CRIMINOLOGÍA Y POLÍTICA CRIMINAL

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Tuesday 16 March 2010 1:54 pm

CRIMINOLOGÍA Y POLÍTICA CRIMINAL

Tania Patricia Ibáñez Gómez

Psicología

Universidad Pontificia Bolivariana

Master en Criminología

Instituto Vasco de Criminología

San Sebastián – España


La criminología es una ciencia necesariamente interdisciplinario que tiene por objeto conocer las conductas antisociales y sus factores contribuyentes con el fin de evitarlos y combatirlos, siendo su fin primordial la prevención; es necesario que se tenga en cuenta que esta ciencia tiene diferentes niveles de interpretación por lo que se encuentran:

1. Nivel de Interpretación Conductual: este nivel hace referencia al estudio de un crimen específico como conducta antisocial concreta realizada en un momento y lugar determinado y de forma criminal particular, el hecho tiene principio, desarrollo y fin y va en contra del bien común, es decir, que atenta contra la estructura básica de la sociedad.

Para poder establecer una explicación completa de esta conducta se hace imprescindible incluir dentro del estudio a la víctima y el papel jugado por ésta en el hecho, lo que hace que este nivel de interpretación adquiera importancia en el proceso.

2. Nivel de Interpretación Personal: el centro del estudio es el criminal como sujeto individual, acá se hace referencia al autor del crimen. El análisis del individuo busca generar un diagnóstico, un pronóstico y una propuesta de tratamiento; es importante aclarar que para el criminólogo es esencial que se tenga en cuenta que el estudio debe centrarse más en lo que el sujeto es y no en lo que ha hecho, sin embargo, no han de desconocerse sus acciones como parte significativa del estudio de su personalidad; este nivel es importante en la ejecución de sanciones.

3. Nivel de Interpretación General: enfoca su atención en el análisis de la criminalidad entendida como el conjunto de conductas antisociales que se producen en un tiempo y lugar determinado. El estudio global del fenómeno criminal es de gran relevancia para la política criminal y a la hora de legislar.

De los tres niveles de interpretación, el análisis general de la criminalidad alcanza gran importancia en cuanto permite conocer la evolución de un determinado delito a través del tiempo, cuáles han sido sus variaciones en ejecución, frecuencia, autores y víctimas, y todo esto teniendo en cuenta las características socioeconómicas y culturales de una época determinada.

Así mismo, han de evaluarse los avances tecnológicos que facilitan tanto la comisión de delitos como también la lucha contra ellos, las estrategias adoptadas o implementadas por gobiernos o autoridades con el fin de combatirlos, y examinar hasta qué punto estas medidas han sido eficientes y eficaces en el logro de ese objetivo.

Ahora bien, todo este estudio tiene como fin último servir de base a la política criminal la cual no ha de ser simplemente una política legisladora en el sentido de criminalizar o des criminalizar determinadas conductas o aumentar las penas, o de política penitenciaria que se limite al endurecimiento de la forma en que éstas con ejecutadas, una verdadera política criminal o criminológica, debe tener como eje una política social en la cual se vele por disminuir las diferencias y las injusticias sociales que en gran parte son factores contribuyentes a la comisión de delitos.

Así es como la educación es un elemento de prevención de gran relevancia pues inculca valores éticos y morales, brinda capacitación para que los individuos sean competentes en el mercado laboral y así puedan de esta forma satisfacer sus necesidades y las de los suyos; se sabe que la instrucción no es el único aspecto comprometido en la erradicación de la criminalidad pero permitirá en parte su disminución ya sea porque los individuos no se inicien en la carrera criminal o evite que reincidan en su conducta.

Esta reacción institucional frente al delito ha de ser coherente y razonada, no formulada para resolver problemas momentáneos sino que las estrategias que se planteen tengan visión de futuro, es decir, que con base en los estudios de criminalidad se tengan proyecciones en cuanto a tipos de conductas antisociales, modos de operar, víctimas potenciales y autores, lo cual permita adelantarse a su ejecución y efectivamente se haga prevención.

Se habla de política social haciendo referencia a la generación de cambios a nivel de estructuras sociales, políticas y mentales, estas últimas de gran importancia en cuanto son la base para que se den transformaciones en las otras estructuras.

Un avance importante que se está viviendo en Colombia es que la sociedad ha dejado atrás esa actitud paternalista en la que desplaza la solución de los conflictos a manos del Estado, y por el contrario se está convirtiendo en parte activa, ya sea manifestando su inconformismo por medio de actos de resistencia civil o porque ya empieza a formar parte de la persecución,
hasta donde tiene alcance, de los diferentes delitos.

Por su parte, los entes del Estado también han entendido que requieren de la acción conjunta con la comunidad y han ido generando programas en los cuales se permite su participación ya sea facilitando la forma de denunciar o implementando planes de prevención. Así mismo, se han ido flexibilizando y humanizando el contacto que tiene el ciudadano con las instituciones de manera que se evite un segunda victimización y se genere confianza en las mismas.

Falta un largo camino para lograr la concientización de que la lucha contra la criminalidad es cuestión de todos pero afortunadamente se está dando poco a poco tanto por parte del Estado y sus instituciones, como por parte de la población en general.

EL CRIMEN ORGANIZADO

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Tuesday 16 March 2010 1:49 pm

EL CRIMEN ORGANIZADO

FERNANDO DÍAZ COLORADO

Psicólogo Especialista en Derecho Penal y Criminología

“Conocemos la sonrisa, no la alegría; la alegría que yo experimento no coincide con la sonrisa; no conocemos el dolor aunque sí el sudor frío, o las lágrimas; no conocemos el amor, aunque sí el abrazo o el beso.

Antonio Beristain”.

El fenómeno criminal ha venido cambiando en la medida en que el mundo ha venido evolucionando. De igual manera, la criminología como campo del conocimiento ha mostrado los diferentes aspectos de su evolución en la explicación y comprensión de la criminalidad. Desde las concepciones antropológicas y fisonomistas, pasando por las sociológicas, ecológicas, el delito ha sido considerado como un fenómeno inevitable, parte integrante de la sociedad, e incluso como lo señala Durkheim, el delito es normal, ya que una sociedad exenta de delitos es del todo imposible, y es parte integrante de toda sociedad sana. Los hechos criminales son vistos de una manera diferente a la concepción tradicional del delincuente como un sujeto enfermo y anormal; para la criminología actual, el delincuente no es ahora un parásito ni un ser extraño en el seno de la sociedad, sino que es ante todo un regulador de la vida social, e incluso fuente de crecimiento tecnológico, científico y renovador de los sentimientos sociales2.

Es por esto, que frente a las actividades criminales clásicas llevadas a cabo de manera individual, en la actualidad se observa una evolución hacia una forma de criminalidad como empresa. Los grupos delincuenciales se caracterizan por encontrarse en condiciones de actuar, tanto en la vertiente legal como en la ilegal de la actividad política y económica3.

El incremento geométrico de la actividad criminal organizada con capacidad económica fuerte, ejerciendo su poder a través de la violencia, así como la del ejercicio de manipulación y corrupción en amplios sectores del sistema político y Estatal, es hoy en día un fenómeno altamente productivo y cada vez más sofisticado. La instauración del mercado global y la aldealización del mundo a través de la libertad de comercio, han sido factores decisivos en la conformación de grupos criminales organizados. En opinión de Blanco Cordero4, las tradicionales Cosa Nostra, Camorra, N’ Drangueta, los Yakusas Japoneses, las triadas chinas, los carteles de las Drogas Colombianos, Mexicanos, Peruanos y Norteamericanos, las organizaciones Rusas, Turcas, Curdas, Italoamericanas, etc., representan un volumen económico anual estimado en un billón de dólares, tres veces superior al presupuesto nacional Francés y más del 50% de esta cifra, 500.000 millones de dólares se inyecta en el circuito financiero internacional con capacidad de producir rentabilidad.

Armas, drogas, información industrial y militar, dinero de origen ilícito, materiales radioactivos, mano de obra, tráfico de personas, órganos humanos, embriones, obras de arte, animales, etc., son bienes cuyo intercambio a nivel mundial ha generado un nuevo sector de la economía mundial. Según el GAFI5, grupo de acción financiera Norteamericano; las principales fuentes de ganancias ilegales son: el tráfico de drogas, el fraude bancario, los fraudes con tarjeta de crédito, insolvencias punibles y los delitos societarios. Una gran parte del dinero de origen ilegal que ingresa al sistema financiero, procede de la criminalidad organizada. A nivel internacional, los grupos criminales más exitosos se ubican en Italia, Japón, Colombia, Rusia, Europa del Este, Nigeria y el Lejano Oriente.

Las asociaciones criminales se caracterizan por su elevada complejidad a nivel organizativo, que adoptan modelos y estructuras de tecnología de punta, lo que ha llevado a algunos investigadores como Kaiser, Solans, Arlacchi6, a calificar el hecho como “industria del crimen”, “empresas criminales” o “multinacionales del crimen”. Si bien es cierto, que la organización criminal es considerada como tal, por la ejecución de actos delictivos, esta no se fundamenta en el ejercicio de comenter el delito, su función principal como lo dice Blanco7 es la rentabilidad económica, y el delito constituye solamente un instrumento para la consecución en primera línea de fines materiales, para cuya extensión el grupo se puede servir también, y de hecho se sirve, de medios ilegales. El accionar criminal es un medio para alcanzar el fin principal, es decir, el máximo de ganancias económicas. Pero si tan fin se puede alcanzar recurriendo a medios legales, entonces estos relevaran a los medios criminales. En otras palabras, la organización delincuencial realiza negocios tanto legales como ilegales según su conveniencia.

Si analizamos con detenimiento a las organizaciones criminales y a las organizaciones legales como empresas comerciales, se puede concluir que desde el punto de vista formal, no existen mayores diferencias, pues su fin fundamental es obtener el máximo de rentabilidad. Y si observamos que muchas organizaciones legales, legítimamente constituidas ejecutan acciones abiertamente ilegales para incrementar sus ganancias, como es el caso de la evasión de impuestos, despidos sin indemnización, ocultamiento de información aduanera, sobornos, alteraciones contables, etc., vemos que la diferencia no es fundamentalmente grande. Esta reflexión nos conduce a señalar, que hay una coincidencia en cuanto a los medios empleados, para conseguir sus fines.

La delincuencia organizada actúa con criterios empresariales claramente establecidos, planificando sus actividades de acuerdo con los criterios económicos de la oferta y de la demanda, contemplando el impacto de la acción investigativa y penalizadora del Estado, situación que les permite regular el alza o la baja de precios. De igual manera, estructuran su actividad con la división del trabajo y la especialidad de la mano de obra. En Colombia esto es absolutamente claro; no es sino observar el modelo gerencial de las organizaciones dedicadas al tráfico de drogas, de las bandas organizadas de secuestradores, de los grupos que lavan dinero, de las organizaciones multinacionales, del tráfico de personas, del comercio de insumos para el procesamiento de la coca, de los carteles de la gasolina, de los falsificadores, etc.

Muchos de los delincuentes organizados trabajan frecuentemente como empresarios normales8, que pasan abiertamente desapercibidos como ilegales, pero que gozan de reconocimiento social como grandes empresarios o exitosos hombres de negocios. En Rusia según Bernard Poulet9, la conexión entre la economía legal y la ilegal se observa de manera contundente; el 80% de las actividades comerciales están ligadas a los grupos delincuenciales organizados. En este estado, 40.000 empresas tienen algo que ver con el crimen organizado. Los grupos criminales controlan el 80% del sistema financiero. No existe casi ningún grupo mafioso Ruso que no posea varias sociedades e incluso su propio banco. En Perú los ingresos de la droga suponen más del 6% del PIB, casi el 10% en el caso de Colombia, el 50% de las exportaciones de Bolivia y la quinta parte de las de Pakistán. Esto ha permitido la acumulación de grandes patrimonios económicos ilegales, la concentración en pocas manos de la riqueza acumulada del sector ilegal, le ha dado un gran poder económico y político en constante aumento a la criminalidad organizada.

Así mismo, en Colombia la corrupción es una de la mayores fuentes de riqueza del crimen organizado. Según un informe de la Corporación Excelencia para la Justicia10, Colombia ocupa el lugar número 72, en la escala de los países más corruptos del mundo. En este mismo informe, se anota que de acuerdo con investigaciones realizadas por Confecámara, el sector privado ha estado involucrado en el 79% de los casos de corrupción, equivalente a unos 2.3 billones de pesos para el año de 1998. El área más afectada es la contratación administrativa, principalmente en los procedimientos de liquidación, adjudicación y firma de contratos.

Sumado a lo anterior, vemos que el mismo estudio muestra que la percepción de la ciudadanía sobre la honestidad de las entidades gubernamentales, presenta en el nivel de deshonestas (en la investigación 1 es deshonesto y 7 honesto) a entidades tales como la DIAN (3.5), Fuerzas armadas (3.8), Consejo Nacional Electoral (3.3), Bancos Públicos, (2.9), Seguro Social (2.3) Congreso Nacional (2.0). De igual manera, el 69% de los encuestados por el DANE11, en la encuesta nacional de justicia 1997 consideran que la justicia no opera (43%), que hay ausencia de autoridad (14%), y que no se cree en las autoridades (12%) como las razones más importantes para no acudir al sistema judicial en busca de justicia. En Colombia es además importante tener en cuenta, que cuando el Estado no cumple con sus funciones coercitivas, básicas, por falta de presencia en zonas o territorios delimitados, o en mercados ilegales, en estos lugares surgen espontáneamente instituciones para-estatales abiertamente ilegales y de connotaciones criminales que lo reemplazan. En opinión de Mauricio Rubio12, el control que logran las mafias sobre un territorio o un mercado, se alcanza mediante el uso sistemático de la fuerza. Es la violencia, y posteriormente la amenaza y la intimidación, lo que permite controlar militarmente una zona, solucionar conflictos, ampliar mercados, imponer tributos y modificar las reglas de juego imperantes. Las mafias incluso se especializan13 en ofrecer servicios de protección , que se llevan a cabo mediante la coordinación y la centralización de las actividades de corrupción. De igual manera es importante señalar las coincidencias que en opinión de Rubio14, se han venido dando entre incidentes promovidos por el crimen organizado y los grupos armados y las modificaciones al régimen penal colombiano, como lo ocurrido con la declaración de inexequebilidad por parte de la Corte Suprema de Justicia, de la ley que daba vigencia al tratado de extradición, luego del asesinato de cuatro de sus magistrados y la provisión constitucional a la extradición de nacionales en 1991 luego del secuestro de varias personalidades, lo que refleja una asociación negativa entre los indicadores de desempeño de la justicia. En las últimas dos décadas la tasa de homicidio en Colombia se multiplicó por cuatro, se incremento la influencia de las principales organizaciones criminales y subversivas y la capacidad del sistema penal para investigar se redujo a la quinta parte. En opinión de Beltrán15, una explicación a este hecho es la relacionada con la tendencia del aparato de la Justicia a ocuparse de los delitos inocuos y fáciles de resolver en detrimento de los más graves, y difíciles de investigar y aclarar.

El panorama hasta acá planteado, nos permite hacer una reflexión sobre las posibles alternativas para la lucha contra el crimen organizado. De esta manera, podemos concluir que el conocimiento actual sobre el fenómeno delincuencial, nos pone de presente que la actividad criminal organizada en el momento actual tiene repercusiones a nivel mundial. Las conexiones locales y nacionales se extienden a organizaciones de nivel internacional, convirtiéndose de esta manera en multinacionales del delito, con profundos conocimientos, no sólo tecnológicos sino jurídicos. Es bien sabido que durante la época más violenta de la lucha contra el narcotráfico y los carteles, estos contaban con los más eminentes juristas para su defensa, conocedores brillantes de la legislación tanto nacional como internacional. También es importante reconocer la gran dificultad que existe a nivel investigativo judicial, para desenmascarar a los delincuentes que se encuentran inmiscuidos en actividades legales, que les permite actuar de manera encubierta en actividades abiertamente ilegales.

Sin lugar a dudas, que el reto que plantea el crimen organizado para la sociedad actual amerita monumentales esfuerzos en todos los ordenes de la actividad social, cultural, legal, gubernamental y estatal. En el caso particular de Colombia se hace necesario adecuar el sistema de investigación judicial a los retos actuales, propendiendo por la profesionalización y especialización del sistema acusatorio. La investigación criminalística requiere de una profunda modernización y de una estructura que permita el trabajo interdisciplinario de connotaciones técnico científicas; fortaleciendo la conformación de equipos investigativos especializados que generen conocimientos tanto operativos como científicos de la actividad criminal organizada. Se hace prioritario fortalecer la ayuda a las víctimas, de tal manera que su colaboración, que sin lugar a dudas es indispensable, faciliten la obtención de información valiosa sobre los grupos delincuenciales. La conformación de equipos investigativos con entidades policivas internacionales y la creación de convenios interinstitucionales con Universidades y organizaciones privadas es una necesidad urgente. La sociedad debe ser informada sobre el que hacer delincuencial; el propiciar seguridad y ofrecer beneficios y motivar a los denunciantes y/o víctimas es prioritario. Hay que dar un gran giro en la investigación judicial, intentando abordar el fenómeno macro criminal que ha sido relegado o poco combatido por centrar la lucha en combatir la micro criminalidad, que en la mayoría de los casos captura a los participantes materiales y finales de la cadena criminal, pero que deja de lado la organización y la estructura jerárquica y empresarial del crimen.

El trabajo de una sociedad en los actuales momentos, es crear condiciones para que la gente vea y comprenda que actuar de acuerdo con la ley produce ganancias individuales y sociales y no como ahora donde el delito produce tan buenas ganancias y tan pocas restricciones, que la posibilidad de formar una empresa criminal es muy llamativa. El crimen ya no es el resultado de un sujeto anormal y peligroso, sino una actividad de personas altamente capacitadas y especializadas, que ven una gran posibilidad de obtener riqueza y dispuestos a utilizar cualquier medio, ayudados por una aliada de inmenso poder como es la corrupción, que se fundamenta en el afán de riqueza de todo aquel que cae rendido por la tentación del dinero fácil. El gran peligro del crimen organizado es que la víctima es la sociedad entera, que la concepción individualizadora del derecho penal no permite restaurar el daño que produce en todo el conjunto social pues el ejercicio desigual del poder, al servicio de unos pocos, posibilita el florecimiento y fortalecimiento de actividades tales como el crimen organizado cuyo camino conduce a la búsqueda de la institucionalización de la ilegalidad.

EL ROL DEL PSICÓLOGO JURÍDICO EN LOS JUZGADOS DE FAMILIA DE BOGOTA

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Tuesday 16 March 2010 1:47 pm

EL ROL DEL PSICÓLOGO JURÍDICO EN LOS JUZGADOS DE FAMILIA DE BOGOTA

Ps. Angela C. Tapias Saldaña

Esp. Mediación y Peritaje Psicológico.

Este artículo relata las funciones que realizaron psicólogos en los Juzgados de Familia de Bogotá durante 3 años, el fundamento e historia de dicha gestión, con el fin de sentar las bases para la consideración de la incorporación del psicólogo como una figura profesional definitiva en esta jurisdicción.

La Jurisdicción de familia nació en Colombia con el Decreto 2272 en 1.989 con un equipo compuesto por un juez de familia (abogado), un secretario, (abogado generalmente), una trabajadora social, un notificador, un oficial mayor, un auxiliar judicial y un escribiente.

En esta dato histórico sorprenden dos aspectos el primero de ellos es la evidencia de que los delicados asuntos de familia, se habían cubierto por tribunales no especializados y el segundo de ellos tiene que ver con que el equipo constituido sorprendentemente no incluyó al psicólogo.

Estos dos hechos corresponden a una deficiencia de conocimiento en el legislador? O son consecuencia del silencio de los psicólogos debido a nuestra impericia para actuar como líderes organizacionales o estatales? Y sea cual fuere la respuesta a estos cuestionamientos, lo más importante es contestar realizando una intervención que supla esta deficiencia organizacional y esta necesidad social.

Esa necesidad social fue la motivación para que docentes de Psicología Jurídica Angela C. Tapias Saldaña (docente U. el Bosque y U. De la Sabana) y Luz Anyela Morales docente de la U. El Bosque) lideraran un proyecto de prácticas profesionales en los Juzgados de Familia, siempre coherentes con los fundamentos del método científico, es decir, realizando una fase de diagnóstico institucional, una de intervención y otra de evaluación de los resultados obtenidos en la jurisdicción.

Este aporte de la psicología jurídica a los Juzgados de Familia de Bogotá, se cristalizó en 3 años y medio de trabajo en la jurisdicción, desde junio de 1.999 hasta diciembre de 2.001. Contó con la presencia de 12 psicólogos practicantes entre los que se encontraban Luisa F. Bernal, Maritza Silva, Maristella Góngora, Lina Ma. Azuero, Beatriz Alvarez, Alexandra Rojas, Javier Ruiz, Ximena Salazar, Diana Bello, Melissa Moncada, Irma Gómez y Carolina Devia, quienes lograron cubrir los Juzgados 3, 11, 13, 14, 15, 17 y 21 de Familia.

Cada psicólogo practicante realizó funciones durante 1056 horas en el año y en promedio intervino en 80 procesos anuales, cada intervención oscilaba entre 1-5 sesiones y de cada intervención se realizó un informe pericial o de asesoría.

Dentro de las labores que se consideraron necesarias desempeñar se encuentran las siguientes:

Evaluación pericial de menores en su domicilio. Esto en procesos de custodia (tutela y cuidado personal), de reglamentación de visitas, de privación de patria potestad o casos con indicios de maltrato o abuso infantil.

Evaluación psicológica de los progenitores o de quienes aspiraban a la custodia del menor de edad, con el fin de emitir un informe pericial que orientara al juez para dictar sentencias o decisiones judiciales.

Apoyo en el proceso de conciliación. Antes, durante o después de la audiencia de conciliación, para favorecer las actitudes de las partes hacia la negociación, para contener estados de ánimo y comportamientos disruptivos durante la conciliación, para asesorar psicológicamente a las partes y ayudarlas a evitar o a facilitar el trámite judicial.

Asesoría psicológica a las personas, parejas o familias que así lo solicitaran.

Elaboración de talleres educativos para los usuarios en temas como manejo de la información de los hijos posterior al divorcio, apoyo a padre-madre cabeza de familia, promoción del buen trato familiar, trámites en el juzgado de familia

Elaboración de talleres educativos para los funcionarios en temas como manejo del estrés e intervención en crisis de primera instancia.

Programa de capacitación personalizada a los funcionarios, en temas psicológicos relacionados con la problemática familiar.

Elaboración de un manual de instituciones que funcionan como red de apoyo.

Seguimiento de casos difíciles. Ej: procesos largos cuya solución no es facilitada las partes en conflicto.

Estudio del clima organizacional.

Actividades académico – investigativas en temas sobre los cuales hay poco conocimiento científico como la soledad y la sexualidad en los divorciados y en el desarrollo de un instrumento para medir las habilidades de crianza.

Todas estas labores fueron demandadas por los funcionarios y por los usuarios de cada uno de los despachos, así como también se tomó en cuenta su opinión a la hora de evaluar la efectividad de las intervenciones encontrando un consenso en la percepción positiva del trabajo del psicólogo.

A través de esta experiencia profesional también se logró identificar y definir el perfil del psicólogo aspirante a desempeñarse en la jurisdicción de familia, el cual se describe como sigue:

Profesional con formación en Psicología y especialización en psicología jurídica

Como mínimo con un año de experiencia en temas de familia o psicología clínica

Con conocimientos y habilidades en evaluación infantil

Con habilidad para el trabajo de grupo e interdisciplinario

Con conocimiento y habilidad para ejercer como mediador de conflictos

Como último paso del proceso en la Jurisdicción se decidió presentar los resultados de este trabajo al Consejo Superior de la Judicatura a través de una carta enviada al Presidente y a través de la transmisión de los datos por parte de la Docente encargada Ps. Angela Tapias al Dr. Gustavo Cuello Iriarte, quien se comprometió a título personal a proponer a la Sala Administrativa la incorporación del psicólogo en la Jurisdicción.

Si con base en esta experiencia se hace una realidad la incorporación del psicólogo a los juzgados de familia, los profesionales del área de la Psicología Jurídica habremos hehco autogestión y ayudado a escribir un capítulo más de esta especialidad de la Psicología en Colombia.

HISTORIA DE LA PSICOLOGÍA JURÍDICA Y SUS CAMPOS DE APLICACIÓN EN COLOMBIA

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Wednesday 10 March 2010 3:40 pm

HISTORIA DE LA PSICOLOGÍA JURÍDICA Y SUS CAMPOS DE APLICACIÓN EN COLOMBIA

Catalina Caballero

Alejandra Prada

La psicología jurídica es tal vez uno de los campos de aplicación de más reciente aparición, difundida en algunos países de Europa (Inglaterra, España, entre otros), en América del Norte y un poco en América Latina, principalmente en argentina y muy insipientemente en Colombia (Vargas y Beltrán, 1993).

La psicología jurídica es definida como aquel sector de la psicología orientado a aplicar el conocimiento científico y los métodos de la psicología surgidos en el sistema jurídico penal (policía, juzgados tribunales e instituciones, correccionales para infractores, cárceles e instituciones para menores). Tal como lo reporta Jiménez Burrillo (1986), las relaciones entre la psicología y el derecho no han sido fáciles, posiblemente no muy deseadas, y cuando se han dado, éstas han estado cargadas de recelo, estereotipo y actitudes negativas entre los profesionales de estas dos disciplinas. Esta situación a contribuido, entre otras cosas, a que se haya dado poco desarrollo y posibilidades de crear “un cuerpo sistematizado de conocimientos aplicados a la ciencia o a la técnica jurídica” (Muños, Báyes y Munné, 1980).

Estos autores presenta, además, las posibles causas que han contribuido a este atraso. Un caparazón de abogados para recibir y aceptar aportes de otras disciplinas; además, éstos están alejados del método científico y de las preocupaciones antropológicas; un experto psicologismo que los ha inducido a suponer que poseen habilidades innatas en la técnica psicológica, lo cual los lleva a rechaza una psicología que no se ajusta a sus creencias, pues no consideran que necesitan de una psicología especial; por ultimo, la poca cantidad de aplicaciones llevadas con éxito que ha tenido la psicología científica hasta épocas recientes, principalmente en la rama psicosociológica, lo que no a permitido un acercamiento entre estas dos disciplinas.

Muñoz et al (1980) dan una explicación a esto: la psicología se movía anteriormente en corrientes poco claras, creando un vacío que permitió el desarrollo de una cultura psicológica de los juristas, la cual a quedado en muchos libros de derecho, y aun se mantienen.

Pero el panorama no es tan desolador: son varios los intentos para buscar los acercamientos, ya sea por iniciativas de carácter científico, o por simples preocupaciones. Giñazú y Loizo (1982) comentan:

Garrido (1982) dice que hubo que esperar hasta el siglo XIX para que en la psicología jurídica se le dedicara tiempo y esfuerzo de parte de los psicólogos de la época.

Por otra parte, Jiménez Burillo (1986), comenta que se pueden discriminar convenientemente cuatro periodos en la historia de la psicología jurídica: el primero comprendido entre el comienzo del siglo XX, hasta finales de los años 20. Así, hacia 1900 aparecen publicaciones de autores como Stern y Munsterberg (1907), los cuales concentran sus escritos más en aspectos relacionados con los procesos psicológicos del testimonio, y Bose (1917) y Briw (1926), quienes se refieren a procesos de memoria, testimonio y a la psicología del delito.

Un segundo período, que va hasta la época de los años 50, se caracteriza por “la aparición de trabajos, monografías, de la psicología legal”. Mc Carty (1929) y Robinsón (1929) son ejemplos de ellos. El primero publicó Psicología para Juristas, y el segundo escribió alegatos a favor de la utilidad de la psicología para el derecho y viceversa, lo que hizo que recibiera ataques de los juristas. Además, está época hay una aplicación de la psicología a los diversos procesos legales, y como consecuencia, el surgimiento de una fuerte critica a las decisiones de los tribunales apoyadas en informes psicológicos. También se encuentra el artículo de Hutchian y Slesinger (1929), quienes dijeron que los jueces y jurados hacen supuestos acerca del comportamiento de la persona. Además, solicitaron en sus conclusiones que se diera el acercamiento entre el derecho y la psicología (Jiménez Burillo, 1986).

Entre los años 40 y 50 se dieron algunos trabajos acerca del testimonio, delito y simulaciones de decisión del de jurados, los cuales no tuvieron un impacto legal importante.

En el tercer periodo, y durante la década de los años 50, siguen apareciendo un aumento de publicaciones relevantes, con aportes a la psicología clínica y social en campos referidos a “trastornos mentales, la influencia de la publicidad sobre las causas antes de celebrarse el juicio y los problemas derivados de la segregación racial y los derechos civiles”, trayendo como resultado nuevamente la resistencia de los abogados.

En el cuarto y ultimo periodo, 1970 hasta el presente, se ha presentado un aumento de publicaciones, tanto en libros como revistas. Según Tapp (1976),son 199 publicaciones incluyendo cursos y conferencias. El área de derecho penal ha generado mayor interés, así como los procesos de socialización legal (Vargas y Beltrán, 1993).

Con respecto a Latinoamérica, se conoce que en Argentina, en 1959, el profesor Plácido Alberto Horas creó la cátedra de la psicología jurídica en la facultad de Psicología en la Universidad Nacional de Cuyo, la cual en la actualidad se ha convertido en un área de especialización en pregrado.

En Colombia, en 1976, Reinaldo Giñazú organizó la especialidad en la Facultad de Psicología en la Universidad de san Buenaventura de Medellín, y un año y medio después, con Mercedes Loizo, en la Facultad de Psicología de la Universidad Católica de Colombia (Bogotá) impulsando por el entonces decano José Antonio Sánchez (Vargas y Beltrán, 1993).

En esta última universidad, hasta el año de 1982, se trabajó en dicha área con seminarios electivos en los cuales se veían elementos tales como derecho penal y civil, escuelas psicológicas que explican la conducta criminal, la relación entre psicología y derecho, y sus ciencia auxiliares. Estos temas se trabajaban en séptimo y octavo semestre, y en noveno y décimo de hacia una profundización en temas como el rol del psicólogo, peritaje psicológico, agresión y violencia, tratamiento del delincuente (menor y adulto) y criminología, además de las prácticas en cárceles, penitenciarías y en el instituto de Medicina Legal (Vargas y Beltrán, 1993).

Desde 1982 se incluye en el vitae, como otra introducción a un campo de profesionalización de la psicología, en octavo semestre; para noveno y décimo se llevan a cabo seminarios de profundización en algunos de los temas antes mencionados, tales como: psicología del testimonio, confesión e interrogación, tratamiento penitenciario, entre otros. En el momento se tienen practicantes en la Reclusión Nacional de Mujeres y en la Cárcel Nacional Modelo (Vargas y Beltrán, 1993).

En 1980 se firmo un convenio entre la Facultad de Psicología, a través de su área jurídica, y el Ministerio de Justicia, con el objetivo de impulsar el sistema penal colombiano. Dicho convenio se ratificó y se renovó hasta el año 1985. se dejó de hacer debido a los cambios administrativos en la Facultad (Vargas y Beltrán, 1993).

En cuanto a los egresados, se puede comentar una experiencia que se considera un peldaño en el proceso de crecimiento de la psicología jurídica: un grupo de exalumnos incursionaron en el campo jurídico, organizando y ejecutando programas de capacitación de magistrados de la rama penal, civil y aduanera, en lo concerniente a la selección de jueces. Igualmente, llevaron a cabo programas de capacitación con jueces de menores y familia en lo que respecta a la indagatoria y al papel del defensor de menores desde una perspectiva psicológica. Estos programas los realizaron apoyados y controlados por el Ministerio de Justicia en su rama judicial. Vale la pena aclarar que estos programas se llevaron a cabo en todo el país. Se iniciaron en 1990 y se tiene proyectado continuar con el programa (Vargas y Beltrán, 1993).

Como ya se a dicho, el desarrollo del psicólogo jurídico es relativamente reciente en el medio colombiano; por lo tanto el sistema legal no a tenido la ocasión de incorporar todas las posibles contribuciones que este profesional estaría en la capacidad de aportar a las actividades propias y relacionadas con la administración de justicia (Vargas y Beltrán, 1993).

Pero es de anotar que éste no es el único campo. El investigativo está por hacerse, aunque se ha despertado en los últimos años un interés por explorar grupos o autores del sistema legal, desde una perspectiva clínica, más que jurídica o social. Estas aproximaciones se encuentran en tesis de grado realizadas en diferentes facultades de psicología en la ciudad de Bogota (Vargas y Beltrán, 1993).

Campos de la Aplicación de la Psicología Jurídica.

El delimitar un campo de acción para la psicología jurídica es una tarea que a primera vista no implica demasiado esfuerzo, pues, aparentemente, el universo legal es restringido exclusivamente a la norma escrita y su interpretación. Tal afirmación podría hacerse desde un punto de vista meramente jurídico – forma, siendo tal realidad diferente. Mergargee (1982), Citado por Jiménez y Díaz(1986), esquematiza la tarea del psicólogo jurídico en tres áreas básicas: evaluación, tratamiento, y entrenamiento dirigidos a los autores en el escenario legal: organismos de seguridad de Estado, tribunales, sistemas penitenciarios, victimas y ciudadanía en general.

Los autores del presente trabajo opinan que el termino tratamiento es restrictivo, por lo que prefieren el de intervención, que tienen connotaciones más amplias e incluye el tratamiento.

La función evaluativa no se limita a la aplicación de tests, tal como la afirma Jiménez y Díaz (1986), sino que se extiende a establecer, entre otros, perfiles de policías y guardianes; en los tribunales, a evaluar la confiabilidad y validez del testimonio u del dictamen sobre imputabilidad o inimputabilidad del sindicado, al igual que la conducta de los jurados en cuanto a la toma de decisiones; presión de grupo y otros procesos psicosociales. En la penitenciaria, la evaluación se debería centra en la clasificación de los sindicados y condenados, orientado a futuras intervenciones con fines resocializadores. En cuanto a la victima, puede evaluarse la extensión del daño psicológico causado por el hecho delictivo; a su vez, se puede evaluar las actitudes del publico hacia el sistema judicial en general, con miras a general un cambio a este respecto (Vargas y Beltrán, 1993).

En el tratamiento, el trabajo se encamina hacia la aplicación de programas de rehabilitación o resocialización para imputables e inimputables; a remediar problemas psicosomáticos y conductuales presentes en el personal implicado en la represión y tratamiento de los delincuentes, y a la realización de psicoterapias a victimas y damnificados del delito (Vargas y Beltrán, 1993).

La intervención del psicólogo es indispensable para el entrenamientos de policías y guardianes en cuanto al manejo de situaciones tales como las manifestaciones y motines y, por supuesto, del estrés causado en estos. Igualmente es necesario diseñar técnicas de interrogatorio para investigadores con el fin de evitar violaciones a los derechos humanos, y técnicas de entrevista a jueces para la recepción de la indagatoria y testimonios (Vargas y Beltrán, 1993).

En el ámbito penal colombiano, la investigación del psicólogo se a centrado en la aplicación de pruebas destinados a servir de apoyo a peritajes legales realizados por psiquiatras forenses; en el tratamiento o prevención terciaria de la delincuencia sólo de han hecho esfuerzos aislados y esporádicos. Así, por ejemplo, Calero y Ortiz (1984), desde una perspectiva comportamental, modificaron la conducta de un grupo de jóvenes entre 17 y 19 años de edad, institucionalizados en un establecimiento carcelario; y más recientemente Palomino, Ríos y Samudio (1991) trataron a un grupo de reclusas de tenidas en la Reclusión Nacional de Mujeres, siguiendo la corriente existencialista y de acuerdo con la metodología de proyecto de vida. Tales esfuerzos no se han traducido en programas concretos y permanentes en el tiempo, que generen alternativas efectivas de tratamiento penitenciario (Vargas y Beltrán, 1993).

Pero en concepto de autores, la intervención debe iniciarse antes de la institucionalización de los individuos cuyos comportamientos pueden ser considerados como delictivos, actuando a través de la prevención primaria y secundaria. Las acciones de prevención primaria estarían centradas en aquellas zonas que por sus características de todo orden presenten una alta probabilidad de generar índices significativos de delincuencia. En tal sentido, la Oficina de Estudios Socio jurídicos y de Prevención del Delito, del Ministerio de Justicia, ha comenzado un trabajo interdisciplinario en el sector de Bogota (Vargas y Beltrán, 1993).

En cuanto al nivel secundario, en nuestro país no se ha llevado a cabo ninguna acción, pero de podría aprovechar la experiencia de otras latitudes tales como las citadas por Del Pozo (1986), entre las cuales se encuentra el PICA-PREP y el Hunt School Program, que reportan resultados halagadores (Vargas y Beltrán, 1993).

Conclusión

El campo de la psicología jurídica en Colombia aun esta en proceso de nacimiento y requiere para su consolidación resultados positivos, ya no esfuerzos aislados y de corta duración, sino programas permanentes que aporten datos de utilidad científica y programática para la compresión y control de conductas de consecuencias jurídico – sociales cuyo daño afecta a la nación entera.

Referencias Bibliográficas

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Anexo.

Entrevista a la doctora Sandra Parra.

El día 10 de octubre a las 8.30 PM la doctora Sandra Parra egresada de la universidad Católica nos atendió y nos brindo la información que se presentará a continuación sobre la historia de la psicología jurídica en Colombia, universidades en las cuales se presenta esta área de la psicología y los sitios posibles para realizar la practica profesional.

La doctora Sandra Parra nos comenta que el auge de psicología jurídica se presenta principalmente en Latinoamérica en el país de Argentina y partir de los estudios realizados, En la década comprendida entre los años 70 y 80 las organizaciones colombianas reconocen la presentación de algunos problemas que llevan al doctor Lugo Placido a realizar seminarios selectivos sobre los temas psicológicos relacionados con los procesos jurídicos de nuestro país.

En el año 1972 el doctor Horacio y la doctora Mercedes comienzan a realizar una serie de seminarios de profundización en el área de la psicología jurídica en la universidad San Buenaventura de Medellín.

A pesar de los esfuerzos realizados durante todo este tiempo, en los años 1983 y 1984 hay un estancamiento en los procesos que se adelantaban, una característica de esta etapa es el sierre de la cátedra de la psicología jurídica en la universidad Católica a causa de el cambio del decano de esta facultad.

Los primeros modelos empleados en Colombia sobre psicología jurídica salen de las cárceles Modelo y Nacional en el año de 1993.

Como podemos ver no existe mucha información sobre la historia de la psicología jurídica en Colombia, pero esto no significa que las universidades no hayan reconocido la necesidad de presentar esta área dentro de sus pensul, por medio de cátedras o como seminario, por ejemplo en la universidad Santo Tomas presenta una practica en criminología, en la Universidad Nacional se presenta una cátedra que combina la psicología Social con la política, la cátedra de la universidad Los Andes se basa en la psicología política y existe la oportunidad de realizar la practica en la fiscalia, en la universidad El Bosque se presenta cátedra de psicología jurídica, realizada por la doctora Ángela Tapias egresada de la universidad Nacional, en la universidad Sabana se presenta un seminario electivo.

Las instituciones en donde se pueden realizar las practicas universitarias son: instituciones de menores, defensoria del pueblo, IMPEC, fiscalia, Unidad de vida, Antisecuestro y sala de atención a la victima entre otros.

Como conclusión a esta entrevista podemos decir que las áreas de trabajo de la psicología jurídica requieren de mucha exigencia por la magnitud de los problemas que se presentan, y los colombianos debemos empezar a escribir una historia basada en investigación científica que nos brinde la oportunidad de prestar los mejores servicios posibles.

LA EJECUCIÓN DE LA INOCENCIA, (injusticias en la justicia)

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Wednesday 10 March 2010 3:37 pm

LA EJECUCIÓN DE LA INOCENCIA, (injusticias en la justicia)


Ángel Magdala y Mario Flores Urbán
BmmC editores
ISBN: 84-95485-16-8
Páginas: 144
Precio: 11,12.- euros

En contadas ocasiones disponemos de documentos que nos hagan ver la cruda realidad sobre la pena de muerte, método de ajusticiamiento que, en la actualidad, sigue vigente en el que se referencia como uno de los países más libre y avanzado: Estados Unidos de América.


“La ejecución de la inocencia” consta de dos partes:
Ángel Magdala nos introduce, con un trabajo poético desgarrador y comprometido contra la pena de muerte, en el estudio “injusticia en la justicia”, documento que Mario Flores, condenado a muerte en un juicio lleno de contradicciones y errores, ha elaborado desde el “corredor de la muerte” en Illinois, (Chicago) donde cumple condena desde 1985.


Cuando un error judicial se hace evidente ante una sentencia de índole económica, o de pérdida de libertad, existen recursos razonablemente compensatorios para el condenado; pero cuando éste ha sido ejecutado… ¿Cuál es la recompensa?
La recopilación de casos de errores judiciales que nos aporta Mario Flores, junto al suyo propio, nos hace reflexionar sobre la incongruencia y fragilidad de leyes que no garantizan su justa aplicación.

Capitulo 1

Sé que no fue el sol quien iluminó aquellos días felices,

sino la luz que en mi corazón fluía

cuando su “sangre de pichón” era un destello.

En un instante,

la niebla capturó su alegre brillo,

y su mágica raíz la sepultó un bosque de tierra

como un aciago augurio de muerte florecida.

Mas qué temprano…

qué pronto ha llegado el alba

en su sola apariencia

desaparecida.

¿Quién sabe lo que hay debajo?

¿Qué, si de allí nunca vinimos?

Y el perro de nuestra sombra ya no obedece,

mientras lame las úlceras de otro mendigo.

Ángel Magdala (pseudónimo)

Introducción

De los 50 estados de la Unión Americana, 38 de ellos aplican la pena de muerte. No obstante, en la actualidad el Gobierno Federal, el eje del país, ha suspendido temporalmente todas las ejecuciones debido a ciertos defectos apreciados en cuanto a la aplicación de dicha pena. Su sorprendente decisión de suspender todas las ejecuciones, a fin de revisar el sistema, ha motivado a otros estados la posibilidad de imponer una moratoria contra dicha aplicación en sus respectivos estados. Los sistemas de ejecución en los Estados Unidos varían en cada estado. La corte suprema tiene aprobado cinco métodos de ejecución, supuestamente menos crueles, como son: La inyección letal, la silla eléctrica, la horca, la cámara de gas y el fusilamiento. Illinois, como el gobierno federal, aplica la inyección letal. En América se ejecutan a hombres, mujeres, niños, retrasados mentales, ciudadanos de otros países, incluso inocentes. Desde 1972 América ha sentenciado a muerte a más de 7000 acusados (1) y ha ejecutado a 716. (La ejecución de Timothy McVeigh el 10 de junio de este año fue la primera ejecución, en el sistema de pena de muerte federal, en 38 años.) Desde 1972 se han producido 95 errores en el sistema de pena de muerte; es decir, noventa y cinco personas llegaron al corredor de la muerte y fueron luego excarceladas, cuando se descubrió que eran  inocentes. El reportaje de los profesores H. Bedau y M. Radalet, “A pesar de inocencia” (2), explica que, entre 1900 y 1992, en América se ejecutaron a 23 inocentes. A esta lista se pueden añadir cinco casos más: el de Joseph O´Dell, ejecutado en Virginia en 1997; el de David Spence, ejecutado en Texas en 1997; el de Leo Jones, ejecutado en Florida, en 1998; y el de Gary Grahan, ejecutado en Texas en 2000. De forma permanente hay unos 3700 sentenciados en los corredores de la muerte en Norteamérica. Probablemente, algunos son inocentes; otros, aunque no inocentes, no son merecedores, técnicamente, de la pena de muerte; y otros, aunque completamente culpables… ya no son los mismos monstruos que eran en los tiempos y circunstancias en que cometieron sus crímenes. De hecho, durante los años de prisión, muchos de ellos han podido rehabilitarse, a pesar de las escasas oportunidades que tienen para ello. De estos últimos se puede decir que durante los años de prisión se han sabido “habilitar” no “re-habilitar”, puesto que muchos de ellos nunca tuvieron la oportunidad de aprender cómo ser “hábil” para, efectivamente, poderse “re-habilitar”. En 1972, en un caso llamado Furman contra Georgia (3), la Corte Suprema de EE.UU. anuló todas las sentencias de los condenados a muerte en el país. (A cambio, se les sentenció a cadena perpetua.) La corte hizo esto porque, en aquel entonces, los sistemas de pena de muerte de cada estado contenían dos graves defectos: 1) No eran estructuralmente similar o comparables los unos con los otros, tal como exige la Constitución del país; y 2) No garantizaban justicia e imparcialidad en cada caso, como exige la Constitución.

En 1976, en el caso Gregg contra Georgia, (4) la Corte Suprema de la nación revisó y aprobó los nuevos sistemas estatales de pena de muerte, dándole un nuevo incremento a la pena de muerte en América, la cual vino a ocasionar más injusticia e ignominias. En 1991, el juez de la Corte Suprema, Lewis Powell, admitió, durante una entrevista, que había llagado a la conclusión de que la pena de muerte no se puede aplicar de una manera justa e imparcial, como lo exige la Constitución de EE.UU. También expresó su remordimiento por haber votado a favor de los nuevos sistemas de pena de muerte en 1976, en el emblemático caso de Gregg contra Georgia. En 1994, el juez Harry Blackmun, perteneciente a la Corte Suprema del país, expresó los mismos sentimientos que el juez anteriormente mencionado, Powell, con respecto a la imposibilidad de administrar la pena de muerte justamente; así como su profundo remordimiento por haber votado a favor de los nuevos sistemas de pena de muerte, tal como hizo su colega en 1976, en el caso Gregg. Pero evidentemente lo más triste no es que la pena de muerte sea aplicada no sólo de forma caprichosa y discriminatoria, sino que se aplique a personas inocentes.

I. William J. Brennan, Jr., (5)

Juez de la Corte Suprema de EE.UU.

Mario Flores Urbán (Actualente en el corredor de la muerte)

PSICOLOGÍA FORENSE DE LOS FRANCOTIRADORES EN LA ESCUELA: FORMULACIÓN DE HIPÓTESIS PARA LA INVESTIGACIÓN

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Wednesday 10 March 2010 3:36 pm

PSICOLOGÍA FORENSE DE LOS FRANCOTIRADORES EN LA ESCUELA: FORMULACIÓN DE HIPÓTESIS PARA LA INVESTIGACIÓN

José Ignacio Ruiz

Universidad Nacional de Colombia

El objetivo de este trabajo es reflexionar, a partir de los datos disponibles, acerca de los sucesos en que jóvenes y adolescentes ejecutan actos de violencia dirigida contra miembros de la comunidad escolar. Se intenta establecer lazos entre este tipo de hechos y otros aspectos de la violencia escolar y no escolar, de manera que se puedan proponer unas hipótesis de trabajo que puedan dirigir de forma acertada la investigación sobre este tema en cuanto a la comprensión del fenómeno y su prevención.

Introducción

En este trabajo se pretende realizar un análisis de los fenómenos de violencia escolar que toman la forma de tiroteos en la escuela (“school shortings”), problemática que se ha divulgado a partir de ciertos casos ocurridos en Estados Unidos y la Comunidad Europea. Este tipo de hechos es afortundamente muy minoritario en su frecuencia, pero causan un gran impacto no sólo a las víctimas sobrevivientes sino a nivel más colectivo, en forma de co-victimización a través de la prensa y la televisión, aunque un hecho de ese tipo ocurra a miles de millas del lector o televidente.

Así, de cuando en cuando, ciertos sucesos de naturaleza especialmente violenta y divulgados por los media, sacuden el sentimiento de seguridad de la opinión pública, resquebrajándolo al menos momentáneamente, sobre todo cuando se trata de eventos novedosos que, aparentemente, no se daban en épocas anteriores y que en la percepción de la ciudadanía parecen romper las reglas de juego en el uso de la violencia, es decir se salen de lo que socialmente es esperado o de lo que la gente está acostumbrada en su vida social. Ambos elementos, violencia extrema e incontrolabilidad son dos características propias de los eventos que pueden generar estrés post-traumático (APA, 1995), lo que podría explicar el importante impacto que estos sucesos tienen colectivamente.

Una manera de atenuar esta co-victimización puede ser realizar un análisis riguroso de tales hechos y proporcionar unas explicaciones y recomendaciones que puedan tanto ayudar a la gente a evaluar en sus dimensiones reales tales hechos como orientar políticas realistas y eficaces para la prevención, ya que con frecuencia, en torno a estos hechos se generan creencias y atribuciones sociales, en ocasiones transmitidas por los medias (Schneider, 1995) o construidas por la gente en sus intercambios sociales. Estas raramente coinciden con la realidad de su fenomenología, sino que suelen corresponder a estereotipos o a paralelismos con situaciones o temas parecidos de los que la gente extrae marcos explicativos y actitudinales para interpretar lo novedoso. En este marco, la psicología jurídica forense puede constituirse en una de las disciplinas más apropiadas para el abordaje de esta problemática siempre y cuando tal abordaje se realice con la suficiente distancia respecto a las presiones y anhelos sociales de seguridad y de castigo al delincuente (Ruiz Olauenaga, 1991).

Francotiradores en las escuelas

El tema de la violencia no es nuevo, pero si parecen serlo algunas de sus formas de expresión. Concretamente, a través de los medios de comunicación se han difundido en los últimos años una serie de actos de violencia que parecen presentar unas características comunes entre sí, y diferentes respecto a otras modalidades de agresión. Así, el periódico español El País, en su edición electrónica de 27 de abril del 2002 recoge los siguientes hechos:

- Francia. 27 de marzo de 2002. Un hombre de 33 años, Richard Durn, dispara contra los concejales del Ayuntamiento de Nanterre. Mata a ocho personas, hiere a 19 y se suicida al día siguiente durante un interrogatorio policial.

- Suiza. Septiembre de 2001. Un desequilibrado abre fuego durante una asamblea local del cantón de Zug, en el centro del país, y mata a 14 miembros del Parlamento y el Gobierno locales. Otros 10 resultan heridos y el asesino se suicida.

- Gran Bretaña. 13 de marzo de 1996. Thomas Hamilton irrumpe con cuatro pistolas automáticas en un colegio de Dunblane, en el centro de Escocia, y mata a 16 niños y a su maestra. Se suicida tras el ataque.

- Alemania. 19 de febrero de 2002. Un joven de 22 años mata al director de su antiguo instituto de formación profesional en Freising (Baviera) y hiere a otra persona al lanzar dos granadas artesanales. Antes había matado a dos jefes de la empresa de la que había sido despedido. Se suicida.

-Alemania: 16 de marzo de 2000. Un joven de 16 años mata de un disparo en la cabeza al director del internado del que había sido expulsado en Brannenburg, y después intenta suicidarse.

-Alemania: 9 de noviembre de 1999. Un joven de 15 años mata de 22 puñaladas a su profesora de historia, de 44 años, ante el resto de los alumnos en un colegio de Meissen, al norte del país.

Esta serie de sucesos muestran una serie de características comunes en los protagonistas, en el modus operandi y en las consecuencias de los hechos, al menos desde la descripción periodística. En efecto, todos los protagonistas son hombres, relativamente jóvenes, causan múltiples víctimas y varios de ellos tienen lugar en contextos escolares. En añadidura prácticamente en todos los casos el autor se suicida o intenta hacerlo.

Otras inferencias que pueden realizarse es que en general no se trata de sujetos descontrolados impulsivamente, es decir, el hecho no ocurre repentinamente, sino que hay un mínimo grado de planificación ya que los autores primero obtienen un arma y después se trasladan al lugar donde cometen el crimen. Se trata pues de una violencia dirigida (Reddy, Borum, Vossekuil, Fein, Berglund y Modzeleski, 2001) contra unos objetivos concretos.

En cuanto a los hechos que ocurren en contextos escolares, en la literatura anglosajona se ha acuñado el término “school shooting” para referirse a estos actos de violencia consistentes en tiroteos en las escuelas. Heide, Hopkins Eyles y Spencer (2000) diferencian entre cuatro categorías de tiroteos en escuelas. La primera es motivada por conflictos interpersonales o por deseos de venganza, y suelen ir dirigidas contra miembros concretos de la comunidad académica, estudiantes, profesores o miembros del staff, a quienes el agresor les hace responsable de un daño o humillación. El segundo tipo lo constituyen los tiroteos como consecuencia de enfrentamientos entre miembros de bandas, en los que coincidencialmente la escuela se convierte en el espacio en que tiene lugar el enfrentamiento. La tercera clase de tiroteos no tiene un motivo claro, es decir, no parece haber una interacción previa entre el agresor y las víctimas, por lo que no se trata ni de enfrentamientos entre bandas ni una forma de respuesta violenta a una agresión previa. El cuarto tipo corresponde a los casos en los que el agresor elige sus víctimas al azar, con el objetivo de canalizar unos sentimientos muy fuertes y enviar un mensaje a la sociedad. Estos casos presentan las siguientes características: se hacen múltiples disparos, los autores pertenecían a la escuela cuando ocurrieron los hechos, hubo heridos y muertos, las víctimas pertenecían también a la escuela y al menos alguna de las víctimas fue elegida al azar.

En lo que sigue nos centraremos en la primera de las cuatro categorías señaladas por estos autores, si bien en la práctica puede resultar distinguir claramente uno u otro tipo de hecho, como se mostrará en los párrafos siguientes. Este tipo de sucesos no es nuevo en los Estados Unidos, lo cual llevó a solicitar al Servicio Secreto de Estados Unidos una investigación (USSS, 2002; Vossekuil, Fein, Reddy, Borum y Modzeleski, 2002) sobre los sucesos de tiroteos en las escuelas, aprovechando la experiencia de esta organización en la prevención de violencia dirigida contra líderes nacionales. De esta manera se conceptualizó la violencia dirigida (“targered violence”) como aquella caracterizada por que el atacante selecciona un blanco particular antes del acto violento. Vossekuil y colaboradores (2002) analizan exaustivamente 37 casos ocurridos entre 1974 y el 2000 de francontiradores de escuelas, es decir de jóvenes que en un contexto escolar abren fuego contra sus compañeros y/o profesores. A continuación se resumen las conclusiones a las que llegan en su investigación.

En cuanto a las víctimas

En 22 de los incidentes el blanco fue un funcionario escolar (profesor, del staff, administrador) y en 15 casos fueron estudiantes.

Antes del incidente, en la mitad de los casos el agresor había escogido más de un blanco de su ataque.

Una gran parte de los agresores sentía haber sido agraviado por alguna de las víctimas posteriores, entendiendo por agravio la creencia de que que alguna persona u organizaciòn era el responsable de un daño sufrido por el agresor o por alguien a quien este estimaba.

Sin embargo, en menos de la mitad de los sucesos (17) las víctimas habían sido elegidas previamente como blancos. Ello sugiere que aunque el ataque es inicialmente planeado contra blancos concretos, en la dinámica de los hechos resultan victimizadas más personas.

En cuanto a las características del autor

Todos eran varones, adolescentes o jóvenes y en cuanto a la raza, la mayoría de los atacantes eran blancos (31). En cuanto a la edad, no hay un perfil claro, ya que aparte del género, la edad de los agresores osciló entre los 11 y 21 años, con picos entre los 13 y 18.

Tampoco los antecedentes familiares apuntan a un perfil determinado. Los agresores provenían de familias tanto con historia de abandono como con buenos lazos comunitarios. En 26 casos el agresor provenía de familias con ambos padres (biológicos o uno no biológico), y en 9 casos vivía con sólo uno de los padres biológicos (8).

En cuanto a los logros escolares, muchos tenían un buen promedio de notas (A y B en EEUU, 17 casos) y, en el otro extremo sólo dos podrían clasificarse como casos de fracaso escolar. En 23 casos no se notó antes del ataque un cambio en el rendimiento escolar, en el interés en la escuela (24 casos), en las amistades (30), ni en cuestiones de disciplina (28).

Acerca de las relaciones sociales, muchos fueron clasificados como estudiantes populares (17). Otro grupo (11) tenían amigos entre estudiantes que habían sido rechazados por los líderes, cinco atacantes no tenían amigos cercanos, y un tercio fue caracterizado por los demás o por ellos mismos como solitarios, aunque 18 participaban en alguna actividad social organizada.

En cuanto a problemas de sanción en la escuela, casi dos tercios de los sujetos nunca había recibido un castigo disciplinario, 11 fue suspendido alguna vez de la escuela y otros cuatro habían sido expulsados en alguna ocasión.

En cambio, tres cuartos partes de los agresores se habían sentido persequidos, intimidado, amenazado, atacado o lesionado por otros, antes del incidentes (29 sujetos). En varios de estos casos, esta experiencia tuvo, al menos aparentemente, un papel determinante en la decisión del ataque, y los informes de compañeros de los agresores indican que en muchos casos, antes del ataque, el estudiante intimidado pareció soportar mejor el agravio de lo acostumbrado.

No hubo en general antecedentes de trastornos mentales ni de consumo de drogas, pero muchos de los agresores tenían un historial de pensamientos o intentos de suicidio, o de extrema depresión o desesperación. Ello lleva a Reddy, Borum, Berglund, Vossekuil y Fein (2001) ha concluir que los enfoques clásicos de perfilación no son útiles en la comprensión y esclarecimiento de estos casos. Sin embargo, una conclusión más acertada sería que la información que se posee sobre las características de estos agresores es muy escasa, que es necesario indagar más y que por tanto, no son útiles los perfiles psicológico-criminales que parecen caracterizar a los autores de otro tipo de actos violentos.

Volviendo sobre los sentimientos de depresión, el informe de Vossekuil y colaboradores (2002), encontró que más de la mitad de los agresores tenía algún registro de sentimientos de mucha desesperación o depresión. Esto podría guardar relación con que muchos de estos jóvenes tenían dificultades de afrontar ciertas pérdidas, fracasos u otras dificultades importantes. En correspondencia con esto, muchos de estos jóvenes, a la luz de la información dada por sus compañeros, profesores o familiares, habían mostrado en los días anteriores conductas de demanda de ayuda.

Por otra parte, el informe encontró que estos agresores habían mostrado algún interés en temas de violencia, en alguna de sus formas –videos, libros, juegos de video, o escritos propios-, sin embargo los datos no permiten concluir acerca de la importancia o intensidad de este interés. Por lo demás, la mayoría de estos jóvenes no tenía antecedentes de comportamiento violento, con 11 casos con historial de arresto.

En cuanto a las características del suceso, en el estudio del USSS (2001) se desprende el siguiente perfil

De 37 sucesos y 41 atacantes, hubo al menos un muerto (estudiante, profesor u otro personal de la escuela). En los demás casos hubo al menos una persona de la escuela herida y en un caso el estudiante asesinó a su familia.

22 sucesos ocurrieron durante la jornada escolar, 8 antes y 6 después.

De los 41 atacantes, 39 eran estudiantes regulares y 2 habían sido estudiantes de la institución con anterioridad.

Casi todos los sucesos fueron realizados en solitario (30), en cuatro casos fue realizado en solitario aunque con apoyo previo en la planificación, y en 3 casos el ataque fue realizado por dos o más jóvenes.

En cuanto al arma, tres cuartos de los agresores emplearon solamente una, que consistió en la mayoría de los casos en un revolver, rigle, o arma o arma corta.

El informe de Vossekuil y colaboradores (2002) permite concluir además que los ataques raramente eran actos impulsivos o repentinos. La mayoría de los sujetos desarrollaron la idea del ataque con antelación al mismo, y la planificación efectiva se dio en muchos casos el mismo día o uno o dos días antes. También, casi nunca hubo amenazas o advertencias previas del agresor a la víctima acerca de la proximidad del ataque.

También se encontró que casi la mitad de los atacantes (18) fueron influídos por otros sujetos en la decisión de planear o realizar el ataque, o en ayudar a conseguir armas para llevarlo a cabo. En otros casos, existían armas en el hogar del agresor y en algunos casos éstas habían sido regaladas al joven por sus padres.

Otro dato de interés es que en la mayoría de los casos el atacante informó de sus intenciones a alguien cercano a él, concretamente 30 de los agresores confiaron su propósito a al menos una persona, y en 22 casos a más de una persona. Frecuentemente los receptores de esta información eran compañeros de la escuela, un amigo o hermanos. Sólo en dos casos el confidente fue un adulto, y esta información incluyó en varios casos la fecha y hora del ataque.

Llama la atención el hecho de que estos confidentes no informaron nunca a otros adultos con capacidad de intervenir acerca de los hechos que se avecinaban. Quizá la razón de este comportamiento se fundamente en una solidaridad intra-generacional y de estatus en la escuela –complicidad de los estudiantes frente a los profesores u otros adultos. Sin embargo este es un aspecto que los autores indican que es necesario investigar más a fondo, ya que la prevención de estos hechos podría encontrar en una temprana detección del riesgo uno de sus pilares. Es de destacar también que en muchos casos el tiroteo cesó por la intervención del personal de la escuela o por propia decisión del agresor, que abandonaba el lugar, y sólo en 10 casos por intervención de las fuerzas de orden público.

La victimización en la escuela como posible factor precipitante de los tiroteos

El fenómeno del bullyng-victim no es ajeno a la vida de los jóvenes en las escuelas. Por ejemplo, un estudio de Bidwell (www.ssta.sk.ca) encontró que en estudiantes de secundaria irlandeses esta forma de “intimidación” o matonismo había sido experimentada al menos una vez por el 68% de los sujetos, y algunas o muchas veces por el 37%. Se podría hipotetizar que los casos de jóvenes francotiradores en las escuelas resultan, al menos en algunos casos de una interacción entre experiencias de victimización por parte de pares, procesos de evaluación y de afrontamiento de tales hechos, procesos que pueden depender de características de personalidad y de otras experiencias vitales, como los antecedentes familiares. Por ejemplo, Cerezo (2001) encontró en una muestra de 17 jóvenes victimizados por bullyng que presentaban altas puntuaciones en neuroticismo e introversión, y en ansiedad y en timidez, lo cual en ocasiones los llevaba al retraimiento y al aislamiento social. Así mismo se evaluaban como poco sinceros, es decir, que mostraban una marcada tendencia a disimular. Para Brunet y Negro (1991), desde un punto de vista grupal, la víctima del bullyng suele ser alguien que se desvía de las normas del grupo, por su forma de vestir, por un defecto físico o por ser percibido “diferente” por los demás.

Por otra parte, como consecuencias de esta victimización, Ericson (2001) señala que el bully-victim tiene efectos tanto en el victimario como en las víctimas. Estas ultimas experimentan, como consecuencia de los agravios de los pares, humillación, inseguridad y perdida de autoestima, lo que les puede llevar a tener miedo a ir a la escuela, y puede aumentar el riesgo de sufrir depresión y otros problemas de salud mental, como la esquizofrenia, y en casos muy raros el joven puede llegar al suicidio.

Conclusiones

En primer lugar, la relativamente baja frecuencia de este tipo de hechos y la dificultad de su investigación –por ejemplo, en muchos casos el agresor acaba suicidándose- determina que la información de la que se disponga permita la mayoría de las veces realizar descripciones externas de los hechos y de las características de los agresores y de las víctimas. Por ello, las distinciones o tipologías que se proponen obedecen a esas características externas, que indican que existen varías clases de homicidios de masa de violencia selectivamente dirigida. En cambio, los datos acerca de los procesos intrapsíquicos que ocurrirían en la mente de los agresores es mucho más escasa, por lo cual dos hechos que externamente presentan características semejantes pueden ser el resultado de factores psicológicos –y situaciones- diferentes, y, a la inversa, dos hechos que aparentemente son distintos –en la forma de realización, por ejemplo- pueden obedecer a un conjunto similar de factores. Por ello, las tipologías que diferentes autores proponen deberían ser consideradas como provisionales y con un valor meramente orientativo para la comprensión de este tipo de sucesos.

En segundo lugar, estos casos de violencia escolar selectiva por parte de jóvenes varones agresores como actos de venganza, plantean algunos interrogantes acerca de los criterios que desde el Derecho Penal se manejan al considerar una posible inimputabilidad del agresor por razones de trastorno mental. Para el Derecho Penal son criterios para reconocer esta inimputabilidad, entre otros, la ausencia de planificación del hecho y la presencia de un trastorno mental que afecte a la cognición y la voluntad del sujeto, es decir, que afecte al control que de su comportamiento tiene el sujeto. Al igual que en los casos de crímenes de psicópatas, los estudios aquí revisados sobre agresores escolares muestran que hay un mínimo de planificación del ataque, medida por ejemplo por el tiempo que pasa desde la idea del ataque hasta su ejecución, la búsqueda de armas para llevarlo a cabo, la elección del espacio escolar y de un horario determinados. Además, de manera similar a los psicópatas, no se detecta en estos francotiradores de escuelas la presencia de un trastorno mental que afecte de forma determinante a las facultades intelectivas y de autodeterminación del propio comportamiento. Sin embargo, así como la investigación más reciente muestra que “algo” pasa en el cerebro de los psicópatas por ejemplo en la experiencia y procesamiento de emociones empáticas y de agresión (por ejemplo, ver Hare, 1999), es indudable que algo ocurre en la mente de un joven que decide –y actúa- disparar contra compañeros de clase y/o profesores, y este “algo” es lo que permitiría explicar porqué, por ejemplo, no todos los jóvenes víctimas del bullyng, resuelven su situación de la misma manera, atacando a otros. Creemos que la información proporcionada por este tipo de sucesos y otros apunta a la existencia de alteraciones del comportamiento, que sin afectan al conocimiento que el sujeto tiene de su entorno y de su conducta, la determinan fatalmente. Así, los datos muestran una frecuente presencia de intensos sentimientos de depresión y desesperación en estos agresores, que probablemente tengan una conexión con una autoestima muy baja, la cual podría ser también una dimensión presente en aquellos casos de francotiradores que parecen responder no a una humillación por parte de los pares, sino a una frustación académica –por ejemplo, expectativas muy altas de logro y una nota muy baja-.

Por otra parte, recordando la ecuación agresor-delito-oportunidad no hay que olvidar que los sujetos agresores revisados por el Servicio Secreto de Estados Unidos tuvieron un acceso relatívamente fácil a las armas con las cuales después realizaron los crímenes. Este tipo de relación es muy distinta a las afirmaciones y creencias populares acerca de que este tipo de episodios se dan más en la actualidad debido a la presencia de la violencia en los media y/o al elevado componente de agresividad de las sociedades contemporáneas. Hay que recordar que carecemos de datos empíricos que confirmen esta conexión entre contexto cultural o mediático y estos episodios de violencia, y que este tipo de teorías ingenuas no explican por que no todos los jóvenes victimizados se convierten en agresores. Lo que sí se puede afirmar es que el acceso a armas posibilita la ocurrencia de estos hechos o aumenta su gravedad –en términos de número de víctimas o intensidad del daño a ellas infringido. Por ejemplo, Hitoshi (1975) explica la baja frecuencia de robos en ciudades japonesas como Tokio, comparadas con las tasas de ciudades como Nueva York, por la menor facilidad de circulación de armas de fuego en Japón en comparación con Estados Unidos.

Finalmente, la investigación de este tipo de homicidios debería procurar independizarse del sensacionalismo y de las urgencias que parecen promover cuando aquellos ocurren, que aunque explicables por la alarma social que generan y la necesidad de comprender sus causas, pueden desviar su análisis riguroso y objetivo, creando tipologías de valor relativo, y olvidando posibles explicaciones alternativas que recojan las aportaciones que desde otras áreas del saber puedan aportar luces desde el estudio de temas conexos.

REFERENCIAS

American Psychological Association (1995) Manual Diagnóstico de Desórdenes Mentales. Madrid: Masson.

Bidwell, N.M. (www.ssta.sk.ca). The Nature and Prevalence of Bullying in Elementary Schools

Brunet, J.J.; Negro, J.L. (1991). Tutoría con adolescentes. Madrid: San Pío X.

Cerezo, F. (2001). Variables de personalidad asociadas en la dinamica bullyng (agresores versus victimas) en ninos y ninas de 10 a 15 anos. Anales de Psicologia 17, 17-43.

Ericson, N. (2001). Addressing the problem of juvenile Bullyng. Fact Shhet, 27

Heide, K.M.; Hopkins Eyles, C.; Spencer, E. (2000). School shootings in the United States: A typology of lethal and nonlethal Injury. En P.H.Blackman, V.L.Leggett, B.L.Olson y J.P.Jarvis (Eds.). The Varieties of Homicide and Its Research: Proceedings of the 1999 meeting of the Homicide Research Working Group.Washington, D.C.; Federal Bureau of Investigation. 174-178.

Hitoshi Aiba (1975). Crime in Tokyo and others cities: a cross-cultural study. Hiroshima Forum for Psychology. 2, 35-38

Reddy, M.; Borum, R.; Berglund, J.; Vossekuil, B.; Fein, R. (2001). Evaluating risk for targered violence in schools: comparing risk assessment, threat assessment, and other approaches. Psychology in the Schools 38 (2), 157-172.

Ruiz Olabuenaga, J.I. (1991). Una visión sociológica de la inseguridad ciudadana (I). En A.Beristain y J.L.de la Cuesta (Coordi.). Inseguridad y vida ciudadana. San Sebastián: Servicio Editorial Universidad del País Vasco.. 57-64.

Schneider, H.J. (1995). La criminalité et sa representation par les mass media. Revue internationale de criminologie et de police technique. 2, 148-158.

U.S Secret Service (2002). Preventing School Shootings. NIJ Journal, 248, 10-15.

Vossekuil, B.; Fein, R.; Borum, R.; Modzeleski, W. (2002). The Final Report and Findings of The Safe School Initiative. Washington, D.C: U.S. Department of Education.

VI ENCUENTRO DE PSICOLOGIA JURIDICA Y CIENCIAS FORENSES

Posted by ALPJF | ARTICULOS | Tuesday 9 March 2010 4:44 am

VI ENCUENTRO DE PSICOLOGÍA JURÍDICA Y CIENCIAS FORENSES

VI ENCUENTRO DE PSICOLOGÍA JURÍDICA Y CIENCIAS FORENSES
Hacia la construcción de un dialogo interdisciplinar
Bogotá, Marzo 12 y 13 de 2010
Nota: Es indispensable inscribirse al correo encuentropsicologiajuridica@gmail.com,
máximo hasta el lunes 8 de marzo a las 12:00 M, con el fin de obtener la certificación y enviar los siguientes datos: Nombre completo, numero de cedula, teléfono, entidad
donde trabaja, profesión; de lo contrario no garantizamos la certificación y la asistencia al encuentro. Pasada esta fecha no se recibirán más inscripciones.
El encuentro es totalmente Gratuito.
Programación
VIERNES 12
8:30 a 9:15 a.m. Psiquiatría forense y su relación con la psicología,
Dr. Roberto Solórzano Niño.
9:30 a 10:15 a.m. Psicología Forense: evaluación agresores sexuales
Dra. Olga Lucia Valencia
11:00 a 11:45 a.m. Prueba pericial psicológica en el Sistema Penal Acusatorio
Dr. Ricardo Mora Izquierdo
1:00 a 1:45 p.m. El trabajo interdisciplinario Antropología y psicología
jurídica y forense
Dra. Claudia Delgado
2:00 a 2:45 p.m. Instrumentos psicológicos forenses aplicados en Colombia,
Dra. Angela Cristina Tapias Saldaña
3:30 a 4:15 p.m. Evidencia psicológica en el lugar de los hechos
(Autopsia psicológica).
Dr. Fulton Franco
4:30 a 5:15 p.m. Actuación del Psicólogo Forense en procesos de
interdicción e inimputabilidad.
Dra. Adriana Espinosa Becerra
SABADO 13
8:00 a 8:45 a.m. Medicina Forense en delitos sexuales
Dr. Luís Eduardo Romero Antury
.
9:00 a 9:45 a.m. Evaluación del Síndrome de Alineación (SAP)
Dr. José Manuel Aguilar.
10:00 a 10:45 a.m. La prueba genética en procesos de filiación
Dr. Humberto Osa Reyes
11:00 a 11:45 a.m. Reconstrucción de escenas criminales
Dr. Ezequiel Martínez
12:00 a 12:45 p.m. Ética en la actuación del psicólogo forense en el
ámbito pericial.
Dr. Roberto Sicard
1:00 p.m. Cierre del evento

VI ENCUENTRO DE PSICOLOGÍA JURÍDICA Y CIENCIAS FORENSESHacia la construcción de un dialogo interdisciplinarBogotá, Marzo 12 y 13 de 2010 Nota: Es indispensable inscribirse al correo encuentropsicologiajuridica@gmail.com,máximo hasta el lunes 8 de marzo a las 12:00 M, con el fin de obtener la certificación y enviar los siguientes datos: Nombre completo, numero de cedula, teléfono, entidaddonde trabaja, profesión; de lo contrario no garantizamos la certificación y la asistencia al encuentro. Pasada esta fecha no se recibirán más inscripciones.El encuentro es totalmente Gratuito.  Programación VIERNES 128:30 a 9:15 a.m. Psiquiatría forense y su relación con la psicología,Dr. Roberto Solórzano Niño. 9:30 a 10:15 a.m. Psicología Forense: evaluación agresores sexualesDra. Olga Lucia Valencia 11:00 a 11:45 a.m. Prueba pericial psicológica en el Sistema Penal AcusatorioDr. Ricardo Mora Izquierdo  1:00 a 1:45 p.m. El trabajo interdisciplinario Antropología y psicologíajurídica y forenseDra. Claudia Delgado 2:00 a 2:45 p.m. Instrumentos psicológicos forenses aplicados en Colombia,Dra. Angela Cristina Tapias Saldaña3:30 a 4:15 p.m. Evidencia psicológica en el lugar de los hechos(Autopsia psicológica).Dr. Fulton Franco 4:30 a 5:15 p.m. Actuación del Psicólogo Forense en procesos deinterdicción e inimputabilidad.Dra. Adriana Espinosa Becerra  SABADO 138:00 a 8:45 a.m. Medicina Forense en delitos sexualesDr. Luís Eduardo Romero Antury.9:00 a 9:45 a.m. Evaluación del Síndrome de Alineación (SAP)Dr. José Manuel Aguilar. 10:00 a 10:45 a.m. La prueba genética en procesos de filiaciónDr. Humberto Osa Reyes 11:00 a 11:45 a.m. Reconstrucción de escenas criminalesDr. Ezequiel Martínez 12:00 a 12:45 p.m. Ética en la actuación del psicólogo forense en elámbito pericial.Dr. Roberto Sicard1:00 p.m. Cierre del evento

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