prisión preventiva y por delitos en su mayoría de hurto. Además,
las edificaciones eran recientes (dos años desde la construcción) con modernos
sistemas de control de rejas y circuito cerrado de televisión para la
vigilancia. Ello se traduce en una menor exposición del personal de guardia y
administrativo a situaciones de inseguridad y de trabajo negativas más
frecuentes en otros establecimientos.



Referencias

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aplicaciones.
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JENKINS v. UNITED STATES OF AMERICA

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Tuesday 17 August 2010 6:12 pm

JENKINS v. UNITED STATES OF AMERICA

VINCENT E. JENKINS, APPELLANT, v. UNITED STATES OF AMERICA, APPELEE

No. 16306

UNITED STATES COURT OF APPEALS DISTRICT OF COLUMBIA CIRCUIT

113 U.S. App. D.C. 300; 307 F.2d 637; 1962 U.S. App. LEXIS 5399

On Rehearing in Banc.

April 12, 1962, Decided.

SUBSEQUENT HISTORY: [**1]

June 7, 1962, Opinion Rendered.

PRIOR HISTORY: February 9, 1962, Reargued.

CASE SUMMARY:

PROCEDURAL POSTURE: Defendant appealed his conviction in the United States District Court for the District of Columbia for intent to commit assault, assault with intent to rape, and assault with a deadly weapon, alleging error in the determination that defendant was competent to stand trial and in excluding the testimony of defense psychiatrists that defendant suffered from a mental disease or defect at the time of the crimes.

OVERVIEW: Defendant relied upon the defense of insanity in his jury trial in which he was convicted for housebreaking with intent to commit an assault, assault with intent to rape, and assault with a dangerous weapon. On appeal, defendant contended that the trial court erred in determining his competency to stand trial and erred in instructing the jury to disregard the testimony of three defense psychologists that defendant had a mental disease or defect at the time of the trial on the basis that they were not competent to give a medical opinion as to a mental disease or defect. The court reversed defendant’s convictions and remanded for a new trial. The court held that the district court erred in sua sponte excluding the revised report of a psychologist who testified at the competency hearing that defendant was schizophrenic based upon his review of subsequent reports. This exclusion was clearly prejudicial, and the conviction! was reversed for a new trial. The court also found error in the district court’s instruction to the jury to disregard the testimony of three defense psychologists, holding that the psychologists were qualified to testify as to defendant’s mental condition.

OUTCOME: The court reversed the judgment of conviction and remanded the case for a new trial.

CORE TERMS: psychologist, diagnosis, mental disease, psychiatrist, training, clinical, patient, expert testimony, psychological, illness, mental illness, disease, suffering, staff, clinical psychologist, new trial, stand trial, qualification, administered, profession, symptoms, admissible, admissibility, diagnostic, competence, competency, revised, qualify, skill, qualified to testify

LexisNexis (TM) HEADNOTES – Core Concepts:

Evidence > Witnesses > Expert Testimony

[HN1] An expert witness’s knowledge of basic facts must be adequate to support his conclusion.

Evidence > Witnesses > Expert Testimony

[HN2] A psychologist’s ability to make a revised diagnosis based upon subsequent test results, without conducting a personal re-examination of a defendant, presents a question for the consideration of the jury, under appropriate instructions, in assessing the weight of the psychologist’s testimony and is not a question for the trial court upon which it may rest exclusion of the psychologist’s revised diagnosis as a matter of law.

Evidence > Witnesses > Expert Testimony

[HN3] An expert’s opinion testimony based, in part, upon reports of others which are not in evidence but which the expert customarily relies upon in the practice of his profession, is admissible.

Evidence > Witnesses > Expert Testimony

[HN4] A psychologist’s opinion formulated from earlier clinical observations and later test reports is admissible. Any infirmity arising out of the psychologist’s failure to re-examine a defendant after reviewing the later test results goes to the weight and not to the admissibility of his opinion.

Evidence > Witnesses > Expert Testimony

[HN5] A trial court’s sua sponte exclusion of an expert’s testimony concerning his change in his diagnosis after reviewing test results obtained after the expert’s examination of the defendant, is error that is clearly prejudicial, requiring reversal.

Criminal Law & Procedure > Defenses > Insanity > Insanity DefenseEvidence > Witnesses > Expert Testimony

[HN6] Some psychologists are qualified to render expert testimony in the field of mental disorder.

Evidence > Witnesses > Expert Testimony

[HN7] To warrant the use of expert testimony, two elements are required. First, the subject of an inference must be so distinctively related to some science, profession, business, or occupation as to be beyond the ken of the average layman. Second, the witness must have such skill, knowledge, or experience in that field or calling as to make it appear that his opinion or inference will probably aid the trier in his search for truth. The knowledge may in some fields be derived from reading alone, in some from practice alone, or as is more commonly the case, from both. The test is whether the opinion offered will be likely to aid the trier in the search for truth.

Evidence > Witnesses > Expert Testimony

[HN8] A skilled witness on a medical subject does not have to be duly licensed to practice medicine. The general rule is that anyone who is shown to have special knowledge and skill in diagnosing and treating human ailments is qualified to testify as an expert, if his learning and training show that he is qualified to give an opinion on the particular question at issue. It is not essential that the witness be a medical practitioner.

Evidence > Witnesses > Expert Testimony

[HN9] If experience or training enables a proffered expert witness to form an opinion which would aid the jury, in the absence of

minal Law & Procedure > Defenses > Insanity > Insanity DefenseEvidence > Witnesses > Expert Testimony

[HN10] The determination of a psychologist’s competence to render an expert opinion based on his findings as to the presence or absence of mental disease or defect must depend upon the nature and extent of his knowledge. It does not depend upon his claim to the title “psychologist.” That determination, after hearing, must be left in each case to the traditional discretion of the trial court subject to appellate review. When completion of training is followed by actual experience in the treatment and diagnosis of disease in association with psychiatrists or neurologists, the opinion of a psychologist may properly be received in evidence.

Criminal Law & Procedure > Pretrial Motions > Competency to Stand Trial

[HN11] D.C. Code Ann. § 24-301(b) provides that when an accused person is restored to mental competency, and when the hospital superintendent so certifies, a trial court may enter an adjudication of competence unless the accused or the government objects, in which event, the court, after hearing without a jury, must make a judicial determination of the competency of the accused to stand trial.

Criminal Law & Procedure > Pretrial Motions > Competency to Stand Trial

[HN12] A determination of a defendant’s eligibility to stand trial, after being initially found incompetent, may be established by a finding of “restored competency” or a finding that he never was incompetent.

COUNSEL:

Mr. Gerald Golin, Washington, D.C. (appointed by the District Court) for appellant.

Mr. Anthony G. Amsterdam, Asst. U.S. Atty., with whom Messrs. David C. Acheson, U.S. Atty., Charles T. Duncan, Principal Asst. U.S. Atty., and Harry T. Alexander, Asst. U.S. Atty., at the time the brief was filed, were on the brief, for appellee. Messrs. Nathan J. Paulson and David J. McTague, Asst. U.S. Attys., also entered appearances for appellee.

Messrs. Arthur B. Hanson, Dean Farrington Cochran and Samuel J. L’Hommedieu, Jr., Washington, D.C., filed a brief on behalf of American Psychological Association, as amicus curiae, urging reversal.

Mr. Warren E. Magee, Washington, D.C., filed a brief on behalf of American Psychiatric Association, as amicus curiae, urging affirmance.

some countervailing consideration, his testimony will be received.

Cri

JUDGES:

Before WILBUR K. MILLER, Chief Judge, EDGERTON, PRETTYMAN, BAZELON, FAHY, WASHINGTON, DANAHER, BASTIAN and BURGER, Circuit Judges, sitting in banc.

OPINIONBY:

BAZELON

OPINION:

[*639]

Appellant relied solely upon the defense of insanity in a jury trial which culminated in his conviction for housebreaking with intent to commit an [**2] assault, assault with intent to rape, and assault with a dangerous weapon. He alleges that the District Court erred in (1) determining his competency to stand trial, (2) excluding diagnostic opinions of two defense psychiatrists on the ground that their opinions were without ‘proper basis,’ (3) instructing the jury to disregard the testimony on three defense psychologists that appellant had a mental disease or defect on the ground that ‘a psychologist is not competent to give a medical opinion as to a mental disease or defect,’ and (4) depriving him of a fair trial by conducting a lengthy and disparaging examination of some expert witnesses.

I. The Facts

The record discloses the following pertinent information. After indictment, appellant was committed to the District General Hospital for a mental examination on September 4, 1959, to determine his competency to stand trial and his condition at the time of the alleged offense. n1 Appellant was given a series of psychological tests on October 20 and 22, 1959, by staff psychologists under the supervision of the Chief Psychologist, Dr. Bernard I. Levy. Appellant scored 63, high moron, on the IQ. section of the tests. He was also [**3] interviewed three or four times by Dr. Richard Schaengold, Assistant Chief Psychiatrist. Appellant’s test performance and his ‘dullness and inability to relate correctly’ led Dr. Schaengold to consider and reject the possibility of undifferentiated psychosis in favor of a diagnosis of mental defect: a basic, unchanging deficiency in brain function. n2 His findings were confirmed by Dr. Mary V. McIndoo, Dist! rict General’s Chief Psychiatrist, on the basis of interviews on November 23, 24 and 25, and a review of appellant’s history and test results. By letter of November 25, 1959, signed by Dr. Schaengold and countersigned by Dr. McIndoo, the District Court was advised that appellant was ‘suffering from an organic brain defect resulting in mental deficiency and impaired [*640] judgment. He is, therefore, psychotic, incompetent, and incapable of participating in his own defense.’ Appellant was adjudicated incompetent to stand trial on the basis of this report and was committed to ‘Saint Elizabeths Hospital until he is mentally competent to stand trial pursuant to Title 24, Section 301, District of Columbia Code, 1951 Edition, as amended August 9, 1955.’

n1. See generally Winn v. United States, 106 U.S.App.D.C. 133, 270 F.2d 326 (1959). [**4]

n2. Durham v. United States, 94 U.S.App.D.C. 228, 241, 214 F.2d 862, 875, 45 A.L.R.2d 1430 (1954).

At St. Elizabeths, Dr. Lawrence Tirnauer, a staff psychologist, administered another battery of psychological tests on February 25 and March 2, 1960, in which appellant scored 74 on the I.Q. section. Dr. Tirnauer concluded that appellant was suffering from schizophrenia. Thereafter Dr. David J. Owens of St. Elizabeths interviewed appellant several times, ‘probably (for) fifteen or twenty minutes,’ and saw him at a staff conference on October 3, 1960. Dr. Owens found no evidence of mental disease or defect. He classified appellant as ‘a borderline intelligence.’ Dr. William G. Cushard, another psychiatrist at St. Elizabeths, who saw appellant at the staff conference, reviewed the test reports and agreed with Dr. Owens’ findings. Dr. Margaret Ives, Chief Psychologist at St. Elizabeths, was also present at the staff conference. Subsequently, she reviewed Dr. Tirnauer’s test results and appellant’s past history and administered one par! t of a six-part Szondi profile test. She agreed [**5] with Dr. Tirnauer that appellant ‘had a mental illness by name of schizophrenia.’

Ten days later, the Acting Superintendent of the Hospital notified the District Court that ‘it has been determined that he (appellant) is, at this time, mentally competent to stand trial and to consult with counsel and assist properly in his own defense. He is not suffering from mental disease * * *. Although he is not suffering from mental deficiency, he has only borderline intelligence.’ Upon appellant’s objection to this report, the court conducted a hearing on November 4, 1960, wherein appellant was found competent and ordered to stand trial.

In preparation for their testimony at trial, Drs. McIndoo and Schaengold noted the later and different diagnosis and the apparent change in appellant’s I.Q. reported by the St. Elizabeths psychologists. They requested Dr. Levy of their staff to re-test appellant in order to reconsider their diagnoses that he was mentally defective on June 10, 1959, the date of the alleged offenses. This time appellant scored 90 on the I.Q. test, an improvement inconsistent with mental defect. In reporting this result, Dr. Levy, who had previously been unable to make a diagnosis, [**6] concluded that upon review of all test data appellant ‘ispsychotic and schizophrenic.’ Considering this report in the light of the hospital record and ‘reports’ from St. Elizabeths, Drs. McIndoo and Schaengold revised their previous diagnoses without seeing appellant again. Dr. McIndoo concluded that appellant was schizophrenic, and Dr. Schaengold diagnosed his conditio! n as undifferentiated psychosis.

II. Admissibility of the Psychiatrists’ Opinions

The trial court, sua sponte, excluded the revised diagnoses of Drs. McIndoo and Schaengold and instructed the jury to disregard testimony of the three defense psychologists that appellant had a mental disease when he committed the crimes charged.

We discuss first the exclusion of Dr. Schengold’s testimony. After questioning him at great length about the basis of his revised opinion, the court ruled: ‘All I will allow is that in his opinion on June 10, 1959 (the date of the alleged offenses), the defendant was mentally defective’; it excluded Dr. Schaengold’s later diagnosis of mental illness because ‘there isn’t any testimony here that is based on any proper evidence that he was suffering from a mental disease. I am not going to allow [**7] it on the basis of a report of a psychologist.’ The court gave no further explanation.

The Government suggests that the ruling rests on the familiar principle that [HN1] an expert witness’ knowledge of ‘basic [*641] facts’ must be adequate to support his conclusion. n3 It urges that the later psychological reports could not provide Dr. Schaengold with such information, ‘absent a personal re-examination of appellant,’ since thirteen months had elapsed between his personal examination of appellant and his revised diagnosis. The proposition seems to be that a psychiatric witness may not rely on pyschological test reports unless he has considered them in conjunction with a contemporaneous personal examination. We are aware of no authority for such a rigid and artificial stricture. n4

n3. Toho Bussan Kaisha, Ltd. v. American Pres. Lines, Ltd., 265 F.2d 418, 76 A.L.R.2d 1344 (2d Cir. 1959); Haug v. Grimm, 251 F.2d 523 (8th Cir. 1958). The Government cites United States v. Alker, 260 F.2d 135, 155 (3d Cir. 1958), cert. denied, 359 U.S. 906, 79 S.Ct. 579, 3 L.Ed.2d 571 (1959), where the proposition appears as dictum.

The Government’s reliance upon Blunt v. United States, 100 U.S.App.D.C. 266, 275, 244 F.2d 355, 364 (1957); and Carter v. United States, 102 U.S.App.D.C. 227, 236, 252 F.2d 608, 617 (1957), is misplaced since our discussion of the absence of detailed testimony concerning the underlying basis for the psychiatrists’ opinions related to the weight of the testimony and not its admissibility. [**8]

n4. Cf. Williams v. United States, 104 U.S.App.D.C. 277, 278, 261 F.2d 743, 744 (1958), where we held that a new trial would be required if appellant could establish his allegations concerning newly discovered evidence of changed psychiatric opinion ‘without additional examination of appellant.’

Dr. Schaengold, whose expert qualifications were unquestioned, testified that he could arrive at a valid diagnosis on the basis of an earlier examination and later test reports. The court must be deemed to have rejected this statement. We find no basis for such action. We think it clear that Dr. Schaengold’s [HN2] ability to make the revised diagnosis without conducting a personal re-examination presents a question for the consideration of the jury, under appropriate instructions, in assessing the weight of his testimony and not a question for the court upon which it may rest exclusion of the diagnosis as a matter of law.

It is at least as likely, however, that the court predicated its ruling on cases which bar an expert’s opinion based upon facts not in evidence unless it is derived solely [**9] from his own observations. n5 But we agree with the leading commentators n6 that the better reasoned authorities admit [HN3] opinion testimony based, in part, upon reports of others which are not in evidence but which the expert customarily relies upon in the practice of his profession. n7 The Wisconsin Supreme Court has forcefully stated the policy underlying the application of this rule to medical testimony:

n5. E.g., People v. Black, 367 Ill. 209, 10 N.E.2d 801 (1937) (alternative holding); Equitable Life Assur. Soc’y v. Kazee, 257 Ky. 803, 79 S.W.2d 208 (1935) (dictum). See generally McCormick, Evidence § 15 (1955).

n6. McCormick, Evidence § 15 (1955). See 3 Wigmore, Evidence § 688 (3d ed. 1940).

n7. Taylor v. Monongahela Ry., 155 F.Supp. 601, 604 (W.D.Pa.1957), aff’d per curiam, 256 F.2d 751 (3d Cir. 1958); Sundquist v. Madison Ry., 197 Wis. 83, 221 N.W. 392 (1928); Schooler v. State, 175 S.W.2d 664 (Tex.Civ.App.1943).

[**10]

‘In order to say that a physician, who has actually used the result of * * * tests in a diagnosis * * * may not testify what that diagnosis was, the court must deliberately shut its eyes to a source of information which is relied on by mankind generally in matters that involve the health and may involve the life of their families and of themselves — a source of information that is essential that the court should possess in order that it may do justice between these parties litigant.

‘This court * * * will not close the doors of the courts to the light which is given by a diagnosis which all the rest of the world accepts and acts upon, even if the diagnosis is in part based upon facts which are not established by the sworn testimony in the case to be true’ ( Sundquist [*642] v. Madison Ry., 197 Wis. 83, 221 N.W. 392, 393 (1928).)

The record in this case confirms the well known practice of psychiatrists of relying upon psychologists’ reports in aid of diagnosis. n8 And it shows that Dr. Schaengold’s changed diagnosis did not rest solely on the later test reports which were not in evidence when he testified, n9 but also upon his own earlier examination. n10 This [**11] diagnosis was ‘the type of clinical opinion he is accustomed to form and to rely upon in the practice of his profession. * * * Though (his) conclusions were not mathematically demonstrable certainties, neither were they mere conjectures, suspicions or hunches.’ Blunt v. United States, 100 U.S.App.D.C. 266, 275, 244 F.2d 355, 364 (1957).

n8. Hidden v. Mutual Life Ins. Co., 217 F.2d 818, 821 (4th Cir. 1954); Scheflen, The Psychologist as a Witness, 32 Pa.Bar Ass’n Q. 329, 333 (1961). See McDonald, Psychiatry and the Criminal 162 (1958).

n9. Such reliance would amount to offering an opinion of another in violation of the hearsay rule. Cf. McCormick, Evidence § 15 (1955).

n10. Dr. Schaengold testified that he considered undifferentiated psychosis a possibility when he first examined appellant. The improvement in appellant’s I.Q. scores was inconsistent with mental defect, and induced Dr. Schaengold to abandon that diagnosis in favor of undifferentiated psychosis which was consistent both with his [HN4] earlier clinical observations and the later test reports. An opinion so formulated is admissible. Cf. Williams v. United States, supra note 4. Any infirmity arising out of Dr. Schaengold’s failure to re-examine appellant would go to the weight and not to the admissibility of his opinion. Cf. Brill v. Mushinsky, 90 U.S.App.D.C. 132, 194 F.2d 158 (1952).

[**12]

It follows from the foregoing that the [HN5] court’s sua sponte exclusion of Dr. Schaengold’s testimony concerning his changed diagnosis was error. n11 Since the exclusion was clearly prejudicial, the conviction must be reversed for a new trial. n12

n11. See Hidden v. Mutual Life Ins. Co., supra note 8; Watts v. State, 223 Md. 268, 164 A.2d 334 (1960) (alternative ground).

n12. In holding Dr. Schaengold’s testimony admissible, we do not intimate approval of his failure to re-examine appellant. Compare Winn v. United States, 106 U.S.App.D.C. 133, 270 F.2d 326 (1959); Carter v. United States, 102 U.S.App.D.C. 227, 236, 252 F.2d 608, 617 (1957); Blunt v. United States, 100 U.S.App.D.C. 266, 275, 244 F.2d 355, 364 (1957).

Appellant also objects to the similar exclusion of Dr. McIndoo’s revised diagnosis. She testified that the later tests induced her to change her opinion. But when the court, in very extensive questioning, made clear its view [**13] barring reliance upon psychological test reports, she stated that she ‘did not have a medical opinion about the new diagnosis.’ At one point she said, ‘I’m strictly confused now.’ Later the following occurred:

THE COURT: Would you express an opinion as to a person’s mental condition on the basis of a report given to you by a psychologist?

THE WITNESS: I do, Your Honor, very frequently.

THE COURT: Without even seeing the patient?

THE WITNESS: In most cases I do see the patient. This person I had seen. He was showing certain signs and symptoms. I made a wrong diagnosis. The suggested diagnosis from a psychologist explains my wrong diagnosis.

Since the new trial required by the exclusion of Dr. Schaengold’s testimony will afford an opportunity for clarification of Dr. McIndoo’s testimony in light of our earlier discussion, we think it unwise to engage in the speculation required to resolve the meaning of her testimony at the trial under review. Hence we refrain from deciding whether the court erred in excluding her opinion.

III. Admissibility of the Psychologists’ Opinions

The next assignment of error we discuss concerns the court’s instruction to the jury to disregard testimony [**14] of [*643] three defense psychologists that appellant had a mental disease when he committed the crimes charged. Although appellant failed to object to this instruction, we consider it because it presents a question which is likely to arise upon a new trial. n13

n13. Villaroman v. United States, 87 U.S.App.D.C. 240, 184 F.2d 261, 21 A.L.R.2d 1074 (1950).

The first psychologist, Dr. Tirnauer, administered a battery of tests to appellant, studied his case history, and concluded he had been suffering from schizophrenia when he committed the crimes. In his opinion, the disease and the crimes were ‘related.’ The second psychologist, Dr. Margaret Ives, had reviewed Dr. Tirnauer’s test results, had seen appellant at a staff conference, and had administered part of a Szondi profile test. She stated that appellant was suffering from schizophrenia and that his crimes were the product of the disease. The third psychologist, Dr. Levy, interpreted test results obtained by members of the District General [**15] staff in October 1959, and administered two additional tests shortly before trial. He testified that defendant had been suffering from schizophrenia on June 10, 1959, but could give no opinion concerning the relationship between the illness and the crimes. At the conclusion of the trial th! e court instructed the jury:

‘A psychologist is not competent to give a medical opinion as to a mental disease or defect. Therefore, you will not consider any evidence to the effect that the defendant was suffering from a mental disease or a mental defect on June 10, 1959, according to the testimony given by the psychologists.’

The trial court apparently excluded these opinions because psychologists lack medical training. We agree with the weight of authority, however, that [HN6] some psychologists are qualified to render expert testimony in the field of mental disorder. n14

n14. See Hidden v. Mutual Life Ins. Co., supra note 8; Watson v. State, 161 Tex.Cr.R. 5, 273 S.W.2d 879 (1954), rev’d on other grounds on rehearing. People v. Hawthorne, 293 Mich. 15, 291 N.W. 205 (1940) (dictum); State v. Padilla, 66 N.M. 289, 347 P.2d 312, 78 A.L.R.2d 908, (1959) (dictum). See generally, Scheflen, supra note 8; Louisell, The Psychologist in Today’s Legal World, 39 Minn.L.Rev. 235 (1955).

[**16]

We begin by placing this problem in the context of the considerations governing the reception of expert testimony.

‘An observer is qualified to testify because he has firsthand knowledge which the jury does not have of the situation or transaction at issue. The expert has something different to contribute. This is a power to draw inferences from the facts which a jury would not be competent to draw. [HN7] To warrant the use of expert testimony, then, two elements are required. First, the subject of the inference must be so distinctively related to some science, profession, business or occupation as to be beyond the ken of the average layman, and second, the witness must have such skill, knowledge or experience in that field or calling as to make it appear that his opinion or inference will probably aid the trier in his search for truth. The knowledge may in some fields be derived from reading alone, in some from practice alone, or as is more commonly the case, from both. (McCormick, Evidence § 13 (1954), citing authorities.)’

The test, then, is whether the opinion offered will be likely to aid the trier in the search for truth. In light of that purpose, it is hardly surprising [**17] that courts do not exclude all but the very best kind of witness. See 2 Wigmore, Evidence § 569 (3d ed. 1940). Accord: Fightmaster v. Mode, 31 Ohio App. 273, 167 N.E. 407 (1928). Thus a general practitioner may testify concerning matters within a medical specialty if his education or experience, or both, involves demonstrable knowledge of the subject. Sher v. DeHaven, 91 U.S.App.D.C. 257, [*644] 199 F.2d 777, 36 A.L.R.2d 937 (1952), cert. denied, 345 U.S. 936, 73 S.Ct. 797, 97 L.Ed. 1363 (1953); 2 Wigmore, op. cit. supra. [HN8] Nor need a skilled witness on a medical subject be duly licensed to practice medicine. Ibid. The general rule is that ‘anyone who is shown to have special knowledge and skill in diagnosing and treating human ailments is qualified to testify! as an expert, if his learning and training show that he is qualified to give an opinion on the particular question at issue.’ ‘It is not essential that the witness be a medical practitioner.’ 32 C.J.S. Evidence § 537 (1942). Thus, non-medical witnesses who have had experience in electrical work may testify to the effects of electrical shock upon the human body. Vessels v. Kansas City Light & Power Co., 219 S.W. 80 (Mo.Sup.Ct.1920); [**18] Blakeney v. Alabama Power Co., 222 Ala. 394, 133 So. 16 (1931). Optometrists, whose training includes instruction in the symptoms of certain eye diseases, may testify to the presence of cataract discovered in the course of fitting glasses, Jackson v. Waller, 126 Conn. 294, 10 A.2d 763 (1940), and to the effect of a scar upon vision. Black Starr Coal Corp. v. Reeder, 278 Ky. 532, 128 S.W.2d 905 (1939). A toxicologist has been permitted to testify to the effect of oxalic acid, a poison, upon the human eye. Reynolds v. Davis, 55 R.I.! 206, 179 A. 613 (1935). The kinds of witnesses whose opinions courts have received, even though they lacked medical training and would not be permitted by law to treat the conditions they described, are legion. The principle to be distilled from the cases is plain: [HN9] if experience or training enables a proffered expert witness to form an opinion which would aid the jury, in the absence of some countervailing consideration, his testimony will be received.

Suggesting the diagnostic category into which an accused’s condition fits, and relating it to his past behavior require skill far in excess of that [**19] possessed by laymen. Lest the jury be misled into relying on opinions which are not based upon relevant learning and experience, we must examine the reality behind the title ‘psychologist.’ Many psychologists may not qualify to testify concerning mental disease or defect. Their training and experience may not provide an adequate basis for their testimony. Some psychologists, for example, teach and engage in theoretical research in fields unrelated to the diagnosis and treatment of mental disease. Others are employed in personnel administration, still others advise industry on problems of employee morale. See Western Personnel Institute, Opportunities for Psychologists, Psychiatrists, Psychiatric Social Workers 8-10 (1958); Daniel and Louttit, Professional Problems in Psychology 25! 0-52, 297 (1953). Such experience does not ordinarily provide the skill essential to offer expert testimony concerning mental disorders. Cf. Albee, Mental Health Manpower Trends 116 (1959). Some psychologists, moreover, have had no post-graduate instruction. Id. at 121-22.

On the other hand, the Ph.D. in Clinical Psychology involves some — and often much — training and experience in the diagnosis [**20] and treatment of mental disorders. Typically, candidates are trained, inter alia, in general psychology, theory of personality and psychodynamics, psychopathology, diagnostic methods, therapeutic techniques, selected aspects of physiology and anatomy, and clinical methods. A one-year internship in a mental hospital is required for this degree. n15 After graduation, many clinical psychologists administer and interpret diagnostic tests which elicit the patient’s intellectual level, defenses, personality structure, attitudes, feelings, thought and perceptual processes. See 1 Rapaport, [*645] Diagnostic Testing 7-9 (1945). In many institutions and clinics their reports, which regularly include opinions concerning the presence or absence of mental disease or defect, n16 are important aids to psychiatr! ists who customarily have the final responsibility for diagnosis. Some psychologists, moreover, regularly administer psychotherapy and related non-organic therapies in the treatment of certain types of mental disorders. n17

n15. See Report of the Committee on Training in Clinical Psychology of the American Psychological Association, in 2 Am. Psychol. 539, 543-58 (1947). The Association certifies only those programs meeting the standards laid down in this report. [**21]

n16. Scheflen, supra note 8.

n17. See Clark, America’s Psychologists 188-205 (1957). See also Joint Commission on Mental Illness and Mental Health, Action for Mental Health 244-50 (1961).

[HN10] The determination of a psychologist’s competence to render an expert opinion based on his findings as to the presence or absence of mental disease or defect must depend upon the nature and extent of his knowledge. It does not depend upon his claim to the title ‘psychologist.’ And that determination, after hearing, n18 must be left in each case to the traditional discretion of the trial court subject to appellate review. n19 Although there are no statutory criteria for licensing psychologists in the District of Columbia to assist trial courts, n20 the American Psychological Association’s list of approved graduate training programs provides some guidance. When completion of such training is followed by actual experience in the treatment and diagnosis of disease in association with psychiatrists or neurologists, the opinion of the psychologist may properly be received in evidence.

n18. The court may conduct this hearing in the presence of the jury unless special circumstances warrant its exclusion. [**22]

n19. Cf. Pollard v. Hawfield, 83 U.S.App.D.C. 374, 170 F.2d 170 (1948), cert. denied, 336 U.S. 909, 69 S.Ct. 514, 93 L.Ed. 1073 (1949). Compare State v. Padilla, 66 N.M. 289, 347 P.2d 312, 78 A.L.R.2d 908 (1959). See also McDonald, supra note 8.

The qualification of a particular witness to testify as an expert is largely within the domain of the trial judge. Particular inquiries which may be appropriate in some cases may be inappropriate in others. The majority of this court think the matter should be left to the sound judicial discretion of the trial judge, with no more specific guidance than is contained in this opinion.

n20. Such statutes are in force in several states. See, e.g., Conn.Gen.Stat.Ann. § § 20-188 to 20-191 (1930); Md.Ann.Code Art. 43 § § 618-620, 629-636 (1957); Mich.Stat.Ann. § § 4.677(3)-14.677(11) (Supp.1959), Pub.Acts 1959, No. 257.

Some graduate clinical psychologists, moreover, are certified by the American Board of Examiners in Professional Psychology. n21 Certification, which indicates exceptional professional competence, [**23] is awarded upon completion of written and oral examinations in, inter alia, diagnosis and treatment. n22 Applicants must have four years, acceptable professional experience and must present credentials, including a sample of their work and letters of recommendation, showing sufficient professional achievement to warrant further examination. n23 The purpose of Board certification is to identify and evaluate psychologists at an advanced professional level. If the postdoctoral experience required for certification has included substantial experience in a hospital or clinical setting in association with psychiatrists or neurologists, clinical psychologists who are diplomates of the American Board of Examiners in Professional Psychology sh! ould ordinarily qualify as expert witnesses.

n21. Kelley, Sanford & Clark, The Meaning of the ABEPP Diploma, 16 Am.Psychol. 132-34 (1961). Prior to 1949, the Board waived the Ph.D. or examination requirements, or both, if a candidate was judged qualified on the basis of training, professional experience and his colleagues’ endorsements. Id. at 132.

n22. Id. at 134, 138. [**24]

n23. Id. at 134.

We need not decide whether the three psychologists who testified for the defense at the trial under review were qualified to offer expert opinions since they may not be called to testify at [*646] the retrial. n24 We hold only that the lack of a medical degree, and the lesser degree of responsibility for patient care which mental hospitals usually assign to psychologists, are not automatic disqualifications. Where relevant, these matters may be shown to affect the weight of their testimony, even though it be admitted in evidence. The critical factor in respect to admissibility is the actual experience of the witness and the probable probative value of his opinion. The trial judge should make a finding in respect to the individual qualifications of each challenged expert. Qualifications to express an opinion on a given topic are to be decided by the judge alone. n25 The weight to be given any expert opinion admitted in evidence by ! the judge is exclusively for the jury. n26 They should be so instructed.

n24. The trial judge might have concluded that one or more of the three defense psychologists were competent to testify as experts. All are clinical psychologists; all hold doctoral degrees from institutions approved by the American Psychological Association; all are associated with psychiatrists and neurologists in a hospital setting in the diagnosis and treatment of mental illness. Two were chief psychologists at the hospitals where they were employed, and the third had diagnosed more than a hundred patients during his three years at St. Elizabeths. [**25]

n25. Sher v. De Haven, 91 U.S.App.D.C. 257, 199 F.2d 777, 36 A.L.R.2d 937 (1952), cert. denied, 345 U.S. 936, 73 S.Ct. 797, 97 L.Ed. 1363 (1953).

n26. O’Donnell v. Geneva Metal Wheel Co., 183 F.2d 733 (6th Cir. 1950), cert. denied, 341 U.S. 903, 71 S.Ct. 612, 65 L.Ed. 1342 (1951).

IV. Competency to Stand Trial

Another ground urged for reversal is that the November 4 order adjudicating appellant competent to stand trial was not authorized by [HN11] D.C.Code 24-301(b). That section provides, in substance, that when an accused person ‘is restored to mental competency’ and when the hospital superintendent so certifies, the court may enter an adjudication of competence ‘unless the accused or the Government objects, in which event, the court, after hearing without a jury, shall make a judicial determination of the competency of the accused to stand trial.’ Emphasis supplied. Here, the Superintendent did not certify that appellant’s competency had been ‘restored’ but rather that appellant ‘is, at this time, mentally competent.’ Upon appellant’s [**26] objection, the court conducted a hearing in which Dr. David J. Owens, a hospital psychiatrist, testified that appellant was not a mental defective, and that there was no indication of organic brai! n injury or mental illness. His testimony clearly implied that appellant had been competent when committed. Appellant presented no evidence, and the court adjudicated him ‘mentally competent to stand trial.’

Appellant contends that the statute applies only to cases of ‘restored competency’ and cannot be invoked, as here, to set aside an original adjudication of incompetency. He argues that an adjudication of ‘restored competency’ was precluded by the evidence at the hearing which showed only that appellant’s condition was unchanged.

Clearly [HN12] the determination of appellant’s eligibility to stand trial may be established by a finding of ‘restored competency’ or a finding that he never was incompetent. Assuming, arguendo, as appellant implies, that a proceeding to set aside the original adjudication of incompetency is required, we think the substance of such proceeding was provided by the hearing conducted below. Appellant does not claim that he was surprised or otherwise prejudiced by [**27] the Government’s evidence that he never was incompetent.

Appellant’s remaining contention concerns the conduct of the trial court in questioning certain expert witnesses. Since this issue may not arise upon the new trial, we do not consider it.

The judgment of conviction is reversed and the case is remanded to the District [*647] Court for further proceedings in accordance with this opinion. n27

n27. See note 19 supra.

Reversed and remanded for a new trial.*

* The retirement of Senior Circuit Judge Prettyman became effective April 16, 1962. Prior thereto he concurred in the foregoing opinion and joined in the judgment entered April 12, 1962.

CONCURBY:

FAHY; BURGER

CONCUR:

FAHY, Circuit Judge (concurring).

Having Joined in the opinion issued October 26, 1961, reversing and remanding for a new trial, I join now in similar action [**28] taken by the court after rehearing en banc. I concur generally in the opinion, adding the qualifications to be stated.

While, strictly speaking, it is not necessary, as the present opinion states, to decide whether the three psychologists who testified for the defense at the trial were qualified to offer expert opinions, since they may not be called to testify at the retrial, it would be altogether appropriate to pass upon their qualifications on the record before us; for the record is here for our review of the rulings of the District Court in excluding their testimony. Upon the reasoning of both the original and the present opinions, considered with the facts, I would hold that these witnesses were qualified. A ruling to that effect now would be useful to the District Court.

The main feature of the present opinion, however, is its holding that psychologists may qualify as experts on the question of mental disease or defect under the standards set forth in the opinion. I am in entire agreement with this, which was the gist of the opinion of the division prior to the rehearing en banc.

I am authorized to say that Judges EDGERTON and WASHINGTON join in the views above expressed. [**29]

BURGER, Circuit Judge (concurring).

I concur in the remand because the court’s basic holding that a psychologist is not barred as a matter of law from giving expert testimony about mental diseases makes it essential that we have a comprehensive record before us on the education and training of psychologists in general and clinical psychologists in particular. This is emphasized by recalling that appellant’s entire case in this court, including his oral argument, was based on matter outside the record in the form of recitals of what various writers thought on the subject of whether, and to what extent, psychologists should be permitted to testify relating to mental disease. Similarly the majority opinion relies largely on ‘the literature.’ The literature cited and relied on by the appellant, and indeed by the majority opinion originally, was and is now a series of references selected to support one or the other point of view. They were not developed in the record by an ad! versary process or subjected to adversary examination. The reason we now remand is to have a record made in an orderly way and in that process authoritative texts, or parts thereof, may well be offered and received, [**30] subject, of course, to the established rules of evidence.

At the outset certain factors should be kept in mind. The issue is not now and never was whether a psychologist’s testimony is admissible in litigation where ‘sanity’ is in issue. Such testimony has long been admissible in the form of psychological tests and the analysis and explanation of such tests by a psychologist. No one doubts that such matter is admissible. The real issue in dispute is whether the clinical psychologists in this case, by which we mean persons having degrees of Doctor of Philosophy in Psychology, and also additional training as clinical psychologists, are competent in a scientific sense and hence legally qualified

(1) to make a diagnosis of the existence and character of a mental disease, and

(2) whether there is a causal relation-ship between a disease and an unlawful act.

The issue can be stated also in terms of whether medical opinions and medical [*648] diagnoses can be made by and be the subject of expert testimony by a Doctor of Philosophy in Psychology with added clinical experience. For convenience I will hereafter refer to such a psychologist as a Clinical Psychologist.

While the issue [**31] is new to this court it is not new to medicine and psychiatry. In 1954 a Resolution was adopted by the American Medical Association, the Council of the American Psychiatric Association and the Executive Council of the American Psychoanalytical Association to the effect that psychologists and other related professional groups were autonomous and independent in matters where medical questions were not involved, but that where diagnosis and treatment of mental illness was involved the participation of psychologists ‘must be co-ordinated under medical responsibility.’ n1 This Resolution, while not controlling on the courts is plainly entitled to great weight.

n1. The Resolution in full is as follows:

‘For centuries the Western world has placed on the medical profession responsibility for the diagnosis and treatment of illness. Medical practice acts have been designed to protect the public from unqualified practitioners and to define the special responsibilities assumed by those who practice the healing art, for much harm may be done by unqualified persons, however good their intentions may be. To do justice to the patient requires the capacity to make a diagnosis and to prescribe appropriate treatment. Diagnosis often requires the ability to compare and contrast various diseases and disorders that have similar symptoms but different causes. Diagnosis is a continuing process, for the character of the illness changes with its treatment or with the passage of time, and that treatment which is appropriate may change accordingly.

‘Recognized medical training today involves, as a minimum, graduation from an approval medical school and internship in a hospital. Most physicians today receive additional medical training, and specialization requries still further training.

‘Psychiatry is the medical specialty concerned with illness that has chiefly mental symptoms. The psychiatrist is also concerned with mental causes of physical illness, for we have come to recognize that physical symptoms may have mental causes just as mental symptoms may have physical causes. The psychiatrist, with or without consultation with other physicians, must select from the many different methods of treatment at his disposal those methods that he considers appropriate to the particular patient. His treatment may be medicinal or surgical, physical (as electroshock) or psychological. The systematic application of the methods of psychological medicine to the treatment of illness, particularly as these methods involved gaining an understanding of the emotional state of the patient and aiding him to understand himself, is called psychotherapy. This special form of medical treatment may be highly developed, but it remains simply o! ne of the possible methods of treatment to be selected for use according to medical criteria for use when it is indicated. Psychotherapy is a form of medical treatment and does not form the basis for a separate profession.

‘Other professional groups such as psychologists, teachers, ministers, lawyers, social workers, and vocational counselors, of course, use psychological understanding in carrying out their professional functions. Members of these professional groups are not thereby practicing medicine. The application of psychological methods to the treatment of illness is a medical function. Any physician may utilize the skills of others in his professional work, but he remains responsible, legally and morally, for the diagnosis and for the treatment of his patient.

‘The medical profession fully endorses the appropriate utilization of the skills of psychologists, social workers, and other professional personnel in contributing roles in settings directly supervised by physicians. It further recognizes that these professions are entirely independent and autonomous when medical questions are not involved; but when members of these professions contribute to the diagnosis and treatment of illness, their professional contributions must be co-ordinated under medical responsibility.’ (Emphasisadded).

[**32]

My difficulty with the opinion of the majority, as distinguished from the remand for additional evidence, is that it fails to give adequate guidance as to the scope and nature of the inquiry to be conducted by the trial judge on remand. I agree that it is entirely within the discretion of the District Court whether he should conduct the hearing out of the presence of the jury. In this particular [*649] case, since this is an exploratory process, there are probably valid practical reasons to hold the hearing out of the presence of the jury although once we resolve the basic problem, that process would not be necessary in future cases.

As I see it, the hearing to be conducted in this case will be somewhat unusual because of the nature of the question and the need for a comprehensive record of testimony. The practical reason for conducting this particular hearing out of the presence of the jury is that the hearing could well take several days. It is not a question which can be resolved simply by examination of the particular psychologists whose testimony is offered. The preliminary hearing on qualifications will be enlarged if the District Judge allows, as he might well do, [**33] participation by the several amici curiae, who are highly qualified to be of aid to the court. That would be a dubious process for every future case but entirely appropriate for this case. We have said that the conduct of the hearing lies in the sound discretion of the trial judge. But it is not enough to say that it is within the sound discretion of the trial judge and at the same tim! e fail to reflect just what we are driving at.

We must bear in mind that there is a difference between the holdings ‘that some psychologists are qualified to render expert testimony in the field of mental disorder’ (see note 14 majority opinion) and the question of a psychologist’s competence to make a diagnosis of mental disease. The former proposition is, as we have noted, widely accepted; the latter is not — and it is the latter we are now exploring.

On remand I assume broad areas are to be explored and should be explored in order to give the trial judge, in the first instance, and this court if need be, an evidentiary basis and a record on which to act. As I see it, remand hearing ought to cover among other things the following:

(a) The scope, nature and extent of the education of a Ph. [**34] D. in Psychology and in Clinical Psychology, including time spent in hospitals, with patients, and under what supervision.

(1) What is the education, training and clinical experience of the proffered witness?

(2) Define for the record the term ‘clinical experience.’

(b) What, in particular, is the extent and scope of this Clinical Psychologist’s clinical education in physiological and medical subjects? How does it compare with that of a psychiatrist?

(c) What is the scope of the work of Clinical Psychologists at St. Elizabeths Hospital? n2

n2. In this connection an obviously well qualified expert, who might well be called as a witness by the court, if he is not called by any party, is the Superintendent of St. Elizabeths Hospital who has presided over a staff of psychiatrists and clinical psychologists dealing with precisely the issues of criminal responsibility.

(1) Do they make diagnosis of mental diseases on their own independent responsibility or only subject to the supervision of a psychiatrist? The [**35] relationship should be developed fully.

(2) What is the scope of the work and extent of clinical responsibility of the particular Clinical Psychologist with patients independent of psychiatrists? That is, what work is done fully by the Clinical Psychologist alone and without regard to any supervision or overseeing by a psychiatrist?

(d) In how many specific cases has the particular Clinical Psychologist made a diagnosis of mental disease, prescribed or supervised treatment of patients without the [*650] intervention or approval of a psychiatrist?

(e) In how many cases approximately (whether at St. Elizabeths or elsewhere) has the witness made a diagnosis of the existence or nonexistence of mental disease and communicated that diagnosis directly to the patient or patient’s family independent of a psychiatrist?

(f) To what extent has the witness prescribed or supervised treatment of mental patients independent of a psychiatrist?

(g) The opinions of both psychiatrists and clinical psychologists ought to be made part of the record on the following:

(1) In what kinds or categories of mental disease are the physiologican and medical factors not of any consequence?

(2) In what [**36] categories does a diagnosis of mental disease involve analysis, understanding and synthesis of physical and physiological factors as well as psychological factors?

(3) If diagnosis of mental disease always involves consideration of or evaluation of physical, biological or physiological data, how does a clinical psychologist acquire clinical experience and scientific competence to make such diagnosis?

(4) What is a differential diagnosis in the context of diagnosis of mental disease?

(5) Is the process of diagnosis of mental disease the elimination of various alternative explanations?

(6) In this process what factors must be taken into account?

(7) In the process of eliminating alternative explanations do the medical history of the patient, the physical examination and various medical tests play a part?

(8) Can any mental disease be diagnosed without taking into account pathological data? If so, what mental diseases can be diagnosed independent of and without regard to pathological data?

The cases cited by the majority concerning the optometrist, the toxicologist and other skilled specialists who are not medical doctors are not in any real sense relevant. Indeed they tend to [**37] divert us from the central issue. Of course an optometrist or the toxicologist is permitted to give some expert testimony within his competence just as a skilled shoemaker might be qualified to testify from long observation and experience as to the effect of wearing certain kinds of shoes, or a farrier to give expert testimony about the effect of certain types of shoeing on horses.

The heart of our problem is not whether a clinical psychologist is qualified to testify as an expert, for of course he is in some areas, but whether he is qualified to give expert testimony in the form of a diagnosis of a mental disease or illness, and to express an opinion on whether a stated mental disease ’caused’ the patient to commit a given unlawful act or ‘produced’ that act. More rationally the question ought to be whether mental disease so substantially affected him that he was unable to control his conduct.

I agree with the majority that the scope of the training of the psychologist is of critical importance and that many factors other than academic degrees go to the admissibility and weight of the expert testimony. For example, if a general medical practitioner testified on the subject of [**38] mental disease, and gave a diagnosis of presence or absence of mental illness in opposition to a trained psychiarist [*651] it would obviously be proper for the trial judge to tell the jury they could take into account the differences in training and experience in weighing the testimony of the one against the other. In the same way it would be proper, if a clinical psychologist is found qualified to testify as to the presence or absence of a mental disease and does so in opposition to a psychiatrist, to tell the jury they could take into account the difference in the education, training and experience of psychologists and psychiatrists and the ! absence of medical training in the former.

DISSENTBY:

BASTIAN

DISSENT:

BASTIAN, Circuit Judge, with whom WILBUR K. MILLER, Chief Judge, joins, dissenting.

In the early morning of June 10, 1959, the complaining witness was in her apartment alone, in the process of getting ready to go to work that day, when she heard a knock at her front door and, upon partially opening it, she found herself face to face with the appellant. He showed her a card, saying something about an address. Then he suddenly burst into the apartment, knocked her to the [**39] floor, stuffed a gag into her mouth, and informed her he was going to rape her. When she began to fight back at her attacker, kicking and scratching at him as best as she could, he proceeded to punch her into unconsciousness with his fists. When she regained consciousness, she found herself lying on her apartment floor, disheveled, badly beaten, and bleeding profusely. She had been stabbed with a sharp instrument, presumably a knife, a number of times, causing severe loss of blood and necessitating subsequent surgery. As a result of this ord! eal she remained hospitalized for approximately six weeks. In the District Court, a jury convicted appellant of housebreaking, assault with intent to commit rape, and assault with a dangerous weapon.

In reversing this conviction, the majority of this court, without adquately discussing the real nature and present medical understanding of mental illness, hold inter alia that certain psychologists can qualify to give expert opinion concerning the existence vel non of a mental disease or defect and its connective relationship, if any, to criminal behavior. We cannot agree. In our opinion it should be an absolute condition precedent to expert [**40] testimony as to a medical diagnosis that the witness be a medical doctor.

In the first place, we think it must be concluded beyond doubt that the existence of a mental disease or defect is, first and foremost, a medical problem. The ascertainment of such a medical illness in a given individual with reference to kind, quality, degree and influence is, except in extreme cases, a highly unverifiable process, judged by any objective standard, even when undertaken by a medical doctor with years of special training in the detection of medical disturbances of the mind. Time and time again, where insanity is raised as a defense at the trial of criminal cases in this jurisdiction, sincere and experienced psychiatrists have taken the stand and voiced diametrically opposite opinions as to whether or not the defendant had a mental disease or defect at the time he committed the crime charged against him. And even when these psychiatrists are in some agreement that the defendant had a mental disease or defect at the time! of the crime, they frequently differ widely concerning its symptoms, nature, intensity, and causal influence with respect to the offense committed.

Our emphasis of this situation [**41] is not to belittle the integrity of the psychiatrists who testify at these trials, nor to disparage the integrity of the psychiatric profession, but merely to illustrate how nebulous and uncertain is the issue of mental illness even to those of the medical profession who are experienced and trained in its diagnosis and treatment. If the issue is so debatable among conceded professional medical experts, it is sheer folly, in our opinion, to attribute to a lay psychologist, who admittedly is not a doctor of medicine, such [*652] presumptive medical knowledge and diagnostic acuity as to entitle him to wear in a criminal courtroom the badge of an expert witness with respect to the existence of that elusive medical condition known as mental disease or defect.

By this we do not mean to suggest that a psychologist should never be called upon to testify in insanity cases. In proper circumstances, testimony concerning the results of psychological tests administered to a defendant should be admissible as a means of enlightening a jury with respect to the specific information contributed by the psychologist to the over-all mass of information ultimately utilized by the medically trained [**42] psychiatrist in arriving at an expert opinion concerning the medical diagnosis of mental disease or defect. But to say that a psychologist is qualified to give an expert opinion with reference to a medical diagnosis is, in effect, to say that a non-medical witness can render an expert answer to a medical question on the strength of information insufficient to resolve it. n1 Such an opinion is a conclusion by guesswork, as far as a valid and proper medical determination is concerned.

n1. It is well to remember that a psychologist’s opinion in this respect is grounded basically upon his interpretation of the results of certain psychological tests administered to the defendant. As an example of the instability of such test result, we mention that in the instant case the appellant was subjected to the same I.Q. test on three separate occasions, scoring, respectively, 63 (high moron), 74 (borderline defective), and 90 (average).

We are not alone in our views on this precise issue. The American Psychiatric Association, [**43] an organization ‘comprised of those twelve thousand qualified Doctors of Medicine who specialize and practice as psychiatrists,’ in its amicus curiae brief, urges this court not to allow psychologists to qualify as experts to express opinions. We find in the brief this pertinent observation in regard to the proper medical ascertainment of mental disease or defect:

‘The diagnostic synthesis of all data collected is properly carried out only by an individual Doctor of Medicine with a broad training, experience, and familiarity with all of the areas indicated, and the diagnosis must reflect a comprehensive medical judgment in which the proper weight is given to all of the data available. Further, we know of no mental illness which does not have a biological as well as a psychological component. No facet of the data can be assumed to reflect the total diagnosis until viewed in the context of the total picture. A clinical psychologist, lacking medical training and the specialization required of the qualified psychiatrist, is not qualified to make this total medical diagnosis or to testify as a medical expert thereon.’

The majority of the court ignores the above quoted wise counsel [**44] from the only undisputed experts now at work in the area of medical illness of the mind. In doing so, the court, we suggest, is bypassing all objective criteria in reaching the highly questionable and subjective conclusion that lay psychologists, whose opinions are predicated on the basis of test results, may qualify as experts on the medical question of the diagnosis of mental disease or defect, as well as experts concerning the causal relationship between a particular defendant’s mental abnormality, as such may be ‘diagnosed’ by these psychologists, and that defendant’s criminal activity. in our opinion, the holding of the majority on this issue is wholly untenable. We would affirm the judgment and sentence of the District Court.

CURSO DE ACTUALIZACION DE LA LISTA DE PERITOS DEL COLEGIO DE PSICOLOGOS DE COLOMBIA

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Thursday 12 August 2010 5:44 am

LIBRO PSICOLOGIA JURIDICA: PERSPECTIVA LATINOAMERICANA

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Wednesday 28 July 2010 5:09 pm

Indice

Qué es la psicología jurídica?
Angela C. Tapias Saldaña

Psicología jurídica latinoamericana
Fernando Díaz Colorado

Fundamentos de derecho para psicólogos
Gerardo A. Hernández M

La psicologia jurídica y la victimología
Fernando Díaz Colorado, Carolina Gutiérrez de Piñeres B

Psicología forense
Ps. Angela C. Tapias Saldaña

Penitenciarismo y aspectos psicosociales
Miryam Rivas Pérez, Alexis Ortiz Rodríguez, Luis Lugo Madriz

Descripción del rol asignado, asumido y posible del Psicólogo Jurídico en el contexto penitenciario
Paola Bustos Bemitez

Mecanismos alternativos para resolver conflictos judiciales
Miryam Rivas Pérez, Luis Lugo

Psicologia jurídica civil – aplicabilidade no direito de família
Denise Maria Perissini Da Silva

La psicología forense ante el abuso sexual
Angela Tapias Saldaña

Peritaje psicológico forense en casos de inimputabilidad
Carolina Gutiérrez De Piñeres

Estafas/estafadores. Su indagación en el vínculo social
Gustavo Vaquera

Una aproximación a los fenómenos de serialidad criminal
Luis Alberto Disanto

Algunas reflexiones sobre la concepción Ética en Psicología Forense
Osvaldo Varela, Angela Tapias

Autores

Angela Cristina Tapias Saldaña. Colombia.
Psicóloga Universidad Nacional de Colombia. Especialista en Peritaje Psicológico. Magíster en Psicología Forense. Directora de la Asociación Colombiana y de la Asociación Latinoamericana de Psicología Jurídica y Forense. Directora de la Especialización en Psicología Jurídica y fundadora de la Maestría en Psicología Jurídica en la Universidad Santo Tomás. Experiencia judicial en instituciones como el GAULA, la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y el INPEC. Investigadora académica, escritora y conferencista internacional. Correo electrónico: angela@psicologiajuridica.org

Carolina Gutiérrez de Piñeres Botero. Colombia
Psicologa. Especialista en Psicología Jurídica. Docente Universitaria de pregrado y posgrado . Directora del Diplomado en Psicología Forense Universidad Cooperativa de Colombia. Representante de la Asociación Colombiana de Psicología Jurídica y Forense en Bogotá. Correo electrónico: carolinagdep@yahoo.com

Fernando Díaz Colorado. Colombia
Psicólogo, Especializado en Administración Pública, en Derecho Penal y Ciencias Forenses, en Seguridad Privada y Magíster en Filosofía Latinoamericana. Profesor de la Pontificia Universidad Javeriana. Miembro de la Sociedad Mundial de Victimología. Correo electrónico:ferdicol@gmail.com

Gerardo A. Hernández M. Colombia.
Psicólogo y abogado, Magíster en Derecho Penal y Criminología. Docente e investigador Universitario. Psicoterapeuta y asesor jurídico. Magistrado del comité deontológico del Colegio Colombiano de Psicólogos. Correo electrónico: psicoger@gmail.com

Paola Bustos Bemitez. Colombia.
Psicologa Juridica de la Universidad Santo Tomas de Colombia. Trabajó durante 5 años en diferentes Establecimientos de Reclusión del pais. Actual asesora de la Subdirección de Tratamiento y Desarrollo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC, Miembro Fundador de la Unidad de Piscologia Juridica del Colegio Colombiano de Psicologos y actual Directora de Comunicaciones de la División de Psicologia Juridica del Colegio Colombiano de Psicologos.paobus55@gmail.com

Miryam Rivas Pérez. Venezuela.
Psicóloga, Abogada, Magíster Scientiarum en Análisis Experimental de la Conducta, Especialista en Derecho del Trabajo, Magíster Scientiarum en Derecho del Trabajo, Profesora del Departamento de Psicología Clínica de la Escuela de Psicología de la Universidad Central de Venezuela, Profesora de las Cátedras de Psicología Jurídica I y II, Secretaria Ejecutiva de la Asociación Venezolana de Psicología Judicial. Correo electrónico: miryamrivas@yahoo.com

Luis Lugo Madriz. Venezuela.
Psicólogo, Abogado, Ex -Juez, Especialista en Derecho Privado, en Derecho Procesal Civil, en Ciencias Penales y Criminológicas, Magíster Scientiarium en Derecho Mercantil, Profesor de la Escuela de Psicología de la Universidad Central de Venezuela, Profesor de las Cátedras de Psicología Jurídica I y II, Presidente de la Asociación Venezolana de Psicología Judicial.

Denise Maria Perissini Da Silva. Brasil.
PSICOLOGIA JURÍDICA NO BRASIL Psicóloga clínica, assistente técnica jurídica, mediadora familiar e bacharel em Direito, cursando Especialização em Rorschach, e com futura habilitação em LIBRAS (Linguagem Brasileira de Sinais). Psicóloga jurídica, atuando como assistente técnica. Mediadora familiar. Correo electrónico: deniseperissini@gmail.com

Gustavo Vaquera. Argentina.
Licenciado en Psicología. Especialización en Psicología Clínica. Doctorando en Psicología. Psicólogo Clínico. Docente Universitario.Psicólogo penólogo. Autor de los tres libros: El Sujeto Transgresor de la Ley, Clinica Psicoanalitica con Homosexuales y Estafa y Subjetividad. Correo electrónico: gvaquera@gmail.com

Osvaldo H. Varela. Argentina
Licenciado en Psicología, Especialista y Licenciado en Criminología, Especialista en Psicología Clínica, Doctor en Ciencias Penales y Profesor Universitario de Psicología. Actualmente es Doctorando del Doctorado en Psicología Social. Psicólogo, por más de 10 años en el Servicio Penitenciario Federal, y como Director de establecimientos de menores en conflicto con la ley penal. También es Períto Psicólogo de Oficio, inscripto en las listas de los Juzgados de la Nación y Pcia. de Buenos Aires. Profesor Titular Regular, asesor en materias específicas del área Justicia. Autor de profusa bibliografía en temáticas de la especialidad, a publicado varios libros y artículos en revistas especializadas con y sin referato. Actualmente es el Secretario Científico de la Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica, durante el período 2003/2005, y se desempeña como Secretario del Consejo Directivo de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires. Correo electrónico: varela@psi.uba.ar

Alexis Ortiz Rodríguez. Venezuela.
Abogado. Profesor del Instituto Universitario de Policía de Venezuela

Luis Alberto Disanto. Argentina.
Licenciado en Psicología (Universidad de Buenos Aires), Psicoanalista, Psicologo Forense, Especialista en Investigación Científica del Delito (Instituto Universitario de la Policía Federal Argentina), Docente e investigador universitario, Ha dictado cursos y seminarios en: Universidad de Buenos Aires, Universidad de Córdoba, Universidad Complutense de Madrid, Universidad de La Habana, Universidad Nacional de La Plata, Instituto Universitario de la Policia Federal y otras instituciones. Ha participado en jornadas y congresos en: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, España, Francia e Italia. Consultor de División Homicidios de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, Policía Judicial de la Provincia de Córdoba y Gendarmería Nacional. Supervisor clínico e institucional en diversas instituciones de salud mental y toxicomanías Miembro de Psicoanálisis <> Investigación, Coordinador docente de los seminarios: – “Asesinos seriales, fenómeno de la posmodrnidad ó superación del sujeto racional?” – “Psicoanálisis <> Criminología” -”La escena del crimen como un texto”, Docente en la Carrera de Especialización en Psicología Forense, Facultad de Psicología, Universidad de Buenos Aires Correo electrónico: luisalbertodisanto@yahoo.com.ar

DESCARGA EL LIBRO AQUI

INVITACIÓN A LA ASOCIACIÓN PANAMEÑA DE PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Thursday 1 July 2010 9:34 am

APPJF from ALPJF on Vimeo.

INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE LA CRIMINOLOGÍA

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Sunday 27 June 2010 4:46 pm

INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE LA CRIMINOLOGÍA

MIGUEL MARIA ALBERDI

http://www.libreriapaidos.com.ar

Isbn

987-9455-24-X

PSICOLOGÍA FORENSE

La presente obra pretende ser un elemento de vital apoyo para los estudiantes de mi cátedra de Criminología en la Facultad de Derecho de Universidad Nacional de Lomas de Zamora.

Los autores de la obra han tratado de abarcar en esta obra, la conceptualización de la Criminología, su objeto, método y relación con otros saberes.

Asimismo, se han desarrollado breve y sucintamente concepto de elemental importancia para la comprensión y análisis de la cuestión social, como lo es el control social y sus modos.

Se han enunciado y desarrollados las diferentes escuelas criminológicas, las que le han hecho transitar a este saber diversas sendas desde su surgimiento, analizando también su contexto e influencia social.

Luego del tratamiento de la criminología en su estado actual, tanto en el mundo como en este margen, evidenciando los modos en que esta rama del conocimiento ha influido en la cuestión punitiva y como ésta se efectiviza, dando un breve repaso de su desarrollo.

Este libro concluye con la enunciación de los modos alternativos de punición penal estatal del modo en que hoy es conocida y de los discursos tendientes incluso a su o conversión en algo que en vez de tender al agravamiento de las cuestiones sociales, produzca un efectivo restañamiento del daño producido por las conductas rotuladas como delito, colaborando así con la construcción de una sociedad menos conflictiva y armoniosa.

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